Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 20 de Abril de 2005, expediente Ac 93549

PresidenteSoria-Hitters-Genoud-Kogan-Pettigiani
Fecha de Resolución20 de Abril de 2005
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 93.549 "Vega de Catoggio, R.M.c., A.D. y otros. Nulidad de acto jurídico y remoción de autoridades. R.. de queja".

//P., 20 de abril de 2005.

AUTOS Y VISTO:

Sin perjuicio de otras consideraciones que puedan efectuarse, es doctrina reiterada de esta Suprema Corte que, en principio, las decisiones relativas a medidas cautelares no revisten carácter de definitivas en el concepto de los arts. 278 y 296 del Código Procesal Civil y Comercial (conf. doct. Ac. 91.235, 16-II-2005; Ac. 91.915, 9-III-2005).

Así, lo resuelto por la alzada en cuanto revoca la sentencia recurrida y admite el pedido de suspensión provisional de la ejecución de lo resuelto en las dos asambleas societarias indicadas, no permite apartarse de dicho criterio en tanto no implica anticipar una opinión sobre la procedencia o fundabilidad del derecho argumentado en la acción, lo que será objeto de la litis.

Por ello, se declaran bien denegados...

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