Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 23 de Mayo de 2023, expediente FSA 015100036/2012/CA001

Fecha de Resolución23 de Mayo de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PREVISIONAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

VON ELLENRIEDER, GUILLERMO

RODOLFO c/ ANSES s/ MEDIDA

CAUTELAR

EXPTE. Nº FSA

15100036/2012/CA1 (Juzgado Federal de Salta Nº 1).

Salta, de mayo de 2023.

VISTO:

I) Que el 10/11/22 el juez hizo lugar parcialmente a la impugnación formulada por el organismo previsional en contra del informe pericial practicado en fecha 9/3/22; rechazó la liquidación efectuada por la demandada e intimó a la perito a readecuar la planilla presentada oportunamente en el plazo de 10 días. Impuso las costas por su orden.

II) Que en su escrito del 27/12/22 el apoderado de ANSeS se agravia de la sentencia respecto de la aplicación de intereses ya que, afirma, se le “pretendió imponer una tasa de interés que no forma parte de la condena”.

Refiere a la imposición de astreintes en la causa y al plazo de prescripción previsto por el inc. 2 del art. 2562 del CCC aunque no lo opone en la causa.

Hace reserva del caso federal.

CONSIDERANDO:

  1. Que previo a todo trámite resulta imperioso detallar sucintamente los antecedentes de la causa a los fines de tener una debida descripción del derrotero de casi 20 años que debió transitar el actor a los fines del reconocimiento de su derecho.

    Fecha de firma: 23/05/2023

    Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: SANTIAGO FRENCH, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.V.C.O., SECRETARIA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

    Es así que se encuentra acreditado que el Sr. G.R.V.E., con 83 años a la fecha, jubilado como investigador científico de la Universidad Nacional de Salta el 6/3/05, acredita el dictado de una sentencia del 17/10/06 por la que la jueza federal de la seguridad social n°10 en el expte.

    30050/04 declaró la inconstitucionalidad del decreto 78/94 y, en consecuencia,

    la vigencia y aplicación de la ley 22.929, resolución que quedara firme y consentida para las partes.

    También se acredita que con fecha 27/5/08 interpuso reclamo administrativo ante la demandada solicitando “la conversión o transformación jubilatoria a los efectos de que se le liquide su jubilación” conforme la ley citada y que ante la falta de contestación del organismo previsional, con fecha 29/7/09 promovió una acción de amparo por mora ante el juzgado federal de Salta n°1 expte. 449/09 que se tiene a la vista, del que surge que en oportunidad de presentar el respetivo informe circunstanciado, el organismo previsional denuncia que se procedió a “dar de alta en el sistema a la movilidad solicitada”.

    Con fecha 22/12/11 el actor se presentó en dicho expediente solicitando una medida cautelar a los fines de que ANSEs le abone el 85%

    móvil del haber en actividad, denunciando que luego de interpuesto el amparo por mora no solo no se le pagó lo debido, sino que se le redujo el haber. Dicha cautelar fue considerada improcedente por el tribunal, el que ordenó “ocurrir por la vía que corresponda” (fs. 54 expte. 449/09).

    Frente a ello y promovida que fuera la respectiva demanda, con fecha 16/3/12 el juez ordenó a la demandada que en el plazo de 20 días adecúe el haber jubilatorio del actor en el 85% móvil del salario en actividad, incluyendo Fecha de firma: 23/05/2023

    Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: SANTIAGO FRENCH, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.V.C.O., SECRETARIA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

    compensaciones y suplementos; debiendo adecuarse el monto “cada vez que varíe la remuneración del personal en actividad” bajo apercibimiento de astreintes; las que, ante el incumplimiento de la demandada, se hicieron efectivas a partir de noviembre de 2012. En octubre de 2013 ante la reticencia de ANSES se remitieron las actuaciones a la secretaría penal en turno a los efectos de sustanciar un proceso por la posible comisión del delito de desobediencia judicial.

    Con fecha 11/8/17 el juez ordenó a...

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