Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - Sala III, 17 de Diciembre de 2013, expediente FLP 002404/2013

Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2013
EmisorSala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA

Plata, 17 de diciembre de 2013.

AUTOS Y VISTOS: este expediente N°

2404/2013/CA1, S.I., “Wal-Mart Argentina c/ Estado Nacional–Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios s/ Nulidad de Acto Administrativo”,

procedente del Juzgado Federal N° 3 de Lomas de Z.,

Secretaría N° 9;

Y CONSIDERANDO QUE:

I.A..

  1. La firma “Wal-Mart Argentina S.R.L.”

    promovió acción judicial de nulidad, en los términos del art. 24, inc. a), de la Ley de Procedimiento Administrativo (L.P.A.), contra determinados artículos de diversas normas emanadas del Ministerio de Planificación Federal y de la Secretaria de Energía, por considerarlos manifiestamente ilegales, discriminatorios e irrazonables.

    Se trata de la Resolución SE N° 1281/06, de la NOTA

    SE N° 1374/06 y de la Resolución N° 1784/06 del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios (“MPFIPyS”) que vinculan al costo de la energía eléctrica que debe pagar la sucursal de la firma actora ubicada en la calle Cerrito 1871 de Lomas de Z..

    Solicitó que se declare la inaplicabilidad de “los cargos” específicos creados por dicha normativa.

    Además, requirió el dictado de una medida cautelar de no innovar que ordene “…(l)a inmediata suspensión de efectos de los Actos Impugnados y, por consiguiente, la suspensión de la obligatoriedad de celebrar los contratos de Energía Plus y/o de la aplicación de los Cargos”, la cual, entiende, debe ser notificada a CAMMESA y a EDESUR S.A., quien se encuentra a cargo de la distribución de energía en la localidad en la que esta ubicada la tienda, para que se abstenga de Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA

    incluir dichos “Cargos” en las facturas de suministro de energía eléctrica efectuado a Wal-Mart (v. fs. 317/363 y vta. y documentación acompañada).

  2. El a quo denegó la medida cautelar solicitada por falta de verosimilitud del derecho.

    Sostuvo que no existen elementos que justifiquen dejar de lado la presunción de legalidad y fuerza ejecutoria que detentan los actos de la administración, en tanto no se ha demostrado su arbitrariedad o ilegalidad manifiesta (fs. 364/365).

  3. La decisión fue apelada por la actora a fs.

    366, quien expresó agravios a fs. 376/383 vta.,

    insistiendo en demostrar que se encuentran reunidos los presupuestos cautelares, con citas jurisprudenciales de distintos tribunales.

    1. Consideración de los agravios.

  4. Los presupuestos cautelares.

    1.1. El dictado de medidas precautorias -como esta S. ha reiterado en varios precedentes- no exige un examen de certeza sobre la existencia del derecho pretendido, sino tan sólo de su verosimilitud; el juicio de verdad en la materia se...

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