Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 15 de Julio de 2020, expediente CNT 041618/2019

Fecha de Resolución15 de Julio de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO

SALA VII

Expediente Nº CNT 41618/2019/CA1

AUTOS: “VELICH, ALICIA MERCEDES Y OTROS C/ MINISTERIO DE

TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION S/

MEDIDA CAUTELAR”

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 15 de julio de 2020.

VISTOS

Para resolver el recurso extraordinario interpuesto por el Sindicato de Obreros y Empleados de la Educación y la Minoridad (SOEME) el día 07/06/2020

a las 20:51 horas (ver fs. 295/337) y 19:39 horas (ver fs. 342/382);

CONSIDERANDO:

Que el remedio procesal intentado, en principio, sólo procede contra las sentencias definitivas que por sus alcances puedan constituir cuestión o materia federal (cfr. arts. 14, 15 y 16 de la ley Nº 48).

Que la recurrente cuestiona la decisión de esta Sala de rechazar el planteo de revocatoria y nulidad interpuesto contra la sentencia interlocutoria Nº

49.160, de fecha 05/05/2020, la cual decretó como medida cautelar innovativa la intervención del Sindicato de Obreros y Empleados de la Educación y la Minoridad (S.O.E.M.E.) hasta tanto se resuelva el planteo de nulidad respecto del acto eleccionario en la entidad, en el marco del E.. caratulado “ Sindicato de Obreros y Empleados de la Educación y la Minoridad c/ EN-M TRABAJO

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL S/ SUMARISIMO” (CAF 6132/2018)

circunstancia que evidencia con absoluta nitidez y sin necesidad de mayores argumentaciones que no se trata de un fallo definitivo en los términos contemplados en la normativa citada en el párrafo precedente.

Por ello, EL TRIBUNAL

RESUELVE:

Denegar el recurso extraordinario interpuesto, con costas en el orden causado en atención a la naturaleza de la cuestión debatida y el fundamento de la decisión.

Fecha de firma: 15/07/2020

Firmado por: VICTOR A PESINO, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: H.H.K., SECRETARIO

Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CÁMARA

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR