Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 23 de Marzo de 2017, expediente CAF 063855/2014/CA001

Fecha de Resolución23 de Marzo de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 63855/2014/CA1: “WAL MART ARGENTINA SRL c/

DNCI s/ LEALTAD COMERCIAL - LEY 22.802ART. 22”.

Buenos Aires, de marzo de 2017. CH.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Los Señores Jueces de Cámara, D.G.F.T. y D.J.F.A., dijeron:

  1. Que, a fojas 163/166, esta S., a fin de salvaguardar el derecho de defensa en juicio del recurrente, intimó a WAL MART ARGENTINA SRL, para que en el plazo de cinco días acreditara el cumplimiento de la totalidad de los requisitos de admisibilidad del recurso previsto en el artículo 22 de la Ley Nº

    22.802, bajo apercibimiento de declarar la inadmisibilidad formal del recurso deducido a fojas 70/105 (cfr. asimismo fojas 203).

  2. Que, atento al estado de las presentes actuaciones, toda vez que la parte actora no acreditó el pago previo de la multa, corresponde declarar inadmisible el recurso directo deducido en los términos del artículo 22 de la Ley Nº 22.802. Con costas, en virtud del principio general de la derrota contenido en el artículo 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

    ASÍ VOTAMOS.

    El Señor Juez de Cámara, D.P.G.F., dijo:

  3. Que, me remito a lo expuesto en mi voto en la resolución de fojas 163/166, respecto la inconstitucionalidad del requisito del pago previo introducido por la Ley Nº 26.993 al artículo 22 de la Ley Nº 22.802.

    ASÍ VOTO.

    Fecha de firma: 23/03/2017 Firmado por: G.F.T., J.F.A., P.G.F., #24417629#174083810#20170322124256249 En virtud de acuerdo que antecede, el Tribunal

    RESUELVE:

    Por mayoría: 1) Declarar inadmisible el recurso directo deducido por WAL MART ARGENTINA SRL, en los términos del artículo 22 de la Ley Nº 22.802. 2) Con costas, en virtud...

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