Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SECRETARIA SALA A, 10 de Junio de 2022, expediente FMZ 017774/2022/CA001

Fecha de Resolución10 de Junio de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SECRETARIA SALA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A

FMZ 17774/2022/CA1

Mendoza, 10 de junio de 2022

AUTOS Y VISTOS:

Los presentes Nº FMZ 17774/2022/CA1, caratulados:

V.M.C.D. SOBRE HABEAS

CORPUS

, venidos del Juzgado Federal Nº 3 de Mendoza, a esta sala “A”, en

virtud del recurso de apelación in pauperis interpuesto con fecha 31/05/2022,

contra la decisión de fecha 27/05/2022, mediante la cual se rechaza la acción

de Habeas Corpus.

Y CONSIDERANDO:

I. Que se inician las presentes actuaciones con la acción de

hábeas corpus interpuesta por el interno C.D.V.M.,

quien se encuentra detenido en el Complejo Penitenciario Federal VI, Unidad

Residencial VI.

Señala que desde que está detenido ha solicitado en diversas

oportunidades la visita entre internos de penal a penal, en concreto, para poder

ver a sus hijos, quienes se encuentran alojados en el Complejo Penitenciario

San Felipe, a disposición del Servicio Penitenciario Provincial. Entiende que,

al no haberse otorgado lo solicitado, se estaría vulnerando su vínculo familiar

con sus hijos, lo que constituiría, según sus dichos, un agravamiento en las

condiciones de detención.

Que en oportunidad de celebrarse la audiencia que prevé el art.

14 de la ley 23.098, el interno expresó: “En esa oportunidad el interno

manifestó ante el Tribunal que “los motivos de mi presentación es que no me

dan visita con mis hijos no me dan llamadas, hace más de tres años que no

veo a ms hijos que se encuentran detenidos en San Felipe

.

Con fecha 27/05/2022 Sr. Juez aquo resuelve el rechazo de la

acción por no haberse acreditado que el nombrado sufra un agravamiento en la

forma y condiciones en que cumple la privación de su libertad.

  1. Contra el mencionado interlocutorio, en oportunidad de

    serle notificado, el interno interpone recurso de apelación.

    Con fecha 02/06/2022 la defensa técnica funda el recurso

    señalando que: “…advierte esta parte que la situación denunciada

    impedimento de contacto con sus hijos, efectivamente constituye un

    Fecha de firma: 10/06/2022

    Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.A.P., SECRETARIO FEDERAL

    agravamiento ilegítimo de sus condiciones de detención con lo cual se

    cumplen las condiciones del art. 3 inc. 2° Ley 23.098.”

  2. Elevadas las actuaciones en oportunidad de informar ante

    este Tribunal de alzada, comparece la defensa técnica presentando su informe

    por el cual señala que el personal...

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