Varios Publicados en la Fecha 31 de Julio de 2003

POR 5 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 11 a cargo de la Dra. María P. Dolores Ogando, Secretaría Unica a cargo de la Dra. Patricia L. de la Silva, del Departamento Judicial de Morón, hace saber que el 7 de mayo de 2003 se ha decretado la quiebra de ENNIO EDUARDO TELLO, D.N.I. 6.045.412, con domicilio en calle Gounod Nº 2228, Hurlingham, prov. de Bs. As. Se hace saber al fallido y a los terceros que deberán entregar al síndico los bienes de aquélla. Asimismo se abstendrán de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. Se ha fijado el 25 de agosto de 2003, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación de sus créditos. Presentación del Informe Individual 7 de octubre de 2003. Informe General: 20 de noviembre de 2003. Síndico designado: Cr. Ricardo Jorge Randrup, con domicilio en calle Rivadavia 18.222, piso 7º "C" (y 25 de Mayo). Morón, 18 de julio de 2003. Patricia de la Silva. Secretaria. Dr. Felipe Fracchia. Auxiliar letrado.C.C. 5.712 - jul. 25 v. jul. 31. POR 5 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Comercial Nº 18 a cargo del Dr. Germán Páez Castañeda, Secretaría Nº 35 a cargo de la Dra. María Florencia Estevarena, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, piso 3º de Capital Federal, comunica que con fecha 2 de junio de 2003 se ha decretado la quiebra de "Aucom S.A.C.I.F." (C.U.I.T. 30-58082193-2) con domicilio en Larrea 1035, planta baja "B" de Capital Federal. El síndico designado en autos es el Cr. Oscar Alberto Vertzman, con domicilio en Bartolomé Mitre 3120, 2º piso de Capital Federal. Se hace saber a los acreedores del fallido posteriores a la presentación en concurso, que deberán promover sus peticiones de verificación de créditos en los términos del Art. 202 de la Ley 24.522. Se intima a la fallida para que entregue al Síndico sus bienes, satisfaga los requisitos dispuestos en los incisos 2 a 4, en cinco días y para que en igual plazo y de corresponder, los contemplados en los incisos 1; 6 y 7 del Art. 88 de la Ley 24.522. Asimismo, deberá entregar al Síndico dentro de las 24 hs. los libros que lleve y la documentación respaldatoria de mismos. Asimismo se prohibe los pagos y la entrega de bienes al fallido, so pena de considerarlos ineficaces de pleno derecho. Buenos Aires, 17 de junio de 2003. María Florencia Estevarena. Secretaria.C.C. 5.713 - jul. 25 v. jul. 31.POR 5 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4 del Departamento Judicial Quilmes, a cargo del Dr. Gabriel P. Zapa, sito en calle Alvear 459, piso 1º, Quilmes, prov. de Buenos Aires, comunica que en los autos "Compañía Microómnibus La Colorada S.A.C.I. s/ Concurso Preventivo". Expte. 15.722, con fecha 10 de abril de 2003 se declaró la apertura del Concurso Preventivo de COMPAÑIA MICROOMNIBUS LA COLORADA S.A.C.I. C.U.I.T. 30-54669877-3, con domicilio legal en Avda. Hudson 1350, Florencio Varela, prov. de Buenos Aires; habiéndose designado síndico al estudio compuesto por los Cres. Orlando Suárez; Mario O. Morawsky y Eduardo Garbarini, con domicilio en calle Alvear 498, Quilmes, ante quienes los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos en la forma indicada en el Art. 32 Ley 24.522 los días hábiles de 15.00 a 18.00 hs. contando para ello con plazo hasta el 26 de setiembre de 2003. La sindicatura deberá presentar los informes previstos en los Arts. 35 y 39 Ley 24.522 los días 30 de octubre de 2003 y 26 de diciembre de 2003, respectivamente. Asimismo, ha sido fijado el 23 de marzo de 2004 a las 11.00 hs. para la realización de la audiencia informativa y como fecha de finalización del período de exclusividad la del día 30 de marzo de 2004. Quilmes, julio 16 de 2003. Omar A. Velázquez. Secretario.C.C. 5.687 - jul. 25 v. jul. 31.POR 5 DIAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial de San Martín, provincia de Buenos Aires a cargo de la Dra. Patricia Susana Faría. Destinatario: Javier Horacio Mendieta. Causa Nº 345. Delito que motiva el proceso: Portación ilegal de arma de fuego de uso civil. "San Martín, 14 de julio de 2003. Atento lo actuado a fs. 65/vta., en el sentido que el imputado Mendieta no fue habido en el domicilio que indicara como su vivienda (fs. 1/vta.), y lo solicitado a fs. 68 por la Sra. Representante del Ministerio Público Fiscal, sin oposición de la Defensa, por imperio de lo dispuesto en el art. 129 del C.P.P., Resuelvo: Notifíquese por edicto, que se publicará en el Boletín Oficial por el término de cinco (5) días a JAVIER HORACIO MENDIETA que deberá comparecer ante estos estrados dentro de los diez (10) días de publicado el último edicto, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde en caso de no hacerlo". Fdo. Dra. Patricia Susana Faria. Juez. Ante mí: Dra. Gloria Silvana Reguan. Secretaria.C.C. 5.683 - jul. 25 v. jul. 31.POR 5 DIAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial San Martín, provincia de Buenos Aires a cargo de la Dra. Patricia Susana Faria. Destinatario: Sergio Rafael Nuble. Causa Nº 380. Delito que motiva el proceso: Amenazas calificadas. "San Martín, 14 de julio de 2003. Atento la actuado a fs. 62, 69 y 773, en el sentido que el imputado Sergio Rafael Nuble no fue habido en el domicilio que indicara como su vivienda, (fs.36/36), y por imperio de lo dispuesto en el art. 129 del C.P.P., Resuelvo: Notifíquese por edicto, que se publicará en el Boletín Oficial por el término de cinco (5) días a SERGIO RAFAEL NUBLE que deberá comparecer ante estos estrados dentro de los diez (10) días de publicado el último edicto, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde en caso de no hacerlo". Fdo. Dra. Patricia Susana Faria. Juez. Ante mí: Dra. Gloria Silvana Reguan. Secretaria.C.C. 5.684 - jul. 25 v. jul. 31.POR 5 DIAS - La Fiscalía de Cámaras Departamental Unidad Funcional Nº 5, a cargo del Dr. Marcelo Iván Sendot, sita en la calle Ricardo BaIbín Nº 1763 de la localidad de San Martín, Partido del mismo nombre, en autos "Moreno, Rosalía Marcela s/Inf. Ley 24.270", cita por el término de cinco días a ROSALIA MARCELA MORENO bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo compulsivo, conforme lo normado en el art 129 segundo párrafo del CPP. Se transcribá el auto que lo ordena "San Martín 14 de julio de 2003 ... cítese por edictos a Rosalía Marcela Moreno, el que se publicará durante cinco días en el Boletín Oficial, a fin de dar cumplimiento con lo normado en el art. 308 del C.P.P., para que comparezca dentro del quinto día de finalizada su publicación, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y ordenar su comparendo compulsivo." Fdo. Marcelo Iván Sendot. Fiscal Titular. San Martín, 14 de julio de 2003. Diego M. Guida. Instructor Judicial. Amalia M. Trigo Torres. Secretaria.C.C. 5.685 - jul. 25 v. jul. 31.POR 5 DIAS: En Investigación Penal Preparatoria Nº 45386, seguida a JORGE ALBERTO MARIO por el delito de Tentativa de hurto, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 2, a mi cargo, secretaria única del Dr. Juan Miguel Nogara, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era Paysandú Nº 785 jurisdicción del partido de Dolores, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 27 de junio de 2003. Autos y Vistos: Proveyendo el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Particular, Dr. Adolfo J. M. Harisgarat en la presentación de fojas 185/188, contra la resolución Nº 17590, obrante a fs. 176/182, por la cual no se hace lugar a la nulidad de la requisitoria de elevación a juicio, ni a la solicitud de sobreseimiento esgrimido en favor de Nicolás Benedicto Mario y Jorge Alberto Mario, concédese recurso de apelación contra el auto citado y en consecuencia elévase el presente incidente a la Excma Cámara de Apelaciones y Garantías Departamental, a sus efectos (Arts. 439, 440, 444 y Conc. del CPP), sirviendo esta providencia de muy atenta nota de elevación. En orden a lo estatuido por el art. 443 del ritual, emplázase a las partes haciéndoseles saber que podrán comparecer ante el Tribunal ad Quem manifestando su intención de mejorar los recursos en los plazos normados por el citado artículo. Notifíquese. Regístrese. Proveo en subrogación del Titular. Fdo. Laura Inés Elías. Juez de Garantías Nº 1 Departamento Judicial Dolores. Proveo por subrogación del titular. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: dolores, 14 de julio de 2003.autos y Vistos: Atento lo que surge de la notificación de Jorge Alberto Mario en la que informa que el mismo no pudo ser notificado del autos de fs. 205 y vta. ya que no se ha podido encontrar la dirección aportada por el mismo imputado, sita en calle Costanera y Montevideo, Balneario Luna Roja, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta rov. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Regístrese. Proveo en subrogación del Titular. Fdo. Laura I. Elías, Juez subrogante del Juzgado de Garantías Nº 2 del Dpto.Judicial Dolores. Laura Elías, Juez.CC. 5702- jul. 25 v. jul.31POR 5 DIAS: Por disposición de la Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 1 Departamental, Dra. María Eva Merlo, tengo el agrado de dirigirme a Ud. en Causa Contravencional Nº 602, caratulada: Ríos Alejandra Infracción art. 85 del Decreto Ley 8031/73 en Dolores, de trámite por ante este Juzgado, Secretaría Unica a mi cargo, sito en calle Aristóbulo del Valle Nº87, a los efectos de que proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar a la mencionada infractora cuyo último domicilio conocido era en calle Gorriti Nº 484 de la ciudad de Dolores, de la resolución dictada con fecha 26 de junio de 2003, que a continuación se transcribe: Autos y Vistos... Y Considerando... Por ello de conformidad a las disposiciones legales citas y los fundamentos...

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