Varios Publicados en la Fecha 31 de Octubre de 2002

Provincia de Buenos Aires CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DEPARTAMENTO DE INSTRUCCION POR 5 DIAS - El Departamento de Instrucción -Secretaría Legal y Técnica, Contaduría General de la Provincia- cita y emplaza a CARLOS ERASMO MORENO, D.N.I. 11.876.134, a efectos de prestar declaración indagatoria en expediente 2.900-77.437/99 - con agregados exptes. 2.900-21.053/01, 2.900-21.054/01 alc.1 y 2.900-21.054/01 - en el cual se sustancia sumario administrativo de responsabilidad patrimonial ordenado por el Sr. Contador General de la Provincia mediante Resolución 240/01-, con motivo de la falta de rendición de Anticipos de Viáticos, correspondientes al Ejercicio 1993 del Ministerio de Salud, fijando audiencia para tales fines el día 20 de noviembre de 2002 a las 10:00 horas y como supletoria el 22 de noviembre siguiente en el mismo horario, ante éste Departamento de Instrucción sito en calle 46 entre 7 y 8 -primer piso- La Plata Prov. de Bs. As. C.P.1900 .Dra. Gabriela A. Ferreyra -Instructora Sumariante. Contaduria General de la Provincia.C.C. 8158- oct. 25 v. oct. 31Provincia de Buenos Aires DIRECCION PROVINCIAL DE RENTASPOR 5 DIAS - La Gerencia Regional Cuenca Minera de la Dirección Provincial de Rentas, con asiento en la calle Alem N° 644 de la ciudad de Tandil, notifica que en el Expediente n° 2306-12.266/00, "GRUZTKY, LILIANA BEATRIZ C/CONSORCIO DE PROP. ANIVERSARIO Y OTRO S/ Daños y Perjuicios", Expediente N° 25.202 en trámite en el Juzgado de 1° Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de Tandil, Dpto. Judicial Azul, a cargo del Dr. Juan Carlos Russo, Secretaría Unica, se ha intimado al pago de la Tasa de Justicia pesos once mil ($ 11.000), correspondiente a la demanda promovida por la actora, en virtud de no heberse efectuado el pago, se proseguirá según lo establecido en el Código Fiscal a los fines del Cobro por Vía de Apremio. Se considera notifica, de conformidad con lo establecido en el último párrafo del Art. 123 del Código Fiscal T.O. 1999. Gerencia Regional Cuenca Minera. Tandil, 29 de agosto de 2002. Mario A. Navarro. Gerente Regional Cuenca Minera, Dirección Provincial de Rentas.C.C. 6.208 - oct. 28 v. nov. 1°POR 5 DIAS - La Gerencia Regional Cuenca Minera de la Dirección Provincial de Rentas, con asiento en San Martín N° 374 de la ciudad de Azul, notifica que en el Expediente n° 2306-405.105/01, "STORNELLI HERIBERTO PRIMO s/Verificación Ingresos Brutos" se ha dictado resolución Determinativa N° 74/2002 de conformidad con el Art. 89 del Código Fiscal T.O. 1999, en el que se determina que las diferencias surgidas a favor de la Dirección Provincial de rentas por los períodos fiscales 1995 a 2000 asciende a la suma de pesos veintiún mil quinientos ($ 21.500,00) suma que deberá abonarse con más los accesorios previstos por el Art. 75 del Código Fiscal T.O. 1999, calculados a la fecha de sus efectivo pago y las multas por omisión, las que ascienden a la suma de $ 4.300,00. Se considera notificado de conformidad con lo establecido en el último párrafo del Art. 123 del Código Fiscal T.O. 1999. Gerencia Regional Cuenca Minera. Azul, 4 de septiembre de 2002. Mario A. Navarro. Gerente Regional Cuenca Minera, Dirección Provincial de Rentas.C.C. 6.590 - oct. 28 v. nov. 1°Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISION SOCIALPOR 5 DIAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires notifica la resolución de fecha 6-6-2002, citada en el expediente Nro: 2813-36257/63 Guzmán Juan Antonio. y que a continuación se ilustra:VISTO, el expediente por el cual don Juan Antonio Guzmán peticiona reconocimiento de servicios, yCONSIDERANDO:Que, el titular obtuvo jubilación por invalidez en esta sede a partir del 1-5-82, resultando asimismo ser beneficiario de una prestación en el orden nacional razón por la cual se da de baja al beneficio provincial, optando con posterioridad por la prestación nacional y solicitando que el beneficio obtenido en este ámbito se convierta en reconocimiento de servicios, por ello, el honorable directorio del instituto de previsión social de la provincia de Buenos Aires,RESUELVE:Artículo 1º. Reconocer los servicios prestados por don Juan Antonio Guzmán en la dirección de establecimientos penales desde el 7-7-59 al 30-9-63 y en el Ministerio de Gobierno desde el 1-1-74 hasta el 1-5-82.Artículo 2º.- Declarar legítimo el cargo deudor practicado por haberes percibidos indebidamente que asciende a la suma de $ 141.388,41 debiendo la Anses a los efectos de su cancelación afectar el 20 % de los haberes mensuales que perciba el titular en ese ámbito y proceder a la transferencia de dichos montos a este instituto.Artículo 3º.- Pase a asesoramiento para notificar tanto al titular como al Anses.Ricardo Caveri, Director.C.C. 8148 - oct. 28 v. nov. 1°Provincia de Buenos AiresINSTITUTO DE PREVISION SOCIALPOR 5 DIAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires notifica la resolución nro: 369307 de fecha 24-11-94, citada en el expediente nro: 2918-23436/93 Vallejos Víctor Ruben s/ suc. y que a continuación se ilustra:VISTO, lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas y,CONSIDERANDOQue, el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación solicitada, de acuerdo a la normativa vigente ley 9650/80- texto ordenado 1994. Se encuentran reunidos todos los requisitos que dan derecho a la prestación solicitada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la ley 9650 texto ordenado 1994,Por ello,EL HONORABLE DIRECTORIO DELINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALDE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESRESUELVE:Artículo 1º. Acordar el beneficio de jubilación ordinaria. Servicios mixtos a don Vallejos Víctor Rubén nacido el 23/12/33 con documento de identidad LE- 5.645.299 y domiciliado en Catriel 1536- Ramos MejíaArtículo 2º.- El beneficio acordado será liquidado a partir del día- 1/3/93, y será equivalente al 75% del sueldo y bonificaciones asignados al cargo de vice-Direct. 1ra. 20 Secc. con 24 años desempeñado en Inst. Educacional Almafuerte.-Artículo 3º.- Notificar por la presente lo dispuesto por el art. 60 decreto ley 9650 cuyo texto se acompaña.Artículo 4º.- Aprobar el cómputo de servicios de fs. 40 y la liquidación de la deuda practicada en concepto...

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