Varios Publicados en la Fecha 4 de Abril de 2007

CASA CENTRAL C.C. POR 5 DIAS - El Juzgado Civil y Comercial nº 3 de Quilmes, sito en Alvear 465 2º Piso de Quilmes, hacer saber que con fecha 22/2/05 se decretó la quiebra de CARLOS ALBERTO BUSTOS, LE nº 7.774.589, con domicilio real en la calle Corrientes nº 2741 de Quilmes. Síndico designado Cdor. Víctor Wakstein con domicilio en Chubut Nº 1051 de Bernal Partido de Quilmes, ante quien deberán presentarse las insinuaciones verificatorias los hasta el 1/6/07. El informe individual deberá presentarse el 16/7/07 y 27/8/07 el general (Arts. 35 y 39 LC). Se hace saber que a partir de encontrarse firme el decreto de quiebra se suspende el trámite de todos los juicios de contenido patrimonial iniciados contra la fallida por causa o título anterior a esta presentación, prohibiéndose la deducción de nuevas acciones que tengan por causa o título fecha anterior a dicha fecha (arg. art. 132 de la ley 24.522 según modif. ley 26.086). Los juicios de contenido patrimonial deberán radicarse ante esta dependencia, que dando exceptuados de dicho efecto (radicación) los juicios enunciados en los apartados 3º (expropiaciones, los que se funden en relaciones de familia), 4º (procesos de conocimiento en trámite, juicios laborales) y 5 (los que el deudor sea parte de un litis consorcio pasivo necesario) del art. 21 según ley 26.086, los que estarán sujetos a las pautas establecidas en dicha norma apartados 6º a 8º (art. 132 ap. 1º). Asimismo, en el caso de juicios seguidos contra el fallido en calidad de codemandado - salvo que se trate de un litisconsorcio pasivo necesario (art. 133 ap. 2º)-, el actor podrá optar por continuar el trámite del juicio de conocimiento ante el tribunal originario desistiendo de aquél, sin perjuicio de solicitar la verificación de su crédito ante esta dependencia (art. 133 según ley 26.086).En el caso de las ejecuciones de garantías reales (art.132 ap. 1º ley 26.086), las mismas deberán ser radicadas ante esta dependencia, ordenándose la suspensión de su trámite (art. 126 párr. 2º y 209 de la ley 24.522).Se intima al fallido a que en el plazo de 24 hs. coloque a disposición del Juzgado todos sus bienes (art.88 inc. 3º LCQ) y a que en 48 hs. constituya domicilio procesal en el radio del Juzgado. Intímase a terceros poseedores de bienes o documentación del fallido para que dentro del plazo de 48 hs. de la última publicación edictal los coloquen a disposición del Juzgado o, en su defecto, denuncien su ubicación e individualización. Queda prohibida la realización de pagos al fallido, los que serán ineficaces (arts. 88 inc. 5º, 106, 107 y 125 de la ley. cit.). Quilmes, 1 de marzo de 2007. María Florencia Caffarena. Secretaria.C.C. 2.445 / mar. 28 v. abr. 4POR 5 DIAS - Juzgado Civil y Comercial Número Doce, Secretaría única del Departamento Judicial Mar del Plata, hace saber en autos "Niglia, Lucrecia s/Quiebra", expediente número 25503, que el día 25 de octubre de 2006 se ha decretado la quiebra de LUCRECIA NIGLIA (D.N.I. Número 4.416.488), domiciliada en la calle Bolívar 3761 de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires. Los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación hasta el día 17 de mayo de 2007 ante el síndico C.P.N. Guillermo Rodolfo Mackinlay, con domicilio en la calle Córdoba 4169 de Mar del Plata, los días lunes a viernes en el horario de 10 a 13 y de 16 a 19 horas. Intímase a la fallida y a terceros que entreguen a la síndico todos los bienes y documentación de aquél, bajo las penas y responsabilidad de ley. Prohíbese hacer pagos a la fallida o entrega de bienes, los que serán ineficaces. El presente edicto debe publicarse por cinco días en el Boletín Oficial y en el diario La Capital, sin previo pago de aranceles y sin perjuicio de asignarse fondos cuando los hubiere (art. 89 de la ley 24.522). Mar del Plata, 9 de marzo de 2007. Sergio Fabián O. Farrulla. Prosecretario.C.C. 2.443 / mar. 28 v. abr. 4POR 5 DIAS - El Juzgado en lo Civil y Comercial N° 13 del Depto. Judicial Mar del Plata, hace saber que el día 7/12/2006 en autos "Canales, Griselda Ilda s/ Quiebra (Pequeña)" (Expte. 25.895) se ha decretado la quiebra de la Sra. GRISELDA ILDA CANALES, D.N.I. 4.767.110, con domicilio en calle Bouchard N° 5345 de Mar del Plata, que tramitará conjuntamente aunque en procesos por separado con el Raúl Alberto Máximo (cónyuge). Intímase a la fallida y a terceros para que entreguen al Síndico los bienes de la fallida que se encontraren en su poder. Prohíbese hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. Fíjase el día 22 de mayo de 2007 como fecha la cual los acreedores podrán presentarse ante el síndico a los fines verificatorios. El Síndico deberá presentar el informe individual el día 4 de julio de 2007 y el Informe general el día 30 de agosto de 2007. Síndico actuante: C.P.N. Alfredo Luis Sangiao con domicilio en calle Rawson N° 2970 P. B. de MDP (Tel. 0223-4957290) quien atenderá los días lunes, miércoles y viernes hábiles judiciales de 17,00 a 20,00hs. Mar del Plata, 16 de marzo de 2007. Dr. Raúl Eduardo Garros. Secretario.C.C. 2.446 / mar. 28 v. abr. 4POR 5 DIAS - Por disposición del Señor Agente Fiscal de la UFI Saladillo, en I.P.P. N° 2.878/06 caratulada: "Ferreyra, Darío Oscar s/Hurto - Rubio, Juan Carlos. Estación Rural Begueríe", a fin de solicitar la publicación de edictos con el objeto de citar al señor DARIO OSCAR FERREYRA para que comparezca, en el término de cinco días, a la sede de la Unidad Funcional de Instrucción Descentralizada con sede en Saladillo, sita en calle Alvarez de Toledo N° 2903 de Saladillo, con el objeto de estar a derecho, aportando su domicilio real. La resolución que así lo dispone dice: "Saladillo, 6 de marzo de 2007. Visto que hasta el día de la fecha no ha logrado ser notificado en el domicilio aportado en autos, el imputado Darío Oscar Ferreyra, cíteselo en la forma prevista por el Artículo 129 del C.P.P. para que comparezca en el término de cinco días de terminada la última publicación en el Boletín Oficial, ante la sede de esta Fiscalía, a los efectos de estar a derecho, y aportar su domicilio real, bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia injustificada, de solicitar la pertinente declaración de rebeldía en su contra". Fdo. Dr. Alberto E. Sarramone. Agente Fiscal. Secretaría, 6 de marzo de 2007. Dra. María Susana Novella. Secretaria. Sírvase remitir los ejemplares de la publicación requerida a esta Unidad Funcional de Instrucción, sita en calle Alvarez de Toledo N° 2903 de Saladillo. María S. Novella. Secretaria.C.C. 2.460 / mar. 28 v. abr. 4POR 5 DIAS - El Juzgado Correccional n° 4 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Fernando L. Ochoa, sito en la calle Moreno 623 PB de San Isidro, cita y emplaza a FERNANDO JAVIER LOPEZ, DNI n° 28.218.337, con último domicilio en la calle Suipacha 508 de la localidad de General Pacheco, partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco (5) días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante éste Juzgado con el fin de labrar el acta de eximición de prisión respectiva en el incidente formado en la causa n° 1945 que se le sigue por el delito de portación ilegal de arma de uso civil sin la debida autorización legal, bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: "San Isidro, 16 de marzo de 2007. Autos y vistos:... Y considerando:... Resuelvo: hacer lugar a la eximición de prisión de Fernando Javier López, de las demás circunstancias personales obran en el principal, Bajo Caución Juratoria (Art. 185 del C.P.P.). Regístrese, notifíquese a la defensa, al fiscal y al imputado por edicto. Hágasele saber a la defensa que deberá arbitrar los medios necesarios para hacer comparecer a su asistido por ante este Juzgado, dentro del término de cinco días de notificado, con el fin de formalizar el acta respectiva y satisfacer la caución exigida, bajo apercibimiento de revocarle el beneficio concedido (Art. 190 inc. 1° del C.P.P.). Firmado: Fernando L. Ochoa, Juez. Ante mí: Juan Facundo Ocampo, Secretario. Secretaría, 16 de marzo de 2007. El presente deberá publicarse por el término de cinco (5) días en el Boletín Oficial, sin previo pago.C.C. 2.448 / mar. 28 v. abr. 4POR 5 DIAS - Por disposición del Sr. Juez, Dr. Luis Alejandro Gil Juliani, titular del Juzgado en lo Correccional N°3 del Departamento Judicial Quilmes, en relación a la causa n° 1.674/2006, registrada en esta Secretaría bajo el N°J-0003614 caratulada: "Vallejos, Marcelo Fabián S/ Resistencia a la autoridad y daño calificado en concurso real con daño", a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal (S/Ley 11.922), la resolución que se notifica al imputado MARCELO FABIAN VALLEJOS, titular del DNI N° 23.182.230, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: "QuiImes, 20 de febrero de 2007. Y visto: (...) Y considerando: (...) Resuelvo: I. Declarar la rebeldía de Marcelo Fabián Vallejos, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los Arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo del mencionado una vez que sea habido a primera audiencia. II. Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el imputado Vallejos sea habido para ser sometido nuevamente a proceso (cf. Art. 305, CPP). III. Regístrese, notifíquese a la Fiscalía y a la Defensa y, por edictos durante cinco (5) días, al imputado, conforme lo dispone el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. IV. Fecho, líbrense las comunicaciones de Ley y resérvese la presente causa en Secretaría (cf. Art. 305, tercer párrafo, CPP). (..) Fdo. Luis A. Gil Juliani. Juez. Ante mí: Marisa Vázquez. Auxiliar Letrada. Asimismo, a fin de acreditar la pertinente notificación en los autos en que me dirijo, deberá, conforme lo dispone el Art. 129, último párrafo del Código de...

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