Varios publicados en la fecha 26 de setiembre de 2011

Provincia de Buenos AiresDIRECCIÓN PROVINCIAL DE ISLASPOR 5 DÍAS – La Dirección Provincial de Islas de la Provincia de Buenos Aires, emplaza por el plazo de 5 días a Establecimientos Arroyo Negro S.A. para que se presente en las actuaciones N° 2733-921/95: “Adjudicación de terrenos fiscales en Islas del Delta” y manifieste su voluntad de continuar con el procedimiento en los términos del Art. 127 de la Ley 7647/70. En su caso, acompañe toda la documentación relacionada con las actuaciones a fin de proceder de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 131 de la Ley 7647/70.Francisco Rodríguez Serrano. Director Provincial de Islas. Tigre, agosto de 2011. Angelina Zapico, Directora Tierras Fiscales.C.C. 10.636 / sep. 20 v. sep. 26 Provincia de Buenos AiresMINISTERIO DE INFRAESTRUCTURADIRECCIÓN PROVINCIAL DE ENERGÍAPOR 5 DÍAS - Se cita y emplaza por el término de 15 (quince) días a partir del día de la última publicación del presente a los Sres. FRANCESCO SANTA y MAURICIO CEI, para que ejerciten el derecho de defensa respecto de la determinación de oficio iniciada por Disposición N° 959/11 de fecha 517/11, dictada en el expediente 2403-3407/08, caratulado “solicitud presentada por la empresa Camuzzi Gas Pampeana para la autorización a la exención del Art. 5° Inc. “C” de la Ley 8474 a la localidad de Darraguiera” (Art. 21 del Código Fiscal Ley 10.397 y sus modificatorias T.O.R.M.E. N° 39/11). El mencionado expediente se encuentra a disposición de los interesados en la sede de la Dirección Provincial de Energía, calle 55 Nº 629 de la ciudad de La Plata, de lunes a viernes en el horario de 8.00 a 15.00 hs. Fdo. Néstor Callegari, Director Provincial de Energía. Dirección Provincial de Energía, Septiembre de 2011.C.C. 10.713 / sep. 21 v. sep. 27 Provincia de Buenos AiresINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALPOR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica, en los expedientes que seguidamente se detallan, los siguientes actos administrativos, por imposición de lo normado por el artículo 66 del Decreto-Ley N° 7647/70: 1.- Expte. Nº 21557-063301-07 ALBORNOZ EULALIA, la Resolución 680498 de fecha 15 de abril de 2010. 2.-Expte. Nº 21557-103770-08, DAMIANO NORBERTO RICARDO s/suc. a DÍAZ MARTA GRACIELA la Resolución N° 676177 de fecha 4 de febrero de 2010.- 3.-Expte. Nº 2350-169954-04 LEDESMA ANGÉLICA RINA, Ley 12.006 la Resolución N° 164 de fecha 2 de octubre de 2009. 4.-Expte. Nº 21557-158610-10 ROSA MIRTA ESTER, Ley 14.042 la Resolución N° 687006 de fecha 18 de agosto de 2010.Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 10.608 / sep. 21 v. sep. 27 Provincia de Buenos AiresINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALPOR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente N° 2350-163870-04, BORTOLLETO JUAN FACUNDO el Acta Nº 3007 de fecha 14 de julio de 2010.- La Plata, 14 de julio de 2010.VISTO el expediente Nº 2350-163870-04 y sus agregados en el que se analiza la situación previsional del pensionado en autos Juan Facundo Bortoletto a la luz de lo normado por el art. 61 del Decreto Ley 9650/80 y CONSIDERANDO, Que del estudio de autos surge que por Resolución nº 544.895 del 12-5-05 se acordó el beneficio pensionario a la esposa e hijo del causante Juan José Bortoletto, Señora Marta Inés Padulo y Juan Facundo Bortoletto, este último supeditado a lo normado por el art. 37 de la Ley Previsional. Se advierte que este último percibió indebidamente –no cumplimentando los extremos exigidos por la norma de aplicación referenciada precedentemente- sus haberes previsionales por el período 30-7-05 al 28-2-06 y del 6-9-06 al 30-6-07 lo cual, en orden a lo normado por el art. 37 del Decreto Ley 9650/80, arts. 499, 784, 792 y cttes. del Código Civil, debe restituir lo debido;Que así el área técnica competente procedió a efectuar cargo deudor previo compensar las sumas a su favor (fs. 239) surgiendo una deuda que asciende a la cantidad de $ 13.961,80 que debe intimarse de pago;Que el presente fue tratado por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 14 de julio de 2011, según consta en el Acta Nº 3007;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la Ley Nº 8.587; Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:ARTÍCULO 1º. Declarar legítimo, en orden a los argumentos vertidos precedentemente, el cargo deudor practicado a fs. 239 por la suma de $ 13.961,80 e intimar al Señor Juan Facundo BORTOLETTO para que, en un plazo perentorio de 10 días, proponga forma de pago bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales para el recupero pertinente (conf. Art. 37, 61 t cctes del Decreto Ley 9.650 y, arts. 499, 784, 792 y cttes del Código Civil).ARTÍCULO 2º Dejar establecido que de resultar infructuosa la intimación dispuesta deberá seguirse con el trámite del Título ejecutivo para lo cual, deberá tomar intervención la División Adecuaciones y Altas, Departamento Determinación de Haberes de la Dcc. de Liquidación y Pago de Haberes.ARTÍCULO 3º. Registrar. Notificar por intermedio del Dpto. Informaciones Generales.De corresponder girar a la División Adecuaciones y Altas, Departamento Determinación de Haberes de la Dcc. de Liquidación y Pago de Haberes. Cumplido, archivar.- Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 10.609 / sep. 21 v. sep. 27 Provincia de Buenos AiresINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALPOR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente N° 21557-127200-09, GONZÁLEZ VÍCTOR la Resolución Nº 688838 de fecha 22 de septiembre de 2010.- VISTO lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas y CONSIDERANDO:Que el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación solicitada, de acuerdo a la normativa vigente Ley 9.650 texto ordenado 1994.Que, se han expedido los organismos técnicos y legales correspondientes.Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Acordar el beneficio de Jubilación por Edad Avanzada Serv. Puros a González Víctor, nacido el 12/03/1944, con Documento de identidad DNIM 5.254.560 y domiciliado en San Martín Nº 1244 Bolívar.-ARTÍCULO 2º.- El beneficio acordado será liquidado a partir del día 01/04/2009, y será equivalente al 63% del sueldo y bonificaciones asignados al cargo de obrero Cat. 13 módulo 128, 44 horas con 29 años de antigüedad, desempeñado en Municipalidad de Bolívar.-ARTÍCULO 3º.- Notificar por la presente lo dispuesto en el artículo 60 de Decreto Ley 9650, cuyo se acompaña.-ARTÍCULO 4º.- Aprobar el cómputo de servicios de fs. 43 y la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que se han computado 30 años 05 meses y 21 días de servicio.-ARTÍCULO 5º.- El Departamento Inclusiones procederá a incluir el presente en planillas de pago de la Sección Municipalidades.OBSERVACIONES:El haber correspondiente al cargo establecido en el art. 2 es el que viene percibiendo en carácter de transitoriedad.Se deja constancia que la movilidad establecida en el art. 50 del Decreto Ley 9650/80 implica tanto el aumento como la disminución del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el haber del activo.Percibió anticipo Jubilatorio por la Municipalidad de Bolívar. Oportunamente estas actuaciones volverán al trámite atento el reclamo de fs. 62.-ARTÍCULO 8º.- Regístrese en Actas; Notifíquese al interesado y pase al Departamento de Adecuaciones y altas para su cumplimiento.- Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 10.610 / sep. 21 v. sep. 27Provincia de Buenos AiresINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALPOR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente N° 21557-53778-06, LASTECHE PEDRO ENRIQUE el Acta Nº 2987 de fecha 25 de febrero de 2010.- VISTO las presentes actuaciones por medio de las cuales se analiza el caso en razón de lo decidido por acto administrativo de fecha 15-10-09, aprobado por acta nº 2974 y lo actuado con posterioridad a él y CONSIDERANDO:Que se advierte en esta instancia-conforme lo actuado- un error involuntario en la consignación de los requirentes de los haberes sucesorios. En efecto, tanto en el primer considerando como en el art. 1º de la citada resolución se ha omitido consignar como peticionantes a los restantes hijos Silvana del Carmen, Matín Santiago y Javier Sebastián Lasteche;Que, por ello, cabe su rectificación -de oficio y en esta instancia- en punto a lo aquí señalado conforme lo normado por el art. 115 del Decreto Ley 7647/70;Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:ARTÍCULO 1º. Dejar establecido, conforme art. 115 del Decreto Ley 7647/70, que corresponde la rectificación de la parte pertinente del primer considerando de la Resolución de fecha 15-10-09, aprobada por Acta nº 2974 como así también del art. 1 de la misma; el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1º. Suspender el trámite de las presentes actuaciones supeditándose el pago de los haberes sucesorios requeridos por la señora María del Carmen Siromba por sí y en representación de su hija incapaz Georgina Susana Lasteche y por Silvana del Carmen, Martín Santiago y Javier Sebastián Lasteche; ello hasta tanto se dirima la cuestión en sede judicial”.ARTÍCULO 2º Ratificar, por su justeza, lo demás decidido en la Resolución de fs. 155.ARTÍCULO 3º Pase a Asesoramiento para su notificación y cumplido a la Dcc. de Planificación y Control de Gestión para que se sirva efectuar la denuncia judicial pertinente (ver punto 2º) del dictamen que luce a fs. 154 vta.Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 10.611 / sep. 21...

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