Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 5 de Marzo de 2020, expediente CNT 037895/2015/CA001

Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX

Causa N°: 37895/2015 - VILLALBA, VICTORIA BEATRIZ c/ EXPERTA

ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO ART S.A. s/ACCIDENTE -

LEY ESPECIAL

Buenos Aires, 05 de marzo de 2020.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por el perito psicólogo a fs. 127 por estimar reducidos los honorarios que le fueron regulados a fs. 126.

Y CONSIDERANDO:

Que, en el presente caso, el monto conciliado se exhibe como pauta suficientemente representativa del valor litigioso a los fines regulatorios (criterio que encuentra apoyo en lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en autos: “Murguia, E.J.c.G., E.B. s/ cumplimiento de contrato”, sentencia del 11 de abril de 2006), por lo que, teniendo en cuenta lo normado por el art. 38 de la L.O. y por los arts. 16, 21, 58 y ss. de la ley 27.423, la importancia, mérito y calidad de las tareas llevadas a cabo a criterio de esta alzada, los honorarios regulados al perito psicólogo a fs. 126 lucen reducidos,

razón por la cual corresponde que sean elevados a la suma de PESOS DIECISEIS

MIL ($16.000-.) a valores del presente pronunciamiento.

Por ello, el Tribunal

RESUELVE:

1) Elevar los honorarios regulados al perito psicólogo a fs. 126 a la suma de PESOS DIECISEIS MIL ($16.000-.) a valores del presente pronunciamiento; 2) H. saber a las partes y peritos que rige lo dispuesto por la Ley 26.685 y Ac. C.S.J.N N.. 38/13. 11/14 y N.. 3/15 a los fines de notificaciones, traslados y presentaciones que se efectúen.

R., notifíquese y oportunamente devuélvase.

Roberto C. Pompa Mario S.

Fera JUEZ DE CAMARA JUEZ DE

CAMARA

Ante mí:

Fecha de firma: 05/03/2020

Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX

Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA - SALA IX

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX

Fecha de firma: 05/03/2020

Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX

Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA - SALA IX

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