Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 19 de Marzo de 2019, expediente CNT 054621/2015/CA001

Fecha de Resolución19 de Marzo de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 54621/2015 - VILCA GONZALES, R.W. -3- c/

GALENO ART S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL Buenos Aires, 19 de marzo de 2019.

se procede a votar en el siguiente orden:

El Dr. A.E.B. dijo:

I – La sentencia de grado anterior, mediante la cual se admitió el reclamo, es apelada por Prevención ART S.A. según los términos de fs. 186/192, que fueron replicados a fs. 194/196.

II – En lo que atañe a la crítica que expone la aseguradora, adelanto que tendrá favorable acogimiento.

Ello, por cuanto en lo concerniente a la defensa de falta de legitimación pasiva que expuso al contestar la demanda (cfr. fs. 49vta./50) y que reedita en la pieza recursiva (cfr. fs. 191/vta.), advierto que de conformidad con la congruencia que debe atenderse en el pronunciamiento, no surgen elementos que permitan responsabilizarla del siniestro de autos.

En efecto, de conformidad con los términos que se expusieron en la demanda, en la cual el actor manifestó haber denunciado el siniestro padecido en julio de 2014 –que motiva este reclamo- y que si bien la aseguradora lo citó a revisación médica, luego le comunicó el rechazo del mismo, surge de la documental acompañada a la demanda y glosada a fs. 20/43, que todo ello aconteció con la codemandada Galeno ART S.A.

Asimismo, ésta reconoció a fs. 69 de su escrito de responde la cobertura del seguro de la empleadora del actor (Distribuidora y Frigorífico Malvinas Argentinas), desde el 25/07/09 hasta el 31/07/16, y que si bien tomó la denuncia del siniestro y citó al actor a revisación médica, desestimó las prestaciones a su cargo porque consideró que se trataba de una enfermedad inculpable.

Fecha de firma: 19/03/2019 Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX #27420983#229679204#20190319154452500 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Ahora bien, Galeno ART S.A. resultó condenada en autos y no dedujo recurso alguno contra la sentencia de grado anterior.

Frente a ello, entonces, cabe ponderar que no existe denuncia alguna efectuada a Prevención ART S.A.

y que si bien ésta reconoció haber celebrado contrato de seguro por riesgos del trabajo con G.M.E. desde el 01/02/13 hasta la fecha de contestación de demanda efectuada el 25/02/16 (cfr. fs.

59), lo cierto es que a fs. 48vta. negó que el actor fuera registrado como dependiente del mencionado...

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