Vidal C/Ceron

Juez del 6° Juzgado de Familia de Mendoza, en Autos Nº 1079/15/6F, caratulados "VIDAL MOLINA GUDELIA DEL CARMEN CONTRA CERON ALIAGA JULIO ENRIQUE POR DIVORCIO", notifica al Sr. Julio Enrique Cerón Aliaga, el siguiente proveído: "Mendoza, 24 de febrero de 2016... Y vistos... Considerando...

Resuelve

1) Tener por acreditadas sumariamente las circunstancias exigidas por el Art. 69 del C.P.C., y en consecuencia bajo responsabilidad de la parte actora, téngase al Sr. Julio Enrique Cerón Aliaga por declarado de ignorado domicilio

2) Ordenar se notifique edictalmente al accionado la presente, juntamente con la providencia de fs. 16, tres veces con dos días de intervalo en el Boletín Oficial y en el diario Los Andes...". A fs. 16 el Juzgado proveyó: "Mendoza, 6 de octubre de 2015. Por presentada, parte y domiciliada. Téngase presente la documentación acompañada y los hechos expuestos. Téngase presente el pedido divorcio vincular efectuado por la Sra. Gudelia del Carmen Vidal Molina (Art. 437 del C.C. y C.). Téngase presente la propuesta...

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