Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 10 de Septiembre de 2019, expediente COM 037378/2015/CA001

Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala E

37378 / 2015 VIAJES FUTUROS S.R.L. c/ CASSIS, M.E.s.

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E

37378 / 2015 VIAJES FUTUROS S.R.L. c/ CASSIS, MARCELO

EDUARDO s/ORDINARIO

Juzg. 19 S.. 38 15-14-13

Buenos Aires, 10 de septiembre de 2019.-

Y VISTOS:

  1. El demandado apeló la resolución de fs. 94/100 cuestionando el hecho que el juez de grado desestimó el planteo de nulidad de la notificación de la demanda.

    Sostuvo el recurso con el incontestado memorial de fs. 118.

  2. La recurrente no logró esgrimir una crítica concreta y razonada contra el argumento sustancial del fallo cuestionado, razón por la cual corresponderá declarar desierto el recurso (CPr: 265 y 266).

    En efecto, el quejoso atacó la decisión porque entendió que, como era un planteo subsidiario,

    antes debía expedirse sobre la temporaneidad de la contestación de la demanda.

    En primer lugar cabe destacar que la Fecha de firma: 10/09/2019 Expte. N° 37378 / 2015 1

    Alta en sistema: 17/10/2019

    Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: ÁNGEL O. SALA, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: H.M., JUEZ DE CÁMARA

    Firmado(ante mi) por: M.E.G., PROSECRETARIO DE CÁMARA

    37378 / 2015 VIAJES FUTUROS S.R.L. c/ CASSIS, M.E.s.

    lógica del procedimiento indicaba que debía fallarse sobre el planteo de nulidad previo a todo juicio sobre la oportunidad en que se produjo la contestación de la demanda, la que indiscutiblemente se presentó vencido el plazo de quince días calculado a partir de la fecha de la diligencia de la cédula de notificación cuestionada.

    Además, el juez a-quo fue contundente al juzgar que el planteo resultó extemporáneo porque se introdujo una vez vencido el plazo de cinco días que prevé el CPr: 170 computado desde el día en que el propio demandado manifestó haber tomado conocimiento de la diligencia cuestionada.

    Resulta dirimente el hecho que este argumento...

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