Varios Publicados en la Fecha 6 de Junio de 2003

Página 1 de 2 - >> Siguiente >> Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS Y PRODUCCIONPOR 5 DIAS - Notificación a la señora María Adela Gardey de Arhex. Mina "TINTA CURA", Expediente N- 2405-10.742/57 - Notifico a Vd. por medio de la presente la Disposición n° 56 de fecha 30 de septiembre de 1997 emanada de esta Autoridad Minera Provincial, que en su parte dispositiva dice: "Artículo 1°) Declarar caducos los derechos mineros tramitados en el expediente n° 2405-10.742/57 por MARIA ADELA GARDEY de ARHEX, sobre la mina "TINTA CURA", ubicada en el Partido de Juárez, Circ. II, Parcela 44b, por incumplimiento, del pago de canon, artículo 272 (según Ley 22.259) del Código de Minería. Artículo 2°) Notifíquese a los interesados y a los acreedores hipotecarios y/o privilegiados que hubiere, para que dentro del término de cuarenta y cinco (45) días, ejerzan los derechos que puedan corresponderles, bajo apercibimiento de inscribir la mina como vacante, artículo 274 (según Ley 24.498). Artículo 3°) De no existir acreedores hipotecarios y/o privilegiados, o vencido el término de cuarenta y cinco (45) días sin que hayan ejercido sus derechos, inscríbase la mina como Vacante y en la situación del artículo 274 del Código de Minería (según Ley 24.498). Artículo 4°) Notifíquese. Publíquese en el Boletín Oficial por tres (3) voces en el término de quince (15) días y resérvese en el Departamento Minería. Hay dos sellos y firmas del Dr. Enrique E. Loustau - Director Provincial de Minería - Ministerio de la Producción y el Empleo Provincia de Buenos Aires y de Hugo Juan Fabiano - Escribano de Minas de la Pcia. de Buenos Aires.". En el término de cuarenta y cinco (45) días de notificada deberá hacer efectivo el pago del canon adeudado más un recargo del veinte por ciento (20 %), o acreditación fehaciente, original o fotocopia debidamente legalizada, del pago del mismo si se hubiese eventualmente efectuado y no informado, suma que asciende por los años 1990/1997 a $ 2.474, recargo del 20%: $ 494; total con recargo: $ 2.968, correspondiente a 10 pertenencias de la mina "Tinta Cura", bajo apercibimiento de aplicar la sanción establecida por el artículo 219 del Código de Minería. El pago debe hacerse efectivo mediante boleta de depósito fiscal del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en la Cuenta Nº 229/7 Orden Tesorería General de la Provincia de Buenos Aires especificándose en concepto de Canon Minero del expediente que corresponde y debe remitirse a esta Dirección comprobante de pago, original o copia debidamente autenticada, a efectos de su acreditación. Queda Ud. notificada. Hay un sello y firma del Dr. Enrique E. Loustau - Director Provincial de Minería Ministerio de la Producción y el Empleo Provincia de Buenos Aires - La Plata, 21 de mayo de 2003..C.C. 3953 - jun. 2 v. jun. 6Provincia de Buenos Aires H. TRIBUNAL DE CUENTASPOR 5 DIAS: De acuerdo con el Artículo 27 "in fine" Ley 10.869 y sus modificatorias Leyes 10.876 y 11.755, hácese saber al señor Oscar Alberto FERNANDEZ , que el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, ha dictado providencia de Autos para Resolver en el Expediente N° 2137-657.258/93, en los siguientes términos: "La Plata, 7 de Marzo de 2003.AUTOS para Resolver (artículo 30 Ley 10.869 y sus modificatorias Leyes 10.876 y 11.755). Pasen estas actuaciones a la señora Vocal Contadora Cecilia R. Fernández. Firmado: Doctor Eduardo B. Grinberg (Presidente), Contador Roberto A. Vicente (Secretario General). Al mismo tiempo se le hace saber que el H. Tribunal, al día de la fecha se encuentra constituido de la siguiente forma: Presidente: Doctor Eduardo B. Grinberg; Vocales: Contadores Cecilia R. Fernández; Miguel O. Teilletchea; Héctor B. Giecco y Gustavo E. Fernández. La Plata, 22 de mayo de 2003.C.C. 3951 - jun. 2 v. jun. 6Provincia de Buenos Aires CONTADURIA GENERALResolución Nº 478Expte. Nº 5.400-6.500/02.La Plata, 5 de mayo de 2003.POR 5 DIAS -Visto - La presentación del proveedor "COPPA, JORGE GUILLERMO", legajo Nº 11.520, solicitando la baja del Registro de Proveedores y Licitadores, y,CONSIDERANDO:Que del informe producido por el Registro de Proveedores y Licitadores se desprende que no existe inconveniente alguno en acceder a lo solicitado por el mencionado proveedor.Por ello,EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIARESUELVE:Artículo 1°: Dar de baja del Registro de Proveedores y Licitadores al proveedor "COPPA, JORGE GUILLERMO", legajo Nº 11.520 -habilitado para cotizar los rubros 6515, 6525 y 6545-.Artículo 2°: Regístrese y por la Dirección General de Administración comuníquese a quien corresponda, publíquese en el "Boletín Oficial" y archívese.Víctor E. PereiraContador General de la Prov.C.C. 3928 - jun. 2 v. jun. 6Provincia de Buenos Aires CONTADURIA GENERALResolución Nº 486Expte. 5.400-7.651/02.La Plata, 5 de mayo de 2003.POR 5 DIAS -Visto: La presentación de la firma "PERALES AGUIAR S.A.", legajo Nº 3117, solicitando la readecuación del rubro 9999 en el que se encuentra inscripto, y,CONSIDERANDO:Que del informe producido por el Registro de Proveedores y Licitadores se desprende que corresponde readecuar su inscripción en el rubro 9999 (Movimiento de suelos - Pavimentos), quedando habilitada para cotizar en el rubro 9999 (Movimiento de tierra y excavaciones - Provisión de material asfáltico con señalización).Que la mencionada firma ha cumplimentado con la totalidad de los requisitos exigidos para la actualización de legajo.Por ello,EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIARESUELVE :Artículo 1°: Readecuar, en el legajo de la firma "PERALES AGUIAR S.A.", proveedor Nº 3117 -habilitada para cotizar el rubro 9999 (Movimiento de suelos - Pavimentos)-, su inscripción en el rubro 9999 (Movimiento de suelos Pavimentos), quedando habilitada para cotizar en el rubro 9999 (Movimiento de tierra y excavaciones-Provisión de material asfáltico con señalización).Artículo 2°: Regístrese y por la Dirección General de Administración comuníquese a quien corresponda, publíquese en el "Boletín Oficial" y archívese.Víctor E. PereiraContador General de la Prov.C.C. 3929 - jun. 2 v. jun. 6Provincia de Buenos Aires CONTADURIA GENERALResolución Nº 489Expte. 5400-7110/02.La Plata 5 de mayo de 2003.POR 5 DIAS -La presentación de la firma "QUIMICA BELGRANO S.R.L.", legajo Nº 8722, tramitando el cambio de su denominación social a "QUIMBEL S.A." y solicitando el cambio de su domicilio legal por el de calle Los Pensamientos 2609, Ciudad Jardín, El Palomar, y la incorporación de un nuevo domicilio comercial en Uriburu 722, Capital Federal, yCONSIDERANDO:Que del informe producido por el Registro de Proveedores y Licitadores se desprende que no existe inconveniente alguno en acceder al reconocimiento de su nueva denominación social y sus nuevos domicilios.Por ello,EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIARESUELVE:Artículo 1°: Asentar, en el legajo de la firma "QUIMICA BELGRANO S.R.L.", legajo n° 8722 -habilitada para cotizar en los rubros 6505, 6515 (Excepto ortopedia), 6545, 6630, 6640, 6670 y 6810-, el cambio de su denominación social a "QUIMBEL S.A.".Artículo 2°: Asentar, en el mencionado legajo, el cambio de su domicilio legal por el de calle Los Pensamientos 2609, Ciudad Jardín, El Palomar.Artículo 3°: Incorporar en el mismo, su nuevo domicilio comercial en Uriburu 722, Capital Federal.Artículo 4°: Regístrese y por la Dirección General de Administración comuníquese a quien corresponda, publíquese en el "Boletín Oficial" y archívese.Víctor E. PereiraContador General de la Prov.C.C. 3930 - jun. 2 v. jun. 6Provincia de Buenos Aires CONTADURIA GENERALResolución Nº 477Expte. Nº 5400-8413/03.La Plata, 5 de mayo de 2003.POR 5 DIAS - Visto: La presentación de la firma "BIOTECHNOLOGY ARGENTINA S.A.", legajo Nº 12503, tramitando la actualización de su legajo de proveedor y,CONSIDERANDO:Que del informe producido por el Registro de Proveedores y Licitaciones se desprende que corresponde readecuar su inscripción en el rubro 6515 (Solamente prótesis), quedando habilitada para cotizar en el rubro 6515 (solamente implantes quirúrgicos).Que la mencionada firma ha cumplimentado con la totalidad de los requisitos exigidos para la actualización de legajo.Por ello;EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIARESUELVE:Artículo 1° - Readecuar, en el legajo de la firma "BIOTECHNOLOGY ARGENTINA S.A.", proveedor n° 12.503 - habilitada para cotizar el rubro 6515 (Solamente prótesis), su inscripción en el rubro 6515 (Solamente prótesis), quedando habilitada para cotizar en el rubro 6515 (Solamente implantes quirúrgicos) .Artículo 2°: Regístrese y por la Dirección General de Administración comuníquese a quien corresponda, publíquese en el "Boletín Oficial" y archívese.Víctor E. PereiraContador General de la Prov.C.C. 3927 - jun. 2 v. jun. 6Provincia de Buenos Aires CONTADURIA GENERALResolución Nº 476Expte. 5400-8273/03.La Plata, 5 de mayo de 2003.POR 5 DIAS - Visto: La solicitud de inscripción en el Registro de Proveedores y Licitadores formulada por la firma "VASCULAR S.A.", para la venta de los rubros que de talla en su presentación de fs 5, y,CONSIDERANDO:Que la referida firma ha cumplimentado con las disposiciones establecidas en la Ley de Contabilidad (Decreto - Ley 7.764/71), Reglamento de Contrataciones y disposiciones concordantes sobre el particular.Que del informe producido por el Registro de Proveedores y Licitadores se desprende el rubro para el cual se le puede otorgar la inscripción, conforme se desprende del análisis de la habilitación municipal, el alta en los impuestos de DGI e Ingresos Brutos y el objeto social de la misma.Por ello,EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIARESUELVE:Artículo 1°: Inscribir en el Registro de Proveedores y Licitadores a la firma "VASCULAR S.A.", bajo el número de legajo 12.674 habilitándola para cotizar en el rubro 6515 (Solamente implantes quirúrgicos).Artículo 2°: Por el Registro de Proveedores y Licitadores comuníquese a la interesada y entréguesele la credencial correspondiente, a las Direcciones de Administración...

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