Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 27 de Noviembre de 2018, expediente CAF 090230/2017/CA001

Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 90230/2017 XU, CHUNLAN c/ EN - DNM s/AMPARO POR MORA Buenos Aires, de noviembre de 2018.-

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que, mediante pronunciamiento de fs. 26/27vta., la jueza a cargo del juzgado Nº 5, admitió la acción de amparo por mora que había sido iniciada por la Sra. C. Xu –en los términos del artículo 28 de la Ley 19.549– contra la Dirección Nacional de Migraciones, a fin de que el término de cuarenta (40) días se expidiera respecto de la solicitud de regularización migratoria efectuada en el marco del expediente nº

    50855/2016.

    Para así resolver, señaló que del expediente administrativo acompañado resultaba que mediante la Disposición SDX 172117/2016 del 31/8/2016, se había denegado el recurso de reconsideración interpuesto por la Sra. C.X. contra la Disposición SDX 117134/2016 por la cual, por un lado, se había resuelto su expulsión del territorio nacional argentino y, por otro lado, se había dispuesto la suspensión de dicha medida por el término de 30 días a fin de que la migrante regularizara su situación migratoria por haber denunciado ser madre de un ciudadano argentino.

    Además, destacó que el 21 de julio de 2017 se había producido el informe socio ambiental previsto en la Ley 25.871 y, luego, el 24 de julio de ese mismo año, se había ordenado remitir la causa al Área Movimiento Expedientes y Actuaciones para su conocimiento.

    En tal contexto, sostuvo que desde el 24 de julio de 2017 hasta el 6 de febrero de 2018 –fecha en la cual la Dirección Nacional de Migraciones había recibido el pedido de informe requerido en autos−, no había en el expediente administrativo actuación alguna tendiente a dar respuesta a lo peticionado por la actora. Prueba de ello −señaló− fue la remisión las actuaciones al Departamento de Dictámenes el día 9 de febrero de 2018 no obstante la cual, a la fecha del dictado de su sentencia, aún no se había resuelto la solicitud del actor.

    Fecha de firma: 27/11/2018 Alta en sistema: 29/11/2018 Firmado por: GALLEGOS FEDRIANI PABLO , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA #31085398#222527538#20181126122504781 Finalmente, impuso las costas a cargo de la demandada y reguló

    los honorarios de la letrada patrocinante de la actora en la suma de 4.500 pesos.

  2. Que, disconforme, la parte demandada apeló y fundó sus agravios a fs. 28/32, que no fueron replicados por su contraria.

    Se agravia por...

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