Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 10 de Diciembre de 2008, expediente Ac 100012

PresidenteGenoud-Kogan-Pettigiani-Soria
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2008
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 100.012 "Villarreal, C.M.c.B., H.E. y otros. Bien de familia. Desafectación".

//Plata, 10 de Diciembre de 2008.

AUTOS Y VISTO:

  1. La Cámara Segunda de Apelación en lo Civil y Comercial de La Plata, en lo que aquí interesa, revocó la desafectación como bien de familia del inmueble de los demandados motivo de estas actuaciones que había dispuesto el juez de primera instancia (fs. 287/291).

    Frente a lo así juzgado, el letrado de la actora -con invocación de la facultad prevista en el art. 48 del Código Procesal Civil y Comercial- interpuso recursos de nulidad e inaplicabilidad de ley (fs. 298/308) -siendo ratificada esta presentación a fs. 312- y la alzada los concedió (fs. 309 y 318, respectivamente).

    Posteriormente, y ante la presentación del demandado, acompañando una copia del acuerdo al que habría llegado con la actora en el juicio de daños y perjuicios se intimó a ésta a que manifieste expresamente su voluntad respecto de mantener o desistir de los recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley interpuestos, bajo apercibimiento de continuar la causa según su estado (fs. 325). Frente a ello, el apoderado del actor manifestó haber perdido contacto con éste y remitió a lo expresado en el referido convenio (fs. 332).

    Luego, en virtud de tal manifestación, se solicitó informe al juez de primera instancia respecto del mencionado acuerdo (fs. 333 y 337), el que hizo saber a este Tribunal que no había homologado el mismo (fs. 344). En atención a lo expuesto se pasa a resolver (fs. 345).

  2. Pasando a verificar el cumplimiento de los recaudos de admisibilidad de los remedios otorgados, dable es señalar que en principio, los recursos extraordinarios sólo proceden contra las sentencias definitivas, es decir, aquéllas que, recayendo sobre el asunto principal objeto del litigio o sobre un artículo, producen el efecto de finalizar la litis...

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