Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 4 de Agosto de 2015, expediente CAF 029201/2013/CA001 - CA002

Fecha de Resolución 4 de Agosto de 2015
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III Causa 29201/2013/CA1-CA2 “VIREYES AGROPECUARIA SA -INC MED-

Y OTRO c/ EN-M§ ECONOMIA -RESOL 953/12 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO”

Buenos Aires, 4 de agosto de 2015.- EA VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que, ante el nuevo pedido de medida cautelar presentado a fs. 199, a fs. 200, se dispuso que debía estarse a lo resuelto por esta S. a fs. 167/170, en cuanto confirmó la decisión de fs. 90/91, en el sentido de rechazar la medida cautelar incoada por la actora. Contra dicha decisión, esta última interpuso el recurso de apelación que obra a fs. 207/208, en subsidio del de reposición que fuera denegado a fs. 210 (v. asimismo, fs. 217). Puntualmente, se agravió por entender que se debió haber hecho mérito del informe pericial que acompañara a fs. 173/189 en cuanto allí se concluye que ella “podía contar con porotos de soja suficientes para cubrir dicho total [de toneladas autorizadas para la exportación]” (v.

    fs. 207), así como lo resuelto por esta S. en las Causas 35644/2009 y 34561/2009.

  2. Que, en las circunstancias descriptas, cabe recordar la doctrina sentada por esta S. en el sentido de que “… si bien las providencias sobre medidas cautelares tienen como característica relevante su provisionalidad (conf. art. 202 del Código Procesal), sólo pueden ser replanteadas por los peticionarios en cuanto acompañen nuevos documentos o probanzas que acrediten la variación de las circunstancias que se tuvieron en cuenta para su decisión. Por ello, cuando una medida cautelar fue denegada es posible solicitarla nuevamente en presencia de una modificación de dichas circunstancias (Palacio, Lino E., “Derecho Procesal Civil”, T.V., Ed.

    A.P., Buenos Aires- 1992, ap. 1228, pág. 50).” (cfr. esta Sala, Causa 1261/2008 “C.F.S.A.- Inc. M.. c/ EN- Ley 26.095- Dto. 1216/06- Mº P- RS...

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