Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 24 de Abril de 2018, expediente CNT 071799/2015/CA001

Fecha de Resolución24 de Abril de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII 71.799/2015 SENTENCIA DEFINITIVA Nº 52215 CAUSA Nro. 71.799/2015 SALA VII - JUZGADO Nº 2 En la Ciudad de Buenos Aires, a los 24 días del mes de abril de 2018, para dictar sentencia en estos autos: “V.M., ANDRES C/VIVIAN HNOS S.A.CI.F.

  1. S/LEY 22.250” se procede a votar en el siguiente orden:

    LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

    I .En este juicio se presenta el actor e inicia demanda contra V.H.S. con el fin de percibir las sumas a las que se considera acreedor.

    Relata haberse desempeñado para la accionada en los términos y en las condiciones que indica, cumpliendo tareas de Oficial Especializado según CCT 76/75 (Construcción)

    aunque, según aduce, le liquidaban los haberes en base a la falsa categoría profesional de “Oficial”.

    Refiere que no le abonaron los haberes de abril y mayo de 2015 y que tampoco le pagaban las horas extras efectivamente trabajadas hasta que comenzaron a negarle tareas por lo que procedió a intimar a fin de que le aclararan su situación laboral.

    Sostiene que la demandada guardó silencio a sus telegramas y que en forma extemporánea arguyó que le había enviado una CD en donde lo despedía sin causa dejando a disposición la liquidación final y certificados de trabajo correspondientes.

    En consecuencia, viene a reclamar las indemnizaciones y remuneraciones adeudadas así como las diferencias salariales y horas extras que identifica en la liquidación que practica.

    La parte demandada se presenta a contestar la acción y, tras realizar la negativa de rigor, da su versión de los hechos, ofrece prueba y solicita, en definitiva, el rechazo de la demanda incoada.

    La sentencia de primera instancia, tras el análisis de los elementos del caso, hace lugar parcialmente a la sentencia, lo que motiva el recurso de apelación interpuesto por la parte actora a tenor del memorial de agravios obrante a fs. 143/149 el cual recibió réplica a fs. 152.

  2. En primer lugar, agravia a la parte actora que en primera instancia se haya rechazado su reclamo por horas extraordinarias. En ese sentido, se queja por la valoración de la prueba testimonial efectuada por la sentenciante pero, desde ya adelanto, que no encuentro que le asista razón en el punto.

    En el inicio el actor indicó que trabajaba de 8 a 17 hs. de lunes a viernes, alegando de tal manera que su jornada excedía en una hora semanal la prevista de 44 hs. en el estatuto de la construcción. Sin embargo, la parte demandada negó dichos asertos aludiendo a que el actor se desempeñaba de lunes a viernes de 8 a 12 y de 13 a 17 hs. por lo que estaba en cabeza del accionante acreditar sus afirmaciones.

    Fecha de...

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