Varios Publicados en la Fecha 23 de Marzo de 2007

INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERIA Y CASINOS POR 5 DIAS.- El Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires procede a notificar al Señor Victor Hugo SUBIETA (D.N.I. 20.312.960) lo dispuesto por el Señor Director Provincial de Hipódromos y Casinos mediante Disposición N° 395/06.- "LA PLATA, 27 de Julio del año 2006.- VISTO, el expediente N° 2319 - 18.869/06 caratulado: "DEPARTAMENTO SEGURIDAD CASINO DE TIGRE - APLICACION DERECHO DE EXCLUSION A VICTOR HUGO SUBIETA" Y; CONSIDERANDO: Que las actuaciones de referencia se relacionan con el Derecho de Exclusión aplicado preventivamente al Sr. Víctor Hugo SUBIETA (D.N.I. 20.312.960), según los hechos que da cuenta el Acta N° 032/06 labrada en dependencias de Seguridad del Casino de Tigre; Que en el Acta N° 032/06 consta que el día 03/06/06 siendo las 08:50 horas ante el Sr. Jefe de Departamento Dn. Eduardo VITOBELLO, se procede en forma preventiva a la aplicación del derecho de exclusión ad referendum de la Dirección Provincial de Hipódromos y Casinos, al Sr. Víctor Hugo SUBIETA, atento que siendo las 08:25 horas aproximadamente el causante es visualizado por el Agente de Seguridad Oscar Alfredo DELGADO en momentos que se encontraba provocando disturbios en la Máquina Tragamonedas N° 1708 perteneciente a la isla N° 85 del Primer Nivel, en la cual reclamaba créditos; Que por tal motivo se hace presente en el sector el Sr. Jefe de Sección Seguridad Dn. Leonardo Jesús NORES CASTRO, quien le explica al encartado que los créditos no eran de su propiedad debido a que dicha Máquina Tragamonedas se encontraba fuera de servicio; Que lejos de entrar en razones, el causante comienza a proferir insultos y amenazas hacia el Jefe de Sección Seguridad interviniente; Que el evento descripto fue registrado por Sistema de Video del Casino de Tigre y el encartado es conducido desde la Sala de Juegos a la oficina de la División Seguridad de Sala del Segundo Nivel por personal de Policía Adicional Oficial de Procedimientos Néstor GIMENEZ y de Seguridad de Sala Sr. de Sección Seguridad antes citado, a los efectos de labrar las actuaciones correspondientes; Que a las 10:35 horas aproximadamente se le realizó a la Máquina Tragamonedas N° 1708 un Pago Corto por un total de Veinticuatro (24) tokens valor Pesos Uno ($1.-) cada uno; Que prima facie se encuadra su conducta dentro de lo tipificado en el Título VIII Punto 1.1 de las Normas Complementarias de las Acciones del Departamento de Seguridad - Gerencia de Casinos, del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, (Resolución N° 138/94); Que a fs.2 y 3 obran continuación del Acta donde declaran los Sres. Oscar Alfredo DELGADO, Agente de Seguridad y Leonardo Jesús NORES CASTRO, Jefe Sección Seguridad, quienes refrendan lo antes expuesto; Que a fs.4 a 8 de las actuaciones obran continuación en donde ratifican sus firmas todos los demás funcionarios actuantes a fs.1; Que a fs.10 la Jefatura del Departamento Seguridad del Casino de Tigre informa que el encartado no se encuentra registrado en ese Departamento con prescindencia del hecho que antecede; informando asimismo que cumplidos los plazos previstos para efectuar su descargo, conforme lo establece el Punto 5 (Inc. 5.1) del Título VIII de la Resolución 138/94, el mismo no ha hecho uso del citado derecho; Que elevadas las actuaciones al Area de Legales del Casino de Tigre, esa instancia ha tomado la debida intervención que le compete a fs.11, produciendo el dictamen pertinente; Que siguiendo el sentido que antecede y en un todo de acuerdo, se procede al dictado del acto administrativo; Que la presente se dicta de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 4° de la Carta Orgánica del Instituto Provincial de Lotería y Casinos aprobada por el Artículo 2° del Decreto n° 1170/92, modificado por Decreto n° 1324/01, Decreto n° 245/02, sus respectivas prórrogas, Decreto n° 62/05, Decreto 548/03 y Resolución N° 545/05; POR ELLO EL DIRECTOR PROVINCIAL DE HIPÓDROMOS Y CASINOS D I S P O N E: ARTICULO1° Aplicar al Sr. Víctor Hugo SUBIETA (DNI 20.312.960), el Derecho de Exclusión Definitiva para ingresar a las Salas de Juegos de los Casinos dependientes del Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires a partir del 03 de Junio de 2006 por aplicación de lo establecido en el Título VIII, Punto 1.1 de la Resolución D-138/94, por los motivos de hecho y derecho que se expresan en los considerandos que anteceden. ARTICULO 2°.- Regístrese por la Dirección Provincial de Hipódromos y Casinos, comuníquese a quien corresponda y archívese en el Departamento Seguridad del Casino de Tigre. DISPOSICIÓN N°: 0395/06.-" Fdo: JORGE NORBERTO RODRIGUEZ, DIRECTOR PROVINCIAL DE HIPODROMOS Y CASINOS DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERIA Y CASINOS de la Provincia de Buenos Aires.- QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO." La Plata, 28 de febrero de 2007. Jorge N. Rodríguez, Director Provincial de Lotería y Casinos.C.C. 2.034 / mar. 19 v. mar. 23MINISTERIO DE SALUD DIRECCION DE SERVICIOS TECNICOS ADMINISTRATIVOS Resolución N° 5232/06POR 5 DIAS - Notifico a Ud. que por expediente N° 2900-49801/03 con 3 cuerpos, en trámite ante esta Dirección de Servicios Técnicos Administrativos, Mrio. de Salud, 51 N° 1120 La Plata, se ha dictado el Decreto que a continuación se transcribe: La Plata, 12 de octubre de 2006. Visto el expediente N° 2900-49801/03 con 3 cuerpos por el cual se da cuenta del incumplimiento contractual por parte de la firma Alpuver S.R.L., titular de la Orden de Compra N° 11.059/04, librada en el marco de la Licitación Pública 300/03, aprobada por resolución N° 6767/04, y CONSIDERANDO: Que mediante dicha Orden de Compra se contrató a la referida firma para la prestación del servicio de Seguridad y Vigilancia con destino al Hospital Interzonal General de Agudos "General San Martín" de La Plata, por el término de 12 meses a partir del 01/08/04, con opción a 2 prórrogas de 6 meses cada una; Que a fojas 864 y 871 el Director del referido efector informa que a partir del 01/03/05 el nosocomio cuenta con el servicio de policía adicional, POLAD, en la totalidad de sus puestos, debido a que con fecha 07/03/05 el personal de la firma de marras, en medida de protesta hacia la misma, hizo abandono de sus puestos; Que a fojas 877 el Departamento de Contrataciones Compras y Suministros realiza el cálculo de lo que corresponde reclamar a la firma en concepto de pérdida proporcional de la garantía por el período del contrato que quedó sin cumplir, 08/03 al 31/07/05, el cual asciende a la suma de $ 13.199,86; Que por todo lo expuesto, corresponde rescindir el contrato celebrado con la firma Alpuver S.R.L. y aplicarle las sanciones previstas en el artículo 74 inciso b) apartado 3) del Reglamento de Contrataciones (T.O 2004); Que por otra parte, cabe señalar que el Registro de Proveedores y Licitaciones del Estado deja constancia a fojas 881 que se formó expediente N° 5400-4373/06, ello en los términos del procedimiento establecido en el artículo 102 del Reglamento de Contrataciones referido; Que en tal sentido se han expedido la Asesoría General de Gobierno a fojas 873 y 886, la Contaduría General de la Provincia a fojas 880 y la Fiscalía de Estado a fojas 883/884; Por ello, EL MINISTRO DE SALUD, RESUELVE: Artículo 1°.- Rescindir el contrato celebrado con la firma Alpuver S.R.L., mediante Orden de Compra N° 11.059/04, librada en el marco de la Licitación Pública N° 300/03, para la prestación del servicio de Seguridad y Vigilancia con destino al Hospital Interzonal General de Agudos "General San Martín" de La Plata, por incumplimiento contractual. Artículo 2°.- Aplicar a la firma Alpuver S.R.L., las penalidades previstas en el artículo 74 inciso b) apartado 3) del Reglamento de Contrataciones (T.O 2004). Artículo 3°.- Intimar a la la firma Alpuver S.R.L. al depósito de la suma de pesos trece mil noventa y nueve con ochenta y seis centavos ($ 13.199,86) en concepto de pérdida proporcional de la garantía por incumplimiento contractual. Artículo 4°.- Notificar a la firma Alpuver S.R.L. el presente acto en forma fehaciente, conforme lo establecido en el artículo 62 y cc. del Decreto Ley N° 7647/70. Artículo 5°.- Regístrese, notifíquese al señor Fiscal de estado, comuníquese y pase a la Dirección de Contabilidad y Servicios Auxiliares, a sus efectos. Claudio Mate Rothgerber, Ministro de SaludC.C. 1.499 / mar. 19 v. mar. 23CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICIASPOR 5 DIAS - La Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires cita y emplaza por cinco (5) días en el expediente N° 2138-109649 caratulado "Ferreyra Pedro Ernesto, Mansilla Nora Marta (esposa), s/ Pensión" a toda persona que se considere con derecho a beneficio bajo apercibimiento de resolverse con las partes intervinientes. La Plata, 8 de marzo de 2007. Eduardo Alberto Fraga. Comisionado Vicepresidente.C.C. 2.120 / mar. 19 v. mar. 23POR 5 DIAS - La Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires cita y emplaza por cinco (5) días en el expediente N° 2138-110033 caratulado "Reyes Oscar Adolfo, Salinas Luisa (esposa), s/ Pensión" a toda persona que se considere con derecho a beneficio bajo apercibimiento de resolverse con las partes intervinientes. La Plata, 8 de marzo de 2007. Eduardo Alberto Fraga. Comisionado Vicepresidente.C.C. 2.121 / mar. 19 v. mar. 23POR 5 DIAS - La Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires cita y emplaza por cinco (5) días en el expediente N° 2138-110834 caratulado "Ynsfran Carlos Alfredo, Maciel Sonia Marina (concubina), s/ Pensión" a toda persona que se considere con derecho a beneficio bajo apercibimiento de resolverse con las partes intervinientes. La Plata, 8 de marzo de 2007. Eduardo Alberto Fraga. Comisionado Vicepresidente.C.C. 2.122 / mar. 19 v. mar. 23POR 5 DIAS - La Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires cita y emplaza...

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