Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA B, 16 de Marzo de 2016, expediente CIV 054983/2014/CA001

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2016
EmisorSALA B

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA B 54983/2014 VERON, ELISEO s/SUCESION AB-INTESTATO Buenos Aires, de marzo de 2016.- FB Y vistos y considerando:

I.V. los autos a esta sala para resolver la apelación planteada subsidiariamente contra la providencia de f. 108, mantenida a f.

112 que dispuso que lo concerniente al acervo hereditario de E.A.V. debe solicitarse ante el Juez donde tramita su sucesión. El memorial ha sido presentado a fs. 110/111.

  1. Compete a la segunda instancia -de ser del caso- formular el juicio de admisibilidad del recurso de apelación, así como de las formas en que se lo ha concedido, pues el tribunal no se encuentra ligado por la conformidad de las partes ni por la resolución del juez de grado, aun cuando se encuentre consentida. Tal examen puede ser efectuado de oficio (conf. CNCiv., S. “B”, H. Nº 122.280, “Aramouni, A. c/ Editorial Tiempo Argentino S.A. s/ Daños y Perjuicios”, del 24/2/93; íd, íd, R.

219.986 del 16/7/97; íd, íd, L.y H. 49.923/95 del 15/12/98, entre otros).

De acuerdo a lo que resulta de las constancias de la causa N°

79572/2012, remitida ad effectum videndi et probandi, “V.E.A. s/sucesión ab-intestato”, el monto comprometido (ver f. 77 de dicho autos) en la cuestión traída al conocimiento de esta alzada resulta inferior al monto mínimo previsto por el artículo 242 del Código Procesal (cfm. texto incorporado por la ley N° 26536 y acordada 16/14 CSJN) para la admisibilidad de la apelación. En el sentido indicado basta con observar que según las propias manifestaciones del recurrente, el dinero de la causante que subsistiría depositado a la orden de los autos “V.E.A. s/inhabilitación” (Expte N° 89159/2010) sólo alcanzaría la suma de $28.165,78. De ello se sigue que la cuestión debatida en esta instancia no alcanza el límite para que el recurso sea admisible.

Las normas procesales suelen establecer topes mínimos o límites cuya...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR