Varios Publicados en la Fecha 7 de Agosto de 2009

CASA CENTRAL C.C.POR 5 DÍAS – El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 13 a cargo de la Dra. Alejandra N. Tévez, Secretaría Nº 25, a cargo del Dr. Sebastián Julio Martorano sito en Marcelo T. Alvear 1840, 4º piso, de esta capital. Comunica por cinco días que con fecha 4 de mayo de 2009, en los autos caratulados "South Link Logistics S.A. s/ Quiebra", se resolvió decretar la quiebra de SOUTH LINK LOGISTICS S.A., CUIT. Nº 30-70950426-2, haciéndole saber a éste y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean de la fallida, así como la prohibición de realizar pagos a la misma, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las veinticuatro horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, así como también a que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal la jurisdicción del Tribunal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. El síndico designado en las presentes actuaciones es la contadora Ramírez Isabel Ana, con domicilio en la calle J. D. Perón 2082 2º "D" (Tel 4951-7193), domicilio éste al cual deberán concurrir los acreedores a insinuar sus créditos hasta el día 30 de septiembre de 2009. Buenos Aires, 2 de julio de 2009, Sebastián Julio Martorano, Secretario.C.C. 8.319 / ago. 3 v. ago. 7POR 5 DÍAS – Diego Carlos Agüero, Juez del Juzgado de Garantías Penal N° 6, que absorbiera las causas pares de los. ex. -Juzgado en lo Criminal y Correccional N° 1, notifica por este medio a FABIÁN CRUZ. (D.N.I.N° 25.552.645) que en la causa N° 16.762-1 caratulada "Cruz Fabián S/ Robo y Robo en Grado de Tentativa (x cuerda 19.864-1)" se ha resuelto lo siguiente: "... En la Ciudad de Quilmes, a los 14 días del mes de septiembre del año dos mil seis. Y vistos: ... y Considerando: ... Resuelvo: Declarar la extinción de la Acción Penal por Prescripción en la presente causa N° 16.762-1, respecto de Fabián Cruz, por el delito de robo previsto y reprimido en el Art. 164 del C. P. (Arts. 62 inc. 2do., 67 del Código Penal y 69 y 70 del Código de Procedimiento Penal Ley 3.589). Notifíquese y consentida que sea, efectúense las comunicaciones pertinentes y archívese. Fdo.: Alberto E. Ojeda, Juez en lo Criminal y Correccional". Como recaudo legal, se transcribe el decreto que así lo ordena: "Quilmes, 2 de julio de 2009. Asumiendo el suscripto la competencia de acuerdo a la Resolución N° 1.045 y Ley 13.941 establecidas por la S.C.J.P.B.A., de las causas pares correspondientes al Ex– Juzgado en lo Criminal y Correccional N° 1 Departamental, Secretaría Única de Transición y atento a lo que resulta de las constancias de Fs. 302 y 310, desconociéndose el actual domicilio de Fabián Cruz y a fin de dar cumplimiento con lo normado por el Art. 448 inc. 1° del CPP. Ley 3.589, notifíqueselo de lo resuelto a fs. 282/284 mediante Edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de esta Provincia por el término de cinco (5) días, conforme lo normado por el Art. 129 del CPP. Ley 11.922, de aplicación en los términos del Art. 5° de la Ley 12.059 Fdo. : Diego Carlos Agüero, Juez ".Secretaría, 2 de julio de 2009. Laura Elizabeth Sánchez, Secretaria.C.C. 8.344 / ago. 4 v. ago. 10POR 5 DÍAS – El Sr. Presidente del Tribunal en lo Criminal N° 2 del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR