Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 4 de Agosto de 2023, expediente CCF 001703/2023/CA001

Fecha de Resolución 4 de Agosto de 2023
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

CCF 1703/2023/CA1 “VELAZQUEZ, R.D. C/

SWISS MEDICAL SA S/ AMPARO DE SALUD”

Juzgado N° 6 Secretaría N° 12

Buenos Aires, 4 de agosto de 2023.

Y VISTO:

El recurso de apelación interpuesto y fundado por la parte actora el 15.5.23 -contestado por su contraria el 29.5.23-, contra la resolución dictada el 4.5.23; y CONSIDERANDO:

  1. El señor R.D.

    V. inició la presente acción de amparo -con medida cautelar- contra S.M.S., a fin de que se le permita acceder a un cambio de plan (el SMG30), que se le respete la antigüedad y, por ende, abonar una cuota ajustada a la Resolución Federal 163/2018 de la Superintendencia de Servicios de Salud (conf.

    escrito de inicio, apartado 1).

    El magistrado imprimió a las actuaciones el trámite de amparo y, previo a todo trámite, le requirió a la demandada que informara qué actitud adoptaría frente al reclamo efectuado por el accionante (conf. proveído del 8.3.2023).

    La accionada se presentó en autos e informó que el actor está afiliado a su mandante a través de un contrato directo en el plan denominado 320002E, cuyo costo -a la fecha- es de $78.095,94 y que ejerció la continuidad de la afiliación luego de la baja del plan corporativo, por lo que mantuvo la antigüedad correspondiente y con un beneficio de descuento en su cuota.

    En cuanto a la solicitud del accionante de obtener el plan SMG30, al tratarse de un plan superador, señaló que el afiliado debe abonar la diferencia, actualmente estimada en $ 141.514,97 (conf.

    escrito del 15.3.2023).

  2. En este contexto, el a quo rechazó la medida cautelar impetrada. Para así resolver, consideró que la controversia se suscita respecto del valor diferencial que legítimamente estaría la demandada autorizada a cobrarle al actor, más allá de las sumas percibidas en concepto de derivación de aportes, en caso de que opte por el cambio al plan SMG30 y que, para resolver tal cuestión se requiere de la Fecha de firma: 04/08/2023

    Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

    producción de distintas pruebas en la etapa procesal oportuna, lo que impide, en la especie, tener suficientemente acreditada la verosimilitud del derecho esgrimido por la parte actora. Añadió que tampoco se hallaba cumplido el requisito del peligro en la demora y que no estaba demostrada la imposibilidad de pago de la cuota por parte del actor (conf. resolución del 4.5.2023).

  3. El...

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