Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 30 de Mayo de 2017

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2017
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita283/17
Número de CUIJ21 - 510815 - 9

Reg.: A y S t 275 p 186/190.

En la ciudad de Santa Fe, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil diecisiete, se reunieron en acuerdo los señores Ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, doctores María Angélica G., R.F.G.érrez y R.H.éctor Falistocco, bajo la presidencia del titular doctor Daniel Aníbal Erbetta, a fin de dictar sentencia en los autos caratulados "VILLAGRA, RAMÓN MANUEL Y OTROS -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS: 'VILLAGRA, RAMÓN MANUEL Y OTROS; STOFFEL, H.O. -RECURSO APELACIÓN (RESOL. DEL 23/12/14 Y 29/05/15- RECHAZA PEDIDO DE SOBRESEIMIENTO POR PRESCRIPCIÓN ACCIÓN PENAL) S/ INCIDENTE DE NULIDAD'- (EXPTE. 98/16) sobre RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (CONCEDIDO POR LA CÁMARA)" (Expte. C.S.J. CUIJ N°: 21-00510815-9). Se resolvió someter a decisión las siguientes cuestiones: PRIMERA: ¿es admisible el recurso interpuesto? SEGUNDA: en su caso, ¿es procedente? TERCERA: en consecuencia, ¿qué resolución corresponde dictar? Asimismo, se emitieron los votos en el orden en que realizaron el estudio de la causa, o sea, doctores: E., Falistocco, G. y G.érrez.

A la primera cuestión, el señor Presidente doctor E. dijo:

  1. Por resolución 242 del 22 de abril de 2016, el Juez del Colegio de Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe, doctor R., rechazó -con costas- la nulidad planteada en segunda instancia por la representación técnica de los querellantes Víctor H.M. y Claudio Díaz por la falta de notificación a su parte de la radicación de las actuaciones ante la Alzada para la tramitación del recurso de apelación interpuesto por la defensa de los imputados contra la decisión de primera instancia que rechazara el pedido de sobreseimiento por prescripción de la acción penal (fs. 37/39v., E.. N° 261/2015).

  2. Contra este pronunciamiento, la parte querellante interpone recurso de inconstitucionalidad (fs. 1/7v.).

    En primer lugar, señala que el remedio se deduce contra una sentencia definitiva dictada en juicio que no admite otro ulterior sobre el mismo objeto y que ha puesto fin al pleito, haciendo imposible su continuación.

    Sentado ello, relata lo ocurrido en la causa que motivara su pedido de nulidad. Así, explica que las defensas de los imputados solicitaron en baja instancia el sobreseimiento por prescripción de la acción penal y que si bien el rechazo de esta postulación fue efectuado por la Jueza de baja instancia el 22.12.2014 respecto de V., P. y L., en relación a S., la decisión se dictó el...

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