Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 17 de Octubre de 2019, expediente CIV 013997/2018/CA001

Fecha de Resolución17 de Octubre de 2019
EmisorCamara Civil - Sala F

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F “WILSON RAE, ENRIQUE C/ PESSINA TALAMO, LUZ Y OTRO S/

DESALJO POR FALTA DE PAGO” (EXPTE. N°13.997/2018)

En Buenos Aires, Capital de la República Argentina a los días del mes de octubre de dos mil diecinueve, reunidos en acuerdo los S.. Jueces de la Excma.

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, S. “F”, para conocer en los autos del epígrafe, respecto de las cuestiones sometidas a su decisión, a fin de determinar si es arreglada a derecho la sentencia apelada.

Practicado el sorteo correspondiente resultó el siguiente orden de votación: S.. Jueces de Cámara Dres. GALMARINI.

ZANNON

  1. POSSE SAGUIER.

    A las cuestiones propuestas el Dr. G. dijo:

  2. El actor promovió demanda de desalojo contra L.P.T. y demás ocupantes o subinquilinos que se encuentren habitando el inmueble ubicado en la avenida del Libertador General San Martín 828, piso 6° departamento “D” de esta ciudad.

    Toda vez que durante el transcurso del proceso la demandada se retiró del inmueble depositando las llaves en el juzgado, haciéndose entrega provisoria al actor de la tenencia de la unidad, la Sra. juez de primera instancia dictó sentencia transformando en definitiva esa tenencia provisoria e impuso las costas del proceso a la demandada.

    Contra dicho pronunciamiento se alza esta última, quien fundó su recurso mediante la presentación obrante a fs.

    171/172, cuyo traslado fue respondido a fs. 174/175.

  3. La demandada se agravia de la imposición de costas a su parte alegando que si el inmueble se hallaba desocupado y el actor había recuperado la tenencia al momento del dictado de la sentencia, el objeto del presente proceso devino Fecha de firma: 17/10/2019 Alta en sistema: 22/10/2019 Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: EDUARDO ANTONIO ZANNONI, JUEZ DE CAMARA #31466384#247156754#20191017094441893 abstracto y por ende las costas debieron imponerse en el orden causado.

    Ahora bien, conforme surge de las constancias de autos la recurrente contestó el traslado de la demanda manifestando que el obligado al pago de los alquileres era su ex cónyuge y no ella. Solicitó la citación como tercero de aquél, pretensión que fue desestimada por ser la demandada quien figuraba como locataria en el contrato pertinente (fs. 86/87).

    Con fecha 11 de marzo de 2019, la demandada se presentó haciendo entrega de las llaves en el juzgado (fs. 1417vta).

    A fs. 157 obra el informe del oficial notificador que da cuenta del estado de desocupación del...

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