Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 20 de Noviembre de 2014, expediente COM 028948/2003

Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2014
EmisorCamara Comercial - Sala E

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E 28948 / 2003 VIVIENDAS MAYO COOPERATIVA DE PROVISION DE INMUEBLES Y OTRO s/QUIEBRA J.. 17 S.. 34 13-14-15 Buenos Aires, 20 de noviembre de 2014.-

Y VISTOS:

  1. Suben las presentes actuaciones a la Sala para revisar la regulación de honorarios practicada a fs. 3985, correspondiente a la distribución presentada a fs. 3980.

  2. De acuerdo con lo resuelto en la anterior decisión del 30/12/2013, cabe acudir a la escala prevista por el art. 267 de la ley 24.522, ponderando a tal fin el monto que se distribuye en el proyecto presentado, sin perjuicio de las eventuales regulaciones que correspondan ante ulteriores distribuciones complementarias (v. en tal sentido esta Sala, “M. o M.P.”, del 19/3/96; íd. “Fides Cía. A.. de Seguros s/ Liquidación Forzosa”, del 10/6/94).

Sentado ello, teniendo en cuenta la labor profesional cumplida, apreciada por su calidad, eficacia y extensión y considerando el monto que se distribuye, se elevan a ONCE MIL QUINIENTOS SETENTA PESOS ($ 11.570) los honorarios regulados a favor de la síndico, contadora E.M.B.; y a DOS MIL TRESCIENTOS QUINCE PESOS ($ 2315)

los de...

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