Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL, 4 de Junio de 2020, expediente FLP 074163/2019/CA001

Fecha de Resolución 4 de Junio de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA

P., 4 de junio de 2020

AUTOS Y VISTOS: Este expediente FLP

74163/2019/CA1 caratulado “V.M., C.I. c/

Provincia de Buenos Aires s/ medidas preliminares”,

procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 4

de esta ciudad, Secretaría Nº 10;

Y CONSIDERANDO QUE:

I.A..

Conforme se desprende de las constancias del Sistema Lex100, C.I.V.M. se presentó ante este fuero en los términos del art. 323 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación con el fin de “solicitar medida preparatoria de demanda judicial por daño ambiental al bien colectivo ambiente consistente en el sistema hídrico o cuenca hídrica como un sistema o ecosistema único e integral compuesto por el Arroyo el Gato, Río Santiago y Río de La P., que (…) en el léxico de la Corte Federal es equiparable a la idea de sistema integral, que se refleja en la estrecha interdependencia entre las diversas partes del curso de agua”.

Aclaró que su presentación apunta a contar con los elementos necesarios para iniciar una futura demanda en defensa de su derecho a gozar de un ambiente sano,

equilibrado y apto para el desarrollo humano, contra quienes estarían provocando los daños y contra los que deberían controlar que no se contamine. Esos demandados –añadió- serían la Provincia de Buenos Aires y ABSA S.A.

En ese marco, dejó pedido que se libre oficio a la AUTORIDAD DEL AGUA, organismo dependiente del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, para que acompañe un informe pormenorizado sobre la polución de la cuenca de “El Gato” e indique las medidas adoptadas por el organismo tendientes al control de efluentes Fecha de firma: 04/06/2020

Firmado por: L.P.M., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: V.C.A., JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA

industriales, cloacales, lixiviados y sólidos domiciliarios. En especial, las que hayan sido implementadas con relación a la planta de tratamiento de efluentes cloacales que ABSA S.A. posee en Ringuelet y respecto de los vertidos efectuados por la Papelera San Jorge (Cooperativa Unión Papelera Platense), sita en calle 12 y 514 de esta ciudad.

A solicitud del señor juez de primera instancia, el peticionante fundó la competencia federal en la interpretación integral que la Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo del art. 7 de la ley 25.675

en la causa “F.M.A. s/ Infacción ley 24.051” (sentencia del...

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