Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, 3 de Noviembre de 2009, expediente 43.591

Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 2009

Poder Judicial de la Nación °

Causa n° 43.591 “Wang, Feng s/

proces. secuestro extorsivo”.

° °

J.. n° 10 - Secret. n° 20.

R.. N° 1224

Buenos Aires, 3 de noviembre de 2009.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Llegan las actuaciones a conocimiento del tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa particular de Feng Wang (oportunamente ejercida por M.A.C.) contra la resolución del juez de grado mediante la cual decretó el procesamiento con prisión preventiva del nombrado por considerarlo a primera vista penalmente responsable del delito de secuestro extorsivo agravado por la participación de tres o más personas. También apeló el monto del embargo fijado en la suma de cien mil pesos ($100.000).

En líneas generales, se cuestionó la valoración de la prueba que efectuó el a quo con relación a la participación del imputado en el hecho que se investiga. Paralelamente, se sostuvo la inexistencia de riegos procesales que justifiquen el encierro preventivo de Feng Wang y estimó excesivo el monto del embargo (conf. fs. 14/16).

El actual abogado defensor de F.W. presentó su memorial en esta instancia manteniendo los agravios enunciados precedentemente sin hacer referencia alguna a la medidas cautelares impuestas al encartado (conf. fs. 37/40).

II- En las actuaciones se investiga el secuestro extorsivo de M.K.S.L. ocurrido en los siguientes términos: el día domingo 8

de junio de 2008, a las 4 de la madrugada, la víctima y los imputados J.L. y F.G.Y., con quienes mantendría una relación de amistad, salieron del casino flotante de esta ciudad en un auto que condujo este último. Luego de dejar en su domicilio a J.L., se dirigieron al domicilio de la novia de la víctima llamada Q.Z. (Sarmiento 2437 de esta ciudad), pero al arribar, fueron abordados por tres sujetos de origen oriental y armados que subieron al rodado y los obligaron a ir otro lugar donde los espera otra persona en una camioneta, en la que fue introducido M.K.S.L.; allí fue liberado F.G.Y.. La víctima fue llevada hasta el supermercado sito en la avenida J.B.A. 140 de esta ciudad, en donde permaneció hasta el 10 de ese mes. Ese día lo llevaron a otro lugar –no determinado– donde permaneció custodiado por otras personas. El día 12 de junio lo liberaron.

Durante su cautiverio estuvo con los pies y manos atadas, los ojos vendados y la boca tapada.

Paralelamente con su secuestro y en distintos momentos, los apresores hicieron llamar a la víctima a su novia y a un empleado suyo para...

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