Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 2 de Agosto de 2023, expediente COM 018036/2021/CA001

Fecha de Resolución 2 de Agosto de 2023
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA B

18036 / 2021 - VILLAMEDIANA, M.A. c/

TRANSPORTE Y LOGISTICA ETNA S.A. Y OTRO s/ORDINARIO

Juzgado N°30 - Secretaría N° 60

Buenos Aires,

Y VISTOS:

  1. El coaccionado F.S. apeló la resolución de foja digital 323 mediante la cual el magistrado de grado rechazó su defensa de falta de legitimación pasiva. Sus agravios corren a foliatura digital 335/337 y fueron respondidos de igual modo a fs. 341/348.

  2. Esta Sala comparte la decisión recurrida.

    La defensa de falta de legitimación para obrar contemplada en el art.

    347 inc. 3° Cpcc., refiere en forma exclusiva a la falta de calidad del titular del derecho invocado por el actor o, en su caso, a la falta de calidad de obligado por parte del demandado.

    Y si bien se trata de una defensa estrictamente vinculada con las cuestiones de fondo sometidas a la decisión final del tribunal, puede ser resuelta con carácter de previo y especial pronunciamiento cuando la decisión resulte clara y manifiesta conforme lo establece la precitada norma legal.

    En el caso, el apelante sostiene -en lo sustancial- que resultó

    improcedente demandarlo en estas actuaciones en las que se pretende la nulidad de cierta asamblea, y que la acción carece de argumentos y fue inserta en otro reclamo del que debería ser escindida. Agregó en sus agravios que el sujeto pasivo es la sociedad.

    Sin embargo, tales argumentaciones no pueden fundar la defensa.

    En primer lugar, la acción plasmada en la demanda de fs. 2/53 se dirige a nulificar una asamblea y a remover a los integrantes del directorio,

    de modo tal que, más allá de los argumentos fundantes y del resultado que esa pretensión pueda obtener en la sentencia definitiva, el apelante no ha negado ostentar el cargo de director y como tal resulta sujeto pasivo para ser demandado en los términos del mentado escrito de fs. 2/53.

    Fecha de firma: 02/08/2023

    Alta en sistema: 03/08/2023

    Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: A.E.M., SECRETARIA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA B

    En segundo término, nada obsta a accionar en una misma demanda por nulidad asamblearia y remoción de directores, porque no existe prohibición legal expresa al respecto; por lo que -como se dijo- no negada su calidad de director, corresponde refrendar la decisión recurrida.

    Ello, claro está, sin perjuicio de lo que en definitiva deba resolverse respecto del fondo...

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