Sentencia de SALA II, 24 de Septiembre de 2015, expediente CCF 006874/2012/CA002

Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2015
EmisorSALA II

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 6874/2012 WALTUCH DE NUSSENBAUM ELENA c/ MEDICUS SA s/SUMARISIMO DE SALUD Buenos Aires, 24 de septiembre de 2015.- AN VISTO: el recurso de apelación interpuesto en fs. 193 contra la sentencia de fs. 187/191, los fundamentos de fs. 200/208, el responde de fs.

210/214 y el recurso de apelación contra la regulación de honorarios en fs.

197; y CONSIDERANDO:

1) Que el juez de grado condenó a la demandada Medicus S.A.

a brindarle a la actora la cobertura total (100%) de la prótesis e intervención quirúrgica necesaria para el reemplazo de la válvula aórtica percutánea (TAVI) con prótesis Core Valve (Med. T., con costas.

2) Que la demandada se agravia de lo decidido en la sentencia cuestionando, por un lado, la efectividad reconocida a la práctica prescripta y, por otro, el alcance amplio que en la decisión se le otorga al Programa Médico Obligatorio como cobertura mínima exigible.

Para ello alega que el procedimiento no se encuentra incluido en el consenso de valvulopatías de la Sociedad Argentina de Cardiología y critica la interpretación que el a quo hace sobre el alcance de la cobertura del Programa Médico Obligatorio que, a su entender, “trata de un piso de prestaciones debajo del cual nadie debe ubicarse, pero por encima del cual los agentes están facturados –sic- (voluntariamente) a ampliar la cobertura en sus planes de salud”.

3) Que sobre las diferencias de criterios de los profesionales médicos, el Sr. P. médico que intervino en autos dictaminó que un “consenso” es una reunión de expertos versados en un tema específico que recaban en la literatura médica todo lo publicado y que habitualmente sus Fecha de firma: 24/09/2015 conclusiones se utilizan como guía y referencia que generan corrientes de Firmado por: G.M. -A.S.G. , opinión y de tendencia médica. Empero, las distintas opiniones de profesionales que se pueden presentar en autos son resorte de la discusión médica donde pueden existir opiniones diferentes -y hasta contradictorias- y ninguna de ellas ser deletéreas para la paciente, sino únicamente distinta modalidad de abordar una misma situación (confr. fs. 145 y 145 bis).

Sobre el caso particular de la actora, que sufre de una estenosis aórtica severa sintomática con estado crítico, el “implante valvular aórtico Transcatéter Corevalve” cuenta con consensos americanos y europeos, pero no se encuentra incluido en el consenso de...

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