Varios publicados en la fecha 22 de julio de 2013

Provincia de Buenos AiresHONORABLE TRIBUNAL DE CUENTASPOR 5 DÍAS - De acuerdo con el artículo 27 “in fine” Ley 10.869 y sus modificatorias Leyes 10.876 y 11.755, hácese saber al señor JORGE OSCAR BLANCO, que el H.Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, ha dictado providencia de Autos para Resolver en el Expediente Nº 21100-376.321/08, en los siguientes términos: “La Plata, 25 de febrero de 2013. Autos para Resolver (Artículo 30 Ley 10.869 y sus modificatorias). Pasen estas actuaciones a la señora Vocal Cecilia Rosaura Fernández. Firmado:Eduardo Benjamín Grinberg (Presidente), Roberto Anastasio Vicente (Secretario General)”. Al mismo tiempo se le hace saber que el H. Tribunal, al día de la fecha se encuentra constituido de la siguiente forma: Presidente Eduardo Benjamín Grinberg; Vocales:Cecilia Rosaura Fernández; Miguel Oscar Teilletchea; Gustavo Ernesto Fernández y Héctor Bartolomé Giecco.La Plata, de junio de 2013. Roberto Anastasio Vicente. Secretario General.C.C. 6.919 / jul. 16 v. jul. 22 Provincia de Buenos AiresHONORABLE TRIBUNAL DE CUENTASPOR 5 DÍAS - De Acuerdo con los artículos 30 y 27 in fine de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hácese saber por el término de cinco (5) días a las señoras MARÍA EUGE- NIA MASCITTI y ANA GABRIELA CIANCAGLINI, que el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, ha dictado fallo con fecha 5/06/13, en el Expediente Nº 1.281.0/11 relativo a la rendición de cuentas del Ministerio de Trabajo - ejercicio 2011, cuya parte pertinente dice: “La Plata, 5 de junio de 2013 ... Resuelve: ... Artículo Primero:Aprobar… Artículo Quinto: Dejar sin efecto las reservas provenientes del Ejercicio 2010 que se tratan en los Considerandos Segundo y Tercero y liberar de responsabilidad a los señores … María Eugenia Mascitti … Ana Gabriela Ciancaglini … Artículo Séptimo:Notificar a los señores … María Eugenia Mascitti … Ana Gabriela Ciancaglini … que han quedado liberados en el Artículo Quinto. Artículo Noveno: Rubricar …Firmado: Doctor Eduardo B. Grinberg (Presidente) Cecilia Rosaura Fernández, Miguel Oscar Teilletchea, Gustavo Ernesto Fernández, Héctor Bartolomé Giecco. (Vocales); ante mí: Roberto A.Vicente, (Secretario General)” La Plata, 1º de julio de 2013. Roberto Anastasio Vicente.Secretario General.C.C. 6.917 / jul. 16 v. jul. 22 Provincia de Buenos AiresHONORABLE TRIBUNAL DE CUENTASPOR 5 DÍAS - De Acuerdo con los artículos 30 y 27 in fine de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber por el término de cinco (5) días a la señora DELIA INÉS MARIÑO que el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, ha dictado fallo con fecha 22 de febrero de 2013, en el Expediente Nº 2.038.10/06, Consejo Escolar de General Alvarado, cuya parte pertinente dice: “La Plata, 22 de febrero de 2013. ... Resuelve: ... Artículo Tercero: Confirmar las observaciones enunciadas en el Resultando VII puntos 1 y 4 de la sentencia original de fecha 29 de abril de 2008 correspondiente al Consejo Escolar de General Alvarado - Ejercicio 2006 concernientes al remanente sin justificar de facturas enmendadas y a la no presentación de documentación respaldatoria de egresos por la suma de $ 1.894,95, manteniendo la responsabilidad patrimonial y el cargo solidario a las señoras… y Delia Inés Mariño por $ 2.095,07 (monto original $ 1.894,95 e intereses $ 200,12) en mérito a los fundamentos expuestos en el Considerando Segundo.Artículo Quinto: Confirmar la sanción de Multa de $ 1.100,00 impuesta a cada uno de los funcionarios actuantes en calidad de… y Tesorero señoras… y Delia Inés Mariño de conformidad a lo expuesto en el Considerando Primero. Artículo Sexto: Notificar a los funcionarios alcanzados, señoras… y Delia Inés Mariño el cargo y la multa que se les confirman por los Artículos Tercero y Quinto, y fijarles el plazo de noventa días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires - “HTC Ingresos por Cargos” Cuenta Fiscal 108/9, Orden conjunta del señor Presidente y Secretario Técnico Administrativo o Director General de Administración del H. Tribunal de Cuentas y en el Banco de la Provincia de Buenos Aires - “HTC Ingresos por Multas” Cuenta Fiscal 1865/4, Orden conjunta del señor Presidente y Secretario Técnico Administrativo o Director General de Administración del H. Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose el comprobante que así lo acredite. Asimismo y para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y Juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial (Art. 33 de la Ley 10.869 y sus modificatorias). Artículo Octavo: Rubricar… Firmado: Doctor Eduardo B. Grinberg (Presidente); Miguel O. Teilletchea; Cecilia Rosaura Fernández;Héctor B. Giecco; Gustavo E. Fernández (Vocales); ante mí: Roberto A. Vicente, (Secretario General)”. La Plata, 14 de junio de 2013. Roberto Anastasio Vicente. Secretario General.C.C. 6.918 / jul. 16 v. jul. 22 Provincia de Buenos AiresINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALPOR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco (5) días en el expediente Nº 21557-213360-12 BALMACEDA MIGUEL ANTONIO s/Suc., a toda persona que se considere con derecho al beneficio de Pensión, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes.Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 6.676 / jul. 17 v. jul. 23 Provincia de Buenos AiresINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALPOR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el Expediente Nº 2350-5828-96 a BENÍTEZ MARTÍN JULIO el Acta Nº 2916 de fecha 17 de julio de 2008.VISTO ... Por Ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PRO- VINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:ARTÍCULO 1º-. Disponer la caducidad de la prestación pensionaria acordada a Leonardo Julio Benítez al 13-04-98 (art. 37 Ley Previsional) y establecer la extinción del beneficio pensionario de Julio Pastor Benítez al 23-10-99, fecha de su óbito. Todo ello conforme lo dicho en los considerandos de la presente.ARTÍCULO 2º.-. Prorrogar el beneficio de pensión acordado a Martín Julio Benítez hasta el 21-4-03.ARTÍCULO 3º.- Declarar legítimo el cargo deudor formulado a fs. 112/116 por el período 21/04/03 al 30/5/04 la cual asciende a la suma de $ 19.022,87 por haberes indebidamente percibidos por Martín Julio Benítez de conformidad al art. 61 de la Ley Previsional e intimar su pago haciéndole saber que podrá proponer forma de pago en un plazo de 10 días bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales para su recupero.ARTÍCULO 4º.- Pasen las actuaciones al Departamento Asesoramiento para su notificación.Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 6.677 / jul. 17 v. jul. 23Provincia de Buenos AiresINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALPOR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por el término de cinco (5) días en el expediente Nº 2918-66623-75 BOCCADORO ESTEBAN s/Suc., a los herederos de Boccadoro Esteban DNI 1.710.962 a que en el plazo de 15 días hábiles inicien trámite judicial de sucesión, y asimismo se obliguen a comunicar su radicación a este Organismo, todo ello bajo apercibimiento de proceder la Fiscalía de Estado de esta Provincia de acuerdo a lo normado por el Art. 729 del C.P.C.C.Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 6.678 / jul. 17 v. jul. 23 Provincia de Buenos AiresINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALPOR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el Expediente Nº 2350-39492-98 BOSANO MARÍA CRISTINA s/Suc., a Cáceres Alsina María Cristina el Acta Nº 2981 de fecha 3 de diciembre de 2009.VISTO, las presentes actuaciones en las que se analiza el cargo deudor detectado por el Departamento de Liquidación y Pago de Haberes -Sector Grupos Pensionariosatento que María Cristina Cáceres Alsina no acreditó la regularidad en los estudios cursados, y CONSIDERANDO:Que por Resolución Nº 421.465 de fecha 29 de octubre de 1998 se otorga el beneficio de pensión a Jorge Alberto Cáceres Alsina, en carácter de cónyuge supérstite de la causante, en coparticipación con María Cristina Cáceres Alsina, quien continuaría en el goce de la prestación en la medida que acreditara estudios en forma regular como lo exigen las disposiciones normativas vigentes (conf. art. 37 Decreto Ley 9.650/80 T.O. 1994); Que no constando la acreditación de la condición de alumno regular por medio de declaraciones juradas durante los ciclos lectivos de los años 2001/2002 y otros requeridos por el área competente y luego de sucesivas y reiteradas notificaciones a la interesada sin obtener respuesta conforme se desprende de fs. 96/101 y 103/109, se practicó el cargo deudor correspondiente al periodo 29-03-2001 al 30-06-2002 (conf. fs. 111/112 y 119), que asciende a la suma de pesos treinta y seis mil setecientos noventa con 17/100 ($ 36.790,17) ; Que de lo dicho resulta que hubo un desplazamiento patrimonial carente de causa, y por ende faculta a este organismo a repetir lo dado en pago (Art. 792 y ccs. del Código Civil) y que lo real y concreto es el enriquecimiento a que dio lugar la situación planteada, derivando consecuentemente en legítima la carga de restituir las sumas efectivizadas indebidamente por parte de la ex...

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