Varios Publicados en la Fecha 21 de Julio de 2004

Provincia de Buenos Aires CONTADURIA GENERAL Resolución Nº 1139Expte. Nº 5400-8430/03 Alc. 11.La Plata, 17 de noviembre de 2003.POR 5 DIAS – VISTO: La nómina de los proveedores comprendidos en los legajos Nº 4501 a Nº 5000, obrante a fs. 5/6, que no han actualizado los mismos, de conformidad con lo prescripto en la Resolución Nº 803/01 y su similar Nº 700/02, del señor Contador General de la Provincia, y,CONSIDERANDO:Que por el Art. 8º de la Resolución Nº 803/01, se impuso a todo aquél inscripto en el Registro de Proveedores y Licitadores de la Provincia la obligación de actualizar su legajo en el plazo de un año, fecha a partir de la cual caducará automáticamente su credencial sin necesidad de emplazamiento previo, circunstancia que operó el 8/XI/02, verificándose efectivamente el motivo de eliminación, sin necesidad de acreditar la imputabilidad por culpa o dolo de la causal.Que el procedimiento que se está llevando a cabo es el mismo previsto para el Art. 89, del Reglamento de Contrataciones, encontrándose justificado por la publicidad que se dio al acto administrativo de alcance general, o sea, la Resolución Nº 803/01.Que a fs. 8, este Organismo ha encuadrado la conducta de los aludidos proveedores en el Art. 96 inc. d) ap. 2 del Reglamento de Contrataciones.Que a fs. 9/11 toman intervención el señor Asesor General de Gobierno y el señor Fiscal de Estado, prestando su conformidad al procedimiento incoado y siendo coincidentes en que se publican la lista en el Boletín Oficial y que se dicte el pertinente acto administrativo mediante el cual se proceda a la eliminación como proveedores del Estado conforme lo previsto por el art. 96º, inc. d), ap. 2) del Reglamento de Contrataciones.Que a fs. 16 luce copia autenticada de la publicación en el Boletín Oficial de la nómina de proveedores precedentes mencionada.Que a fs. 18/19 se adjunta la nómina de los proveedores que a la fecha, y habiendo vencido el plazo establecido para la actualización de legajo, no han cumplimentado con la totalidad de los requisitos exigidos para dicho trámite.Que es del caso destacar, que en la medida que se presentan proveedores a actualizar su legajo con posterioridad al inicio de estas actuaciones, y, encontrándose completa la documentación que aportaren, se procede a volcar al sistema informático en forma inmediata la respectiva actualización y, posteriormente, archivar los obrados respectivos en el legajo del proveedor.Que es opinión del Registro de Proveedores y Licitadores que corresponde dictar el pertinente acto administrativo aplicando a las firmas que se detallan a fs. 18/19 la sanción de ELIMINACIÓN prevista en el Art. 96º inc. d) ap. 2) del Reglamento de Contrataciones por falta de actualización de legajo.Por ello,EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIARESUELVE:Artículo 1º: Aplicar a la firmas que se detallan en el ANEXO I, la sanción de ELIMINACIÓN del Registro deProveedores y Licitadores prevista en el Art. 96º, inc. d), ap. 2) del Reglamento de Contrataciones, por falta de actualización de legajo.Artículo 2º: Regístrese y por la Dirección General de Administración comuníquese a quien corresponda, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.Dr. Víctor Eduardo PereiraContador General de laProvincia de Buenos Aires

ANEXO I
Legajo CUIT Nombre
4501 Hormigorena Del Plata S.A
4510 Sodding Sociedad Anónima
4522 30552739708 Venturino y Personal La Plata
4525 30502880566 Empresa Walter Rittner S.C.A
4528 30505114774 Guillemi S.A
4532 Volpino Laboratorios S.A.C.I
4537 Mancini y Leiva
4539 20141055829 Krasavec, Sergio
4542 27038691916 Hirtz de Lavarello, Maria Delia-su sucesión
4544 30502897368 Hillmann S.A
4553 Negre S.A.I.C.
4555 Labaratorios York S.A.I.C.F.I.
4556 Cor-Alum S.A.I.C.A.Y.F
4557 30553784774 Felta S.A
4562 Interfot S.R.L
4563 Coppai S.R.L
4565 30523492728 Organizacion Clearing Argentino S.A
4572 Cominco S.A.I.C.Y.F.I.A.
4573 Caja de Jub.Subs y Pens.del personal del Bco de la Pcia.
4585 30589891046 Eastel S.A.I.C
4591 Laboratorio Riker S.A.
4600 Arles Sociedad Anónima
4602 Cifa soc. en coman por A.C.C.
4608 Edintar Constructora S.A
4612 Samai S.A
4615 Bucello Jose Fernando
4623 30552334643 Constructora Lihue S.A.C.C.I.F
4629 30500619509 Laboratorio Millet S.A.C.I
4633 Ingtec S.R.L.
4640 Valenzi S.A
4644 Murages S.A.C.I
4647 Porreca Cesar
4650 Belli y Cia. S.A
4652 3057181273 Mc Sur S.A.
4654 Automación Operativa S.R.L
4660 Incofer Soc de Resp Ltda.
4661 Incico S.R.L.
4663 30568451410 Papelera Tel-Rol S.A
4666 20084630714 Empresa Terminal de Jorge Bebczuk
4667 30516811990 Construcciones Arrieta S.A.C.I.F.I
4669 30502600059 Casa Pi-Ro S.A
4672 Dovial S.A.
4673 30573316092 Equipamientos de Oficinas S.A.
4675 La Catedral S.A
4677 Noworks Syme S.A.C.I.F.
4678 30572194201 Benjamín Seall y Cía. S.A.
4681 Polytec de Ralf Metzke
4695 Virason S.A..I.C.
4699 30596575168 Coagulantes Argentinos S.A.
4706 30543800003 Radio Llamada S.A.C.I.
4711 Mastiles S.R.L.
4712 Alta Italia Vial S.A
4716 Sisteco Sistema de computación S.A
4717 Envases Artigas S.A.C.I
4718 30574808517 Argenfrio S.A.I.C
4727 Ecyt S.RL
4728 30585343117 Bioequipos S.R.L.
4733 Centro de Computación de datos Sacoma
4734 Técnicas Administrativas Modernas S.A.
4737 Gear SAAICFI
4742 Indumentaria Industrial S.R.L.
4746 Tintas Letta S.A.I.C.
4749 Facema S.A.
4751 33532593439 Establecimientos Diesel Buenos Aires S.A
4756 Aletub S.A
4757 Dental Norte S.R.L.
4758 30515488479 Algas S.A
4769 Talleres Mecamet S.C. de M. Sastre y J Panak
4778 30591612553 Cono del Sur S.R.L
4782 Chloride S.A
4790 30538348747 Argengas S.A.C.I.F.
4811 20042691659 Garcia Osvaldo Jorge- Saglia Horacio Alberto
4816 Ninfa Electrónica S.R.L.
4818 Bartholomai y asociados S.R.L.
4819 Hulytego S.A..I.C.
4824 Torroba Horacio Rafael
4827 Dal Masetto Rogelio
4829 33522837909 Vezzato S.A..I.C.
4830 Autoelevadores Yale S.A.
4837 Simba S.A
4844 Infante Electromecánica S.A.
4847 Caramello Victor Alberto
4848 Distribuidora Rural Mar S.R.L
4869 Proceda S.A. Servicio Integral para la información Empresaria
4877 30590407271 Cientist S.R.L.
4881 33570893799 M.A.B Instrumental S.R.L
4885 20065298075 J.E. Garcia Transporte de Garcia Juan Ernesto
4892 Inmeche S.A
4894 Arthur Balfour S.A
4898 La Industrial-Eduardo T. Carrizo S.A.I.C.
4907 La Primera Compania Argentina de Seguros Generales S.A
4921 30579899839 Srecha Alimentos S.A.C.E.I.
4924 Laboratorio Apolo S.R.L.
4928 Deamiguez Horacio Domingo
4945 Tecservice S.A.
4946 30587543792 Emar S.A.
4954 30523426466 Industrias Everest S.A.I.C.
4955 Pronisa de Garaguso Francisco José
4956 23152506449 Roncoli, Bruno
4959 30612267738 Visionlent Avellaneda S.R.L.
4972 La genovesa S.C.A.
4975 AMP S.A. Argentina C.I. y F.
4977 Industrias Metalúrgicas Ferroni S.A.
4980 Gilardoni Jorge Eduardo
4981 J.F. Pregliasco S.R.L.
4992 Varela Eduardo Alberto
4995 Parsol Laboratorio S.A
4997 30558476059 Monsil S.R.L.
C.C. 10.971 - jul. 15 v. jul. 21Provincia de Buenos AiresCONTADURIA GENERALResolución Nº 337/04Expte. Nº 2961-5309/01La Plata, 12 de mayo de 2004POR 5 DIAS - VISTO: El incumplimiento de contrato, celebrado mediante la Orden de Compra Nº 10749/01, emitida por el Ministerio de Salud, relativa a la prestación del servicio de racionamiento en cocido de alimentos, durante el mes de noviembre de 2001, en el Hospital Interzonal de Agudos especializado en Pediatría "Sor María Ludovica", de la ciudad de La Plata, por parte de la firma "Guillermo V. Cassano S.A.", legajo Nº 5831, eliminada por resolución Nº 1137/03, firme desde el 9/1/04, yCONSIDERANDO:Que se ha acreditado el incumplimiento.Que la firma, en los últimos diez años, presenta una sanción de apercibimiento, aplicada por resolución Nº 588/02, por expte. Nº 5400-4177/01, firme desde el 19/12/02.Que no ha efectuado descargo, habiendo estado debidamente notificado. A fs. 31, se remitió el presente al Ministerio de Salud, a fin de dar cumplimiento al Art. 2º de la Resolución Nº 855/02 de este Organismo. A fs. 36, la Dirección de Contabilidad y Servicios Auxiliares de dicho Ministerio, informa que no se ha registrado presentación alguna por parte de la firma solicitando la revisión de las penalidades.Que el Art. 10, del Decreto Nº 2888/02, en su última parte, faculta a la Contaduría General de la Provincia a morigerar las sanciones previstas reglamentariamente en caso de justificación parcial del incumplimiento contractual. Dado el supuesto que, a criterio del Organismo, hubiere justificación total de incumplimiento, podrá disponer el archivo in limine sin sustanciación, circunstancia que no se verifica en el presente. Que es opinión de este Organismo y de los señores Asesor General de Gobierno y Fiscal de Estado, que la firma nombrada se hace pasible a la sanción prevista en el Art. 96 inc. a), ap. 2), del Reglamento de Contrataciones, criterio...

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