Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 21 de Marzo de 2022, expediente CIV 072917/2016/CA002

Fecha de Resolución21 de Marzo de 2022
EmisorCamara Civil - Sala D

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D

72917/2016

VELURTAS, R.G.E.c.C., RAMON

NICOLAS Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES.

O MUERTE)

Buenos Aires, de marzo de 2022.- FMC

AUTOS Y VISTOS:

Son elevadas estas actuaciones para conocer los recursos interpuestos contra la resolución de fecha 11 de febrero de 2022, en la que el “a quo” declaró de oficio la inconstitucionalidad de la ley 27.423 y reguló los honorarios del Dr. W.D.T.,

letrado apoderado de los demandados y la citada en garantía, en $

320.000 por el principal y $ 16.000 por la incidencia resuelta el 18 de septiembre de 2017; los de la Dra. P.F.I., por su actuación en igual carácter, en $ 6.000, y los de los peritos, médico P.M. e ingeniero J.O.G., en $ 200.000 para cada uno de ellos.

En primer lugar, en atención a los fundamentos del recurso del perito ingeniero, quien solicita la aplicación de la ley 27.423, corresponde señalar que el magistrado de grado declaró su inconstitucionalidad en el caso concreto y ello no fue objeto de apelación, lo cual obsta para que los honorarios puedan ser examinados según su normativa.

Sentado ello, teniendo en cuenta la naturaleza,

importancia y extensión de los trabajos realizados en autos; las etapas cumplidas; el monto de la liquidación conjunta efectuada por las partes -$ 2.945.098,69-; la proporción que deben guardar los honorarios de los peritos con los de los letrados; la incidencia de su labor en el resultado del pleito, y lo dispuesto por los artículos 1, 6, 7,

9, 10, 19, 37 y 38 de la ley 21.839 y su modificatoria 24.432 y el Fecha de firma: 21/03/2022

Alta en sistema: 22/03/2022

Firmado por: G.M.P.O., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.G.R., JUEZ DE CAMARA

artículo 478 del Código Procesal, se confirman, por haber sido apelados sólo por altos, los correspondientes al Dr. W.D.T., letrado apoderado de los demandados y la citada en garantía, por las tres etapas del principal y una del incidente de oposición a prueba, y a la Dra. P.F.I., por su actuación en igual carácter en una audiencia; y se reducen los fijados a los peritos, médico P.M. e ingeniero...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR