Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 15 de Abril de 2019, expediente CFP 003893/2016/CA010

Fecha de Resolución15 de Abril de 2019
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 3893/2016/CA10 CCCF - SALA I CFP 3893/2016/CA10 “Vera, A.D. s/

sobreseimiento”

J.. Fed. nro. 7 - Sec. nro. 14 Buenos Aires, 15 de abril de 2019.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDOS:

I.M. nuevamente la intervención de este tribunal el recurso de apelación interpuesto a fojas 1383/1384 por el Dr. F.D., fiscal del fuero, contra la resolución que luce a fojas 1378/1381 mediante la cual el juez de primera instancia decretó

el sobreseimiento de A.D.V. en orden a los hechos de abuso sexual por los cuales fuera indagado.

Las conductas imputadas consistieron en “haber abusado sexualmente en varias oportunidades, una de ellas con acceso carnal, mediante el aprovechamiento de su condición de policía de la Comisaría 19° de la PFA, a J.D. –mayor de edad– entre finales del año 2013 y mediados del año 2014 […] Tales conductas, según lo denunciado, habrían tenido lugar dentro del vehículo que en ese entonces conducía el nombrado y, en cuanto al abuso sexual con acceso carnal, se habría producido el día 2 de agosto del año 2014 dentro de su despacho de la Comisaría nro. 19 de la PFA, oportunidad en la que a raíz de disturbios producidos en el bar de V.L. #### habría tomado contacto con J.D. en su calidad de agente policial”.

En primer lugar, debemos mencionar que este tribunal (con una integración distinta a la actual) el día 21 de mayo de 2018 confirmó, por un lado, el procesamiento de Vera por Fecha de firma: 15/04/2019 Alta en sistema: 16/04/2019 Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.V. , SECRETARIA DE CAMARA #28214365#232040883#20190415121310604 considerarlo partícipe necesario del delito de explotación sexual agravada respecto de una persona cuya identidad se encuentra reservada, desde fines del año 2013 hasta junio de 2014; y por el otro, la falta de mérito para procesarlo o sobreseerlo en orden a los hechos de abuso sexual oportunamente intimados.

Bajo esas circunstancias, y habiendo efectuado diversas medidas probatorias, el juez de grado descartó la hipótesis delictiva y sobreseyó al imputado, en tanto sostuvo que si bien el relato de la víctima resultaba verosímil, no se había recolectado evidencia de cargo que respaldara sus dichos.

Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal volvió a cuestionar la resolución de primera instancia al sostener que se encontraban reunidos los extremos necesarios para procesar al imputado. Señaló que por la propia naturaleza de los delitos enrostrados no era posible dar con mayores pruebas que las recolectadas hasta el momento y, respecto al caso concreto, agregó

que presentaba una complejidad extra al haber sido llevado a cabo en espacios ajenos a la presencia de terceras personas, por lo que resultaba sumamente relevante el testimonio de la víctima.

  1. Los Dres. L.O.B. y Pablo D.

    Bertuzzi dijeron:

    ...

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