Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 24 de Noviembre de 2016, expediente CNT 055024/2013

Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII 55024/2013 ACLARATORIA DE SENTENCIA DEFINITIVA Nº 49883 CAUSA Nº 55.024/2013 – SALA VII – JUZGADO Nº 61 AUTOS: “V.E.J. C/ DOMISER SRL S/ DESPIDO”.

Buenos Aires 24 de noviembre 2016 VISTO y CONSIDERANDO:

Tal como lo indica el presentante del escrito de fs. 167 en la sentencia dictada por este Tribunal (fs. 162/166), al momento de calcular el monto de condena ($66.214,87), no se advirtió de descontar la suma de $6.138 en concepto de liquidación final abonado por la demandada Domiser SRL (acreditado a fs. 33, fs. 55 vta. punto 6 y contestación de oficio del Banco Credicoop de fs. 89) sobre dicha suma deben regirse las pautas de imputación impuestas por la ley y atribuirle el carácter de pago parcial (art. 260 del Código Procesal), por lo cual, debe imputársela en primer término a intereses y el remanente a capital.

En atención a ello y a lo dispuesto en el art. 99 de la Ley 18.345, cabe aclarar la sentencia en ese sentido...

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