-Varios Montemar 7/13/16/10/09

Dr. Norma Laciar De Lúquez, titular del Juzgado de Paz Letrado Nro. 6, Secretaría a cargo de Emilio M. Oki, Notifica a los Señores Blotta, Nicolás Adrian, Documento 30.176.222, de las siguientes resoluciones en los autos Nro. 123.406, caratulados «MONTEMAR CIA. FIN. S.A. C/ BLOTTA NICOLAS ADRIAN P/ EJECUCION TIPICA (P.V.E.)»: A fs. 31 el Juzgado proveyó: «Mendoza, 12 de febrero de 2009.- Autos Y Vistos:... Resuelvo: I.- Atento a las constancias obrantes en autos, declárese de ignorado domicilio al Sr. NICOLAS ADRIAN BLOTTA D.N.I. 30.176.222.- II.- Procedase a notificar las actuaciones obrantes en autos por medio de publicaciones edictales en el Boletín Oficial y Diario Los Andes de conformidad a lo dispuesto por los arts. 69 y 72 del C.P.C.- III.- Fecho. Notifíquese al Señor Defensor Oficial en turno a los fines de su toma de intervención, de conformidad a lo dispuesto por el art. 75, ultima parte.- Notifíquese. Fdo. Norma Laciar de Lúquez - Juez».- A fs. 14 de autos el Juzgado proveyó: «Mendoza, 03 de marzo de 2008. Cítase a la parte demandada para que comparezca a reconocer firma y contenido del/los documento/s acompañados, dentro del tercer día hábil posterior a su notificación, en horas de audiencia, bajo apercibimiento de tener por reconocida la firma si no compareciere (art. 229 inc. 1º del C.P.C.).-Notifíquese.- Fdo. Norma Laciar de Lúquez».-Bto. 96787/13/16/10/2009 (3 Pub.) $ 58,50____________________________________________________Dr. María M. Guastavino, titular del Juzgado de Paz Letrado Nro. 2, Secretaría a cargo de Silvana Romero, Notifica a los SeñoresOCHOA, FAUSTINO ANDRES, Documento 26.858.296, de las siguientes resoluciones en los autos Nro. 177.433, caratulados «MONTEMAR CIA. FIN. S.A. C/ OCHOA FAUSTINO ANDRES P/ EJECUCIÓN ACELERADA (EJEC. CAMB.)»: A fs.46 el Juzgado proveyó: «Mendoza, 12 de junio de 2009. Autos, Vistos Y Considerando:... Resuelvo: I.- Aprobar la información sumaria rendida y consecuentemente, ignorándose el domicilio de la demandada OCHOA, FAUSTINO ANDRES, D.N.I. 26.858.296, se le notificara el decreto obrante a fs. 21 por tres días con dos días de intervalo en el Boletín Oficial y Diario Los Andes, bajo responsabilidad de la actora. Fdo. Dra. María M. Guastavino - Juez».- A fs. 21 el Juzgado proveyó: «Mendoza, 24 de noviembre de 2008. Autos Y Vistos:... Resuelvo: I.- Por cumplido el previo. Por presentado parte y domiciliado en el carácter invocado en mérito a la copia del poder acompañado.- II.- Ordenar se requiera de pago a la demandada Sr. OCHOA FAUSTINO ANDRES D.N.I. 26.858.296 por el cobro de la suma de pesos tres mil trescientos seis con 33/100 ($3306,33.-), que le reclama el actor, con más la de pesos dos mil setecientos veinticinco ($ 2.725.-) de igual moneda que se fija provisoriamente para responder a intereses pactados en tanto y en cuanto no superen la suma admitida por el tribunal, al momento de practicarse liquidación, desde la mora hasta su efectivo pago y costas del juicio mas IVA.- En defecto de pago, trabese embargo sobre bienes de propiedad de demandado, susceptibles de tal medida, a tal efecto facultase el auxilio de la fuerza pública y allanamiento de domicilio en caso de ser necesario, hasta cubrir la suma de pesos seis mil treinta y dos ($ 6.032.-), fijada provisoriamente para responder a capital, costas del juicio;Téngase presente las personas autorizadas. III.- Citase a los demandados, para defensa, por el término de seis días, bajo apercibimiento de ley y conmínasele por la constitución de domicilio legal dentro del radio del Juzgado, (art. 21, 74 y 75 del C.P.C.).- Fdo. Dra. María M. Guastavino - Juez».-Bto. 96797/13/16/10/2009 (3 Pub.) $ 94,50____________________________________________________Dr. Marina C. Avogadro, titular del Juzgado de Paz Letrado Nro. 1, Notifica a los Señores CORTOPASSI ENRIQUE HUGO D.N.I. 11.509.464 de las siguientes resoluciones en los autos Nro. 195.243, caratulados «MONTEMAR CÍA. FIN. S.A. C/ CORTOPASSI ENRIQUE HUGO P/ SUMARIO (COBRO DE PESOS)»: A fs. 87, el Juzgado proveyó: «Mendoza, 09 de junio de 2009. Autos Y Vistos:... Resuelvo: Ordenar se requiera de pago a la parte demandada por el cobro en la suma de pesos un mil quinientos sesenta y siete con 69/100 ($ 1.567,69), que le reclama el actor con más la suma de pesos un mil noventa y siete con 38/100 ($ 1.097,38.-), fijada provisoriamente para responder a intereses punitorios pactados, I.V.A. y costas del juicio del juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre los bienes de propiedad del demandado, que se encuentren en su domicilio y que...

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