Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 10 de Septiembre de 2019

Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2019
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita532/19
Número de CUIJ21 - 511770 - 1

Reg.: A y S t 292 p 120.

Santa Fe, 10 de setiembre del año 2019.

VISTOS: los autos "VECINOS DE LA CIUDAD DE ROSARIO contra MUNICIPALIDAD DE ROSARIO - RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LEY 10.000 - (CUIJ 21-02891004-2) sobre AVOCACIÓN (ART. 2, LEY 11330)" (Expte. C.S.J. CUIJ: 21-00511770-1); y

CONSIDERANDO:

  1. Por sentencia registrada en A. y S., T. 290, págs. 208/213, esta Corte rechazó el pedido de avocación formulado por G.C.O., en carácter de Socio-Gerente de Cuatromasuno S.R.L. y actuando como tercero coadyuvante autónomo dentro de la presente causa (fs. 190/195).

Contra tal pronunciamiento, la actora solicitó aclaratoria, entendiendo que el mismo omite expedirse sobre la imposición de costas (fs. 205).

El escrito en cuestión, con cargo nro. 1320 fue presentado en fecha 28.6.2019, habiendo sido notificado el presentante de la resolución de esta Corte en fecha 31.5.2019 (f. 198vto.).

De tal modo, el pedido de aclaratoria ha sido deducido de manera extemporánea, puesto que entre la fecha de notificación de la resolución de este Tribunal y la de interposición de la solicitud mencionada, transcurrió un término superior al previsto legalmente (cfr. arts. 13, ley 7055 y 248, C.P.C.C.), pasados los cuales se considera que existe conformidad con los términos de la resolución, correspondiendo denegar todo...

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