Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 3 de Mayo de 2018, expediente CCF 006439/2008

Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2018
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III CCF 6439/2008 “Vodafone Group Public Limited Company c/ Breit, A.J.P. y otro s/ nulidad de marca”. Juzgado 9, Secretaría 18.

Buenos Aires, 3 de mayo de 2018.

VISTO: el planteo de la demandada de fs. 791/792, y CONSIDERANDO:

I Que el trámite de la causa se encuentra demorado desde hace varios años producto de las numerosas presentaciones de la demandada (ver fs. 617/628vta., 656/663, 694/702vta., 743/754 y 768/780).

Que los Jueces de esta Cámara de Apelaciones han sido sucesivamente recusados en una especie de ardid procesal reñido con la buena fe (art. 34, inc. 5, ap. IV, del Código Procesal).

Este mecanismo utilizado por la accionada ha dado lugar a la resolución de fs. 784/787vta., mediante la cual los Jueces intervinientes del fuero contencioso administrativo federal decidieron calificar de maliciosas las recusaciones rechazando in limine los planteos de nulidad y revocatoria in extremis interpuestos en conjunto con cada recusación. Pese a ello, los presentantes insisten con el temperamento observado hasta el presente.

En atención a lo expuesto y toda vez que el escrito de fs. 791/792 no contiene ningún argumento de derecho que lleve a dejar sin efecto lo dispuesto a fs. 790, sino que se trata de un planteo tendiente a seguir dilatando el proceso, corresponde rechazarlo in limine y remitir una copia certificada del mismo y de la presente resolución al Colegio Público de Abogados de...

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