Varios Publicados en la Fecha 29 de Julio de 2003

POR 5 DIAS - El Juzgado Civil y Comercial Nº 2, del Departamento Judicial San Isidro, con domicilio en Ituzaingó 340, 2º piso de San Isidro, comunica por cinco días que el día 30 de mayo del 2003 se ha decretado la quiebra a la Sra. NORMA SUSANA BALACHE, D.N.I. 5.319.788, con domicilio en la Avenida San Martín Nº 2622, localidad de Florida, Partido de Vicente López, Provincia de Buenos Aires. En el proceso se mantiene el Síndico Contador Antonio Florencio Cañada, con domicilio en la calle Ituzaingó 369, 2º piso, oficina 208, San Isidro, horario de atención de lunes a viernes de 16.00 a 18.30 hs. ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos, hasta el día 25 de septiembre del 2003 inclusive. El Síndico presentará los informes previsto en los arts. 35 y 39, de la Ley 24.522, los días 07 de noviembre del 2003 y 22 de diciembre del 2003, respectivamente. Se hace saber al fallido y a los terceros que quedan intimados para que entreguen al Síndico interviniente los bienes que aquel pertenezcan y obren en su poder. Asimismo, se intima al fallido para que dentro de las 48 horas de notificado deposite en el Juzgado documentación que obre en su poder, o en su caso denuncien la ubicación e individualización de los bienes e instrumentos todo ello bajo apercibimiento de Ley. Serán ineficaces los pagos que se hagan al fallido. San Isidro, 3 de julio del 2003.- Adriana Cicale de Sicardi, Secretaria. C.C. 05.608 - jul. 23 v. jul. 29 POR 5 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial No. 11, a cargo del Dr. Alejandro Lesser, Secretaría Nº 5, a cargo de la Dra. Marta M. Capalbo, sito en la calle Ituzaingó Nº 340, Piso 3ero. del Departamento Judicial San Isidro, comunica por cinco días que en los autos caratulados " Ezemar S.A. s/ Quiebra" Expte. Nº 51.282, se decretó con fecha 21 de febrero de 2003 la quiebra de EZEMAR S.A , con docmicilio legal en la calle Nazarre Nº 1199 de la Ciudad y Partido de Pilar, Prov. de Buenos Aires, y con domicilio comercial e industrial en Av. Bartolomé Mitre Nº 3871, de la Ciudad y Partido de San Miguel, Prov. de Buenos Aires. Se intima a los acreedores del fallido que formulen sus pedidos de verificación, hasta el día 18 de agosto de 2003, en el domicilio del Síndico José Guillermo Lego, con domicilio constituido en Ladislao Martínez No. 276, 1er. Piso "B" de Martínez, Prov. de Bs. As. de lunes a viernes de 15.00 a 20.00 hs. Fíjase los días 30 de setiembre de 2003 y 05 de noviembre de 2003, para que el síndico presente los informes de los art. 35 y 39 de L.C.Q. respectivamente. Intímase al fallido y a todos aquéllos que tengan bienes y documentación del mismo, para que lo entreguen al síndico o en su caso denuncien la ubicación e individualización de los bienes e instrumentos del fallido todo ello bajo apercibimiento de la Ley, art. 88, inc. 3. L.C.Q. Intímase al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de la última publicación edictal entregue al Síndico la documentación relacionada con la contabilidad art. 88 inc. 4 L.C.Q. Se pone en conocimiento de los terceros la ineficacia de los pagos de cualquier naturaleza al fallido conforme los términos del art. 88 inc. 5 L.C.Q. San Isidro, 15 de julio de 2003.- Enrique F. Wilkinson, Secretario Interino.C.C. 05.607 - jul. 23 v. jul. 29POR 5 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial No. 6 de San Isidro, a cargo del Dr. Jorge Luis Zunino Secretaría Nº 11, a cargo de la Dra. María Alejandra Peña, sito en Ituzaingó Nº 340, Piso 6to. San Isidro, Prov. de Bs. As., hace saber que en los autos " Andrés Carmen Gabriela s/ Quiebra" con fecha 18 de marzo de 2003, se ha declarado la quiebra de ANDRES CARMEN GABRIELA, fijándose plazo hasta el 29 de agosto de 2003 para que los acreedores soliciten verificación de sus créditos ante el Síndico designado Dr. Eduardo Alberto Grela (C.P.), con domicilio en la calle Juan José Díaz 1231 - San Isidro.- Los informes de los arts. 35 y 39 deberán ser presentados los días 10 de octubre de 2003 y el 21 de noviembre de 2003 respectivamente.- Se hace saber que: a) Se prohíbe hacer pagos y entrega de bienes a la fallida, los que serán ineficaces. b) Intimar a quienes tengan bienes y documentación de aquel, pongan a disposición del síndico en el plazo de tres días, c) Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. entregue al síndico toda documentación relacionada a la actividad desarrollada por el mismo.- San Isidro, 11 de julio de 2003.- María Alejandra Peña, Secretaria.C.C. 05.606 - jul. 23 v. jul. 29POR 5 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 13, del Departamento Judicial Lomas de Zamora, a cargo del Dr. José María Durañona, hace saber que en los autos " Olivera Marne Verdun s/ Pedido de Quiebra" (Expte. 53.392), con fecha 24 de marzo de 2003 se ha decretado la quiebra del Sr. MARNE VERDUN OLIVERA, D.N.I. 7.778.556, con domicilio real en calle Santo Moreno 1040 Piso 11 Dto. P. 1 de Monte Grande, Pdo. de Esteban Echeverría, disponiendose: Decretar la inhibición general de bienes contra la fallida, ordenar tanto a la fallida como a terceros para que entreguen al Síndico los bienes de aquel, decretar la incautación de los bienes de la fallida, intímasela a poner los mismos a disposición del Juzgado en forma apta para que los funcionarios del concurso puedan tomar inmediata y segura posesión de ellos, ordenar la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán declarados ineficaces. Intimar a la fallida para que en el plazo de 48 hs. constituya domicilio procesal en el radio asiento del Juzgado. Se ha fijado la fecha 17 de agosto de 2003. como límite hasta el cual los acreedores podrán presentar ante el Síndico designado en autos. Cra. Norma Edit Stancati las demandas de verificación en el domicilio de aquella, sito en calle Pasaje Las Delicias Nº 1181 Local 15 Galería Gala, Adrogué, Pdo. de Lomas de zamora, los días lunes, miércoles y viernes de 15.00 a 18.30 horas.- Lomas de Zamora, 7 de julio de 2003.- Dra. Viviana B. Verteramo, Abogada Secretaria.C.C. 05.600 - jul. 23 v. jul. 29POR 5 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 7 a cargo del Dr. Daniel Claudio Zorrilla, Secretaría Unica a mi cargo, del Departamento Judicial de Gral. San Martín, con domicilio en la Avda. Ricardo Balbín Nro. 1753, Piso 2do. de San Martín, comunica por cinco días que en fecha 18/06/03 se ha decretado la quiebra a INDUSTRIAS TALVARI S.A. C.U.I.T. 30-50303678-5, Síndico actuantes contadores Oscar Jorge Rojas Muñiz y/o Daniel Ordóñez y/o Mazzei y/o Avelino Taberna, con domicilio en calle Ayacucho Nro. 18 de la localidad de San Martín ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos, todos los días de 16.00 a 18.00 hs, hasta el día 12/09/03, inclusive. La Sindicatura presentará los informes previsto en los arts. 35 y 39 de la Ley 24.522 07/11/03 y 06/02/04 respectivamente. Se hace saber a la fallida y/o terceros que quedan intimados para que en el término de cinco días pongan a disposición de la Sindicatura los bienes y/o documentación de los negocios de estos quedan prohibidos hacer pagos a la fallida, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. Asimismo se intima a los deudores y/o a sus Administradores para que cumplimenten los siguientes recaudos : a) Presenten los requisitos exigidos por el art. 86 de la concursal; b) Entreguen al Síndico sus libros, papeles y bienes que tuvieren en su poder, en 24 hs.; c) Se abstengan de salir del país sin previa autorización de salir del país sin previa autorización del Tribunal (L.C. 103). Gral. San Martín, 1º de julio de 2003.- Dra. Hilda J. Fiora, Secretaria.C.C. 05.599 - jul. 23 v. jul. 29POR 5 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Luis Alejandro Gil Juliani, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Unica a mi cargo, en relación a la Causa 389/2003, registrada en esta Secretaría bajo el Nº J-0000918 caratulada: "GOmez, Andres Daniel s/ Daño”, a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal (s/Ley 11.922) la resolución que se notifica al imputado, con D.N.I. 23.722.856, de nacionalidad argentina, nacido en Avellaneda el día 13 de mayo de 1974, hijo de Gumercindo Gómez y de María Claudia Escudero, con último domicilio en calle Gualeguay Nº 996 esquina Río Colorado de la localidad de Florencio Varela, cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: "Quilmes, 9 de junio de 2003. Autos y Vistos... Considerando... Resuelvo: I) Declarar la rebeldía de Andrés Daniel Gómez, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los Arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia librar oficio a la sección Capturas del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, a fin de requerir se proceda a insertar orden de Comparendo Compulsivo referente del nombrado. II) Suspender el trámite de la presente Causa, hasta tanto el imputado Gómez sea habido para ser sometido nuevamente a proceso (cf. Art. 305 C.P.P. III) Regístrese, notifíquese a la Fiscalía y a la Defensa y por edictos durante cinco (5) días, al imputado, conforme lo dispone el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal de la provincia de Buenos Aires, practíquese comunicaciones de ley y firme que se encuentre, archívense los actuados en Secretaría. Luis A. Gil Juliani. Juez. Asimismo, a fin de acreditar la pertinente notificación en los autos en que me dirijo, deberá, conforme lo dispone el Art. 129, último párrafo del Código de Procedimiento Penal, remitir a este Juzgado la constancia de que se hizo la publicación, con carácter de urgente. Ante mí: Anahí Lidia Fernández. Secretaria.C.C. 5.613 - jul. 23 v. jul. 29.POR 5 DIAS - La Unidad Funcional de Instrucción Nº 11 del Departamento...

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