Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 31 de Marzo de 2022, expediente CAF 012406/2021/CA001

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2022
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

12406/2021

VESCOVO, V.M. c/ UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES-

LEY 24521 s/AMPARO POR MORA

Buenos Aires, de marzo de 2022.-MLA

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que el 9 de noviembre de 2021 la jueza de la anterior instancia resolvió rechazar, con costas, el amparo por mora promovido por V.M.V. con el objeto de que se ordenara a la Universidad de Buenos Aires que se expidiera respecto al trámite de solicitud de entrega de título de Licenciada en Trabajo Social, el correspondiente diploma y su certificado analítico y de promedio.

    Asimismo, reguló los honorarios de la Dra.

    C.F., por su actuación en doble carácter de letrada apoderada y patrocinante de la parte demandada en 7 UMA.

    Para así decidir, la jueza a quo sostuvo que la demandada no se encontraba en mora al momento de iniciar la presente acción, puesto que de las actuaciones administrativas se desprendía que con fecha 26 de julio de 2021, esto es, con anterioridad al inicio de la presente acción, se había requerido a la actora “el certificado título secundario (frente y dorso) legalizado por la UBA.

  2. Que, contra dicha decisión, el 11 de noviembre de 2021 la parte actora interpuso recurso de apelación y expresó agravios, los que no fueron replicados por la contraria.

    En primer término, sostiene que la sentencia dictada por la jueza de primera instancia es manifiestamente parcial, arbitraria y contraria a derecho.

    Manifiesta que, lo expuesto por la jueza de grado en cuanto a la documentación presentada por su parte en las actuaciones administrativas es erróneo, puesto que la demandada contaba con tres copias legalizadas de su título secundario, a saber:

    inscripción al CBC, inscripción a la carrera y la que se acompañó al iniciar el trámite de expedición de título, de la que se adjuntó copia a los Fecha de firma: 31/03/2022

    Alta en sistema: 01/04/2022

    Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.L.P., PROSECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA

    presentes actuados el 4 de octubre de 2021, para que la sentenciante pueda verificarlo.

    Sostiene que, el 26 de julio de 2021, siete meses después de iniciado el trámite administrativo (22/12/2020), se le exigió una subsanación en la documentación que había presentado, y agrega que en ese momento ya había vencido el plazo fijado por la Ley de Educación Superior para la expedición de diplomas.

    Agrega que la resolución emitida por la misma institución con fecha 9 de junio de 2021 (Resolución RESCS-2021-

    531-UBA-REC), mediante la cual considera no iniciados los trámites hasta tanto se dé cumplimiento con los requisitos exigidos, viola el principio de jerarquía normativa, puesto que la accionada pretende dejar sin efecto una ley emanada del congreso a través de una resolución administrativa.

    Además, se arroga la facultad de interpretar las...

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