Varios Sanchez C/Orozco

Juez GEJUAS Nº 1, Autos Nº 255.560 caratulados "SANCHEZ PABLO ANDRES Y OTS. c/OROZCO GERARDO MIGUEL Y OT. p/BLSG" notifica el resolutivo de fs. 16 que dice: Mendoza, 9 de noviembre de 2016. Atento a que a fs. 234 de los Autos Nº 255.559 se ha resuelto la información sumaria sobre los incidentados en autos y siendo el presente un proceso accesorio de los mismos hágase extensiva la declaración de persona de ignorado domicilio respecto de los Sres. Gerardo Miguel Orozco, DNI Nº 14.939.731 y Valeria Lourdes Bianchi, DNI Nº 27.552.044. Notifíquese el traslado de fs. 7 y el presente decreto por medio de edictos a publicarse en el Boletín Oficial y Diario Los Andes por el término de tres (3) días, con dos días de intervalo bajo responsabilidad de la parte actora, y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 69 y 72 del C.P.C. Fdo. Dra. Roxana Alamo, Juez; y la resolución de fs. 7 dice: Mendoza, 21 de mayo de 2015... Del beneficio del litigar sin gastos, córrase traslado a la parte demandada por el término de cinco (5) días, para que comparezca, responda, ofrezca pruebas y constituya domicilio legal dentro del radio del Juzgado, bajo apercibimiento de ley (Artículos 21, 95 y 96 del Código Procesal Civil). Fdo. Dra. Roxana Alamo, Juez.

Bto. 14044

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Juez GEJUAS Nº 1, Autos N° 255.559, caratulados "SANCHEZ PABLO ANDRES Y OTS. c/OROZCO GERARDO MIGUEL y OT. p/D. Y P", notifica el Resolutivo de fs. 233, que dice: Mendoza, 09 de noviembre de 2016.

I- Advirtiendo el Tribunal que no se ha proveído la presentación de fs. 222, en este acto se procede a proveer la misma: Téngase por ampliada la demanda en los términos del Art. 171 del C.P.C. Téngase presente la prueba ofrecida y lo demás expuesto para su oportunidad y en cuanto por derecho corresponda. Notifíquese el presente juntamente con el decreto de fs. 175 y 220.

II- Declarar a los Sres. Gerardo Miguel Orozco, DNI 14.939.731 y Valeria Lourdes Sánchez DNI 27.552.044 persona de domicilio ignorado. I

II- Notifíquese el traslado de la demanda, sus ampliaciones y del presente auto por medio de edictos, a publicarse en el Boletín Oficial y Diario Los Andes por el término de tres días, con dos días de intervalo, bajo responsabilidad de la parte actora y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 69 y 72 del Código Procesal Civil. Fdo. Dra. Roxana Alamo, Juez. Y la resolución de fs. 175 dice: Mendoza, 21 de mayo de 2015. De la demanda sumaria interpuesta...

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