Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 29 de Agosto de 2019, expediente CSS 105315/2017/CA001

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2019
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 Expte nº: 105315/2017 MSM Autos: “VIDAL, R. c/ MINISTERIO DE TRABAJO EMP. Y SEGURIDAD SCIAL s/IMPUGNACION DE DEUDA”

Sentencia Definitiva del Expte. Nº 105315/2017 Buenos Aires, AUTOS Y VISTOS:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta Alzada, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Resolución D.R.F. N°

    22462 de fecha 10 de mayo de 2017, dictada por el Director de Resolución de Fiscalización del MTEySS, por la que se desestima el recurso de impugnación administrativa interpuesto contra el acto administrativo dictado en el expediente Nº 7-225-6498-2014.

  2. Oportunamente se le hizo saber al contribuyente R.V., que la resolución en cuestión agotaba la instancia administrativa y que aquella podía ser recurrida por la vía prevista en el art. 10 inc. b) de la Resolución METySS N ° 655/05 y sus modif.), previo pago de la multa (art. 15 de la Ley Nº 18.820 y sus modif.).

    A fs. 93, obra boleta de depósito –por el importe de $34.462,80 (PESOS TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS CON 80/100– que acredita el pago de la multa a los fines de la apertura de la instancia judicial, elevándose las actuaciones a esta Excma. Cámara Federal de la Seguridad Social, para su intervención.

  3. Se agravia el recurrente de la resolución en crisis, toda vez que consideró

    que los trabajadores relevados en su establecimiento, resultaban ser empleados suyos, cuando en realidad se encontraban registrados como empleados de la firma Tipasmayo S.R.L, de la que él participa en calidad de socio gerente, lo que a su entender, destruiría aquella presunción del vínculo laboral. Asimismo, acompaña en sede administrativa copia del contrato de aparcería agrícola accidental, celebrado entre aquella y la firma Tipasmayo S.R.L, con fecha 9 de septiembre de 2013. Finalmente adjunta copia de los recibos de haberes de los trabajadores relevados, emitidos por la mencionada S.R.L.

    IV- Conforme se desprende de autos, la causa se inicia como consecuencia de un relevamiento de personal llevado a cabo por inspectores del MTEySS, en el cual se detecta la infracción prevista en el artículo agregado sin número a continuación del art. 40 de la ley 11.683, verificando de tal manera que no se efectuó la debida registración del alta en el registro de altas y bajas en materia de seguridad social, regulado por la Resolución General AFIP Nº 2998, “Mi Simplificación II”...

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