Varios Publicados en la Fecha 3 de Agosto de 2004

Provincia de Buenos Aires CONTADURIA GENERAL Resolución Nº 365Expte. Nº 5400-11697/04La Plata, 20 de mayo de 2004POR 5 DIAS – VISTO: La tarea de contralor de actualización de los legajos, que se está llevando a cabo en el Registro de Proveedores y Licitadores, y,CONSIDERANDO:Que se encuentran proveedores habilitados para cotizar los rubros 6515 y 6530, los cuales comprenden –entre otros- elementos relacionados con casas de ortopedia.Que en virtud de la vigencia de la Ley 11.950, denominada "De los establecimientos destinados al expendio y/o ensamble de aparatos ortopédicos", que fuera reglamentada –en un primer momento- por el Decreto Nº 639/99, en cuyo artículo 1º; inciso a), dentro de las Casas de Ortopedia y/o Laboratorios Ortopédicos clasificaba distintos elementos entre los que se encontraban las Endoprótesis, Implantes y Elementos para osteosíntesis.Que desde el dictado de la citada Ley, se readecuaron las credenciales de los proveedores insertando la leyenda "incluído ortopedia" o "excepto ortopedia", según fuere la situación.Que con posterioridad a ello, a través del Decreto Nº 2379/03, que modificó el Art. 1º, del decreto mencionado precedentemente, se excluyó de la reglamentación de los establecimientos proveedores de prótesis implantables relacionadas con la clínica quirúrgica, especificando que los mismos comprenden las Endoprótesis, Implantes y Elementos para osteosíntesis.Que en los casos de los productos relacionados con la "ortopedia" como los que incluyen la clasificación de endoprótesis, implantes y elementos para osteosíntesis, los mismos se encuentran dentro del rubro 6515 y 6530, junto a otros elementos de instrumental, equipos y suministros médicos y quirúrgicos (6515) y muebles, equipos, útiles y suministros para hospital (6530).Que por Resolución Nº 319/04 del señor Contador General de la Provincia, de fecha 6 de mayo de 2004, se procedió a desmembrar en la Clasificación Federal de Abastecimiento (CFA) del Sistema Nacional de Catalogación, que utiliza el Registro de Proveedores y Licitadores, los rubros 6515 y 6530, sin que éstos pierdan vigencia para todos los restantes elementos que abarcan, pero especificando la situación derivada de la mencionada Ley y de su Reglamentación, de la siguiente manera:6515-a y 6530-a: para los proveedores que venden solamente ortopedia.6515-b y 6530-b: para los proveedores que venden solamente endoprótesis, implantes y elementos para osteosíntesis.Que ante la cantidad de proveedores inscriptos en los mencionados rubros y las dificultades operativas originadas en la cantidad de actuaciones y la falta de personal para realizar los informes y los proyectos de resolución pertinentes,Por ello,EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIARESUELVE:Artículo 1º: Delégase en el Registro de Proveedores y Licitadores la realización de la adecuación de las credenciales de los proveedores inscriptos en los rubros 6515 y 6530, en lo referente a su actividad respecto a la habilitación para la venta de productos ortopédicos o endoprótesis, implantes y elementos para osteosíntesis, en cada actuación que se origine por la actualización de sus legajos, sin promover la intervención del señor Contador General de la Provincia.Artículo 2º: Regístrese y por la Dirección General de Administración comuníquese a quien corresponda, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.Dr. Mario Oscar CuraContador General de laProvincia de Buenos AiresC.C. 4.169 - jul. 28 v. ag. 3Provincia de Buenos AiresCONTADURIA GENERALResolución Nº 947Expte. Nº 5400-4491/01La Plata, 26 de Diciembre de 2001POR 5 DIAS – VISTO: Que la firma "ALVAREZ GELVES, CARLOS RODOLFO", se encuentra concursada, proceso en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, del Departamento Judicial La Plata, y,CONSIDERANDO:Que el Art. 89, inc. c), del Reglamento de Contrataciones prescribe que no pueden permanecer inscriptas en el Registro de Proveedores las empresas en estado de convocatoria, quiebra o liquidación.Que el señor Asesor General de Gobierno y el señor Fiscal de Estado, en un caso similar al presente, han sido coincidentes en cuanto a que las expresiones "convocatoria de acreedores" y "concurso preventivo" resultan semejantes en cuanto a sus efectos, criterio que también comparte éste Organismo a través de su dependencia específica.Por ello,EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIARESUELVE:Artículo 1º: Dar de baja del Registro de Proveedores y Licitadores a la firma "ALVAREZ GELVES, CARLOS RODOLFO", legajo Nº 8697, habilitada para cotizar los rubros: 6505 (Drogas y medicamentos, productos biológicos y reactivos oficiales), 6515 (Instrumental, equipos y suministros médicos y quirúrgicos), 6520 (Instrumental, equipos y suministros odontológicos), 6525 (Equipos y suministros para rayos X de medicina, odontología y veterinaria), 6530 )Muebles, equipos, útiles y suministros para hospital), 6540 (Instrumental, equipos y suministros para oftalmología), y 6545 (Equipos, juegos y accesorios médicos), por encontrarse consursada, proceso en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, del Departamento Judicial La Plata.Artículo 2º: Regístrese y por la Dirección General de Administración comuníquese a quien corresponda, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.Dr. Víctor E. PereiraContador General de laProvincia de Buenos AiresC.C. .4183 - jul. 28 v. ag. 3Provincia de Buenos AiresCONTADURIA GENERALResolución Nº 406Expte. Nº 5400-11911/04La Plata, 10 de junio de 2004POR 5 DIAS – VISTO: Que se da cuenta en las presentes actuaciones de una dificultad en el sistema informático para incorporar los rubros creados por Resolución Nº 319/04, por la que se contempló la situación de proveedores habilitados para proveer elementos de ortopedia, implantes y otros elementos, yCONSIDERANDO:Que analizado el caso en cuestión, el Registro de Proveedores y Licitadores considera que podrían realizarse las consultas informáticas de los rubros: 6515-a, en el rubro 6516; para el 6515-b, en el rubro 6517; para el 6530-a, en el rubro 6529 y para el 6530-b, en el rubro 6531.Que dado tal supuesto, deberá contemplarse la apertura de los mencionados rubros en la Clasificación Federal de Abastecimiento, que se utiliza en el Registro referido.Que así también, será menester tener en cuenta que las credenciales a otorgarse a partir de la fecha del dictado del pertinente acto administrativo, referirán los nuevos rubros y que las ya emitidas conforme Art. 1º de la Resolución Nº 319/04, no pierden validez.Por ello,EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIARESUELVE:Artículo 1º: Modificar en la Clasificación Federal de Abastecimiento (CFA) del Sistema Nacional de Catalogación, que utiliza el Registro de Proveedores y Licitadores, la desmembración de los rubros 6515 y 6530 efectuada por Resolución Nº 319/04, por la siguiente:6515-a: rubro 6516.6515-b: rubro 6517.6530-a: rubro 6529.6530-b: rubro 6531.Artículo 2º: A partir de la fecha de la presente, las credenciales a otorgarse serán extendidas conforme Art. 1º.Artículo 3º: Las credenciales otorgadas conforme Resolución Nº 319/04 no perderán su validez. A los fines de la consulta de los rubros insertos en dichas credenciales, emitidas conforme dicha Resolución, deberá estarse a los nuevos rubros que se sustituyen por la presente.Artículo 4º: Regístrese y por la Dirección General de Administración comuníquese a quien corresponda, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.Dr. Mario Oscar CuraContador General de laProvincia de Buenos AiresC.C. 4.203 - jul. 28 v. ag. 3Provincia de Buenos AiresCONTADURIA GENERALResolución Nº 264Expte. Nº 5400-11225/04La Plata, 12 de abril de 2004POR 5 DIAS – VISTO: La solicitud de duplicado de carnet de proveedor efectuada por la firma "SULADESO S.A.", legajo Nº 7.100, en virtud de haber extraviado su credencial de proveedor (ver fs. 2), yCONSIDERANDO:Que a fs. 1, acompaña la correspondiente denuncia policial que ha sido labrada el día 24 de febrero del corriente año en la Comisaría 9º, de La Plata.Que la firma referida registra una sanción de suspensión preventiva, aplicada por Resolución Nº 796/03, en expte. 21503-59/03, desde el 18/7/03 al 17/7/04.Que analizados los antecedentes del proveedor, el Registro de Proveedores y Licitadores considera que no corresponde hacer lugar a lo peticionado, por encontrarse en el período 18/7/03 al 17/7/04 suspendida en forma preventiva, circunstancia que le impide ser contratado por el Estado provincial,Por ello,EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIARESUELVE:Artículo 1º: No hacer lugar a lo peticionado por la firma "SULADESO S.A.", legajo Nº 7.100, por encontrarse suspendida en forma preventiva en el período 18/7/03 al 17/7/04, circunstancia que le impide ser contratado por el Estado provincial.Artículo 2º: Regístrese y por la Dirección General de Administración comuníquese a quien corresponda, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.Dr. Mario Oscar CuraContador General de laProvincia de Buenos AiresC.C. 4.174 - jul. 28 v. ag. 3Provincia de Buenos AiresCONTADURIA GENERALResolución Nº 376Expte. Nº 5400-9530/03La Plata, 26 de mayo de 2004POR 5 DIAS – VISTO: La solicitud de inscripción en el Registro de Proveedores y Licitadores formulada por la firma "INTERMEDIC TECHNOLOGY S.R.L.", para la venta del rubro que detalla en su presentación de fs. 1, y,CONSIDERANDO:Que la referida firma ha cumplimentado con las disposiciones establecidas en la Ley de Contabilidad (Decreto-Ley 7.764/71), Reglamento de Contrataciones y disposiciones concordantes sobre el particular.Que del informe producido por el Registro de Proveedores y Licitadores se desprende el rubro para el cual se le puede otorgar la inscripción, conforme se desprende del análisis de la habilitación municipal, el alta en los impuestos de DGI e Ingresos Brutos y el objeto social de la misma.Por ello,EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIARESUELVE:Artículo 1º: Inscribir en el Registro de Proveedores y Licitadores a la firma "INTERMEDIC TECHNOLOGY S.R.L.", bajo...

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