Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 27 de Abril de 2022, expediente CNT 012449/2015/CA001

Fecha de Resolución27 de Abril de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

SALA VI

Expte Nº CNAT 12449/2015

(JUZG. NRO. 71)

Autos: “VEGA, P.M. C/PROVINCIA ART S.A.

S/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL”

Buenos Aires 27 de Abril de 2022

VISTO:

Las apelaciones de fecha 02/07/2021 y 25/09/2021;

Y CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta la naturaleza y extensión de las tareas desarrolladas en autos, el valor económico en juego y las pautas arancelarias de aplicación, la regulación de honorarios del perito médico, luce reducida, por lo que corresponde su elevación a $ 8.000 -Art. 38 Ley 18.345 y leyes arancelarias vigentes-.

Por ello, EL TRIBUNAL

RESUELVE:

Elevar la regulación de honorarios del perito médico a $ 8.000 -Art. 38 Ley 18.345 y leyes arancelarias vigentes-.

Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.

Fecha de firma: 27/04/2022

Alta en sistema: 28/04/2022

Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA INTERINA

Regístrese, notifíquese y vuelvan.

  1. POSE

JUEZ DE CAMARA

LUIS A. RAFFAGHELLI

JUEZ DE CAMARA

Ante mí.-

Fecha de firma: 27/04/2022

Alta en sistema: 28/04/2022

Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.B. DE LA FUENTE...

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