Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA L, 16 de Septiembre de 2015, expediente CIV 052191/2012/CA001

Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2015
EmisorSALA L

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA L 52191/2012 VERON N.A. c/C.J.D. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Buenos Aires, de septiembre de 2015.- GG Y VISTOS:

Tiénese presente el desistimiento efectuado por el demandado J.D.C. respecto del recurso deducido a fs. 364, respectivamente.-

En consecuencia, por haberse dado cumplimiento a lo ordenado a fs. 380, punto II), homológase en cuanto ha lugar por derecho el acuerdo arribado entre las partes, el cual se encuentra glosado a fs. 379/vta, ello sin perjuicio de la previa citación por cédula de todos los profesionales, peritos, consultores técnicos y mediador intervinientes en el litigio, en los términos del art. 55 de la ley 21.839.- Notifíqueselos.-

Atento el compromiso asumido en la cláusula sexta, el juzgado actuante deberá arbitrar los medios para la integración de la tasa de justicia de acuerdo con las previsiones de la ley 23.898.-

Téngase presente lo pactado por las partes en...

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