Varios Publicados en la Fecha 21 de Febrero de 2003

POR 5 DIAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial San Isidro, provincia de Buenos Aires a cargo del Dr. Leonardo Pitlevnik, sito en la calle Moreno Nº 623, 1er. piso de la ciudad de San Isidro, notifica a ANGEL ANTONIO ACOSTA con último domicilio conocido en Guatemala 2059 de Virreyes, Pdo. de San Fernando, de la resolución que a continuación se transcribe: "San Isidro, 19 de julio de 2002. Y Vistas: Las constancias de la presente causa Nº 318, y Considerando:... Por lo expuesto y de conformidad con lo normado por los Arts. 32 inc. b), 33 y 34 del Cód. de Faltas, es que; Resuelvo: Declarar la extinción de la acción penal por prescripción en la presente causa Nº 318 seguida contra el Sr. Angel Antonio Acosta por infracción a los Arts. 72 y 74 del Código de Faltas. Notifíquese y oportunamente archívese". Leonardo Pitlevnik, Juez; Juan Manuel Iglesias Secretario." Secretaría, 28 de enero de 2003. Juan Facundo Ocampo Auxiliar Letrado. C.C. 510 - feb. 17 v. feb. 21POR 5 DIAS - El titular de la Unidad Funcional de Instrucción en lo Correccional Nº 2 del Dpto. Judicial La Matanza, cita y emplaza por cinco días a SEBASTIAN TORRES, para que comparezca a la sede de la UFI, sita en Florencio Varela y Pichincha de San Justo, a estar a derecho, bajo apercibimiento de solicitar su rebeldía, en el legajo de I.P.P. Nº 162.245, caratulado "Torres Sebastián s/Lesiones Leves y otro". A continuación se transcribe el auto que así lo ordena: "San Justo, 4 de febrero de 2003. Atento al estado de autos, cítese y emplázase a Sebastián Torres, para que en el término de cinco días comparezca a esta UFI a estar a derecho, bajo apercibimiento de solicitar su rebeldía... Eduardo Campanella. Agente Fiscal Adjunto". Secretaría, 4 de febrero de 2003. Juan Marcelo Diomede. Auxiliar Letrado.C.C. 515 - feb. 17 v. feb. 21POR 5 DIAS - La Unidad Funcional de Instrucción en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial de La Matanza a cargo del Dr. Julio Ariel Panzoni, Secretaría Unica a mi cargo, cita y emplaza a PEDRO ROLANDO BASILE y a GUILLERMO BERLARI y/o GUILLERMO VALES ARTIGAS, para que dentro del término indicado comparezcan a la sede de la Fiscalía sito en la calle Florencio Varela y Pichincha de la localidad de San Justo, a fin de notificarse en la Investigación Penal Preparatoria Nº 153.249, en trámite ante esta U.F.I. en lo Correccional a cargo del Fiscal antes mencionado, seguida a los nombrados en orden al delito de hurto simple en grado de tentativa del auto que a continuación se transcribe: "San Justo, 3 de febrero de 2003... emplácese por edicto por el término de cinco días en los Estrados de la Unidad Funcional de Instrucción en lo Correccional Nº 1 Departamental, como así también se efectúe su publicación a través de la Oficina del "Boletín Oficial" Departamental, debiéndose remitir a la sede de esta Fiscalía en su oportunidad un ejemplar de las publicaciones correspondientes, conforme con lo normado el Art. 129 del C.P.P. Secretaría, 3 de febrero de 2003. Ximena Analía Santoro. Secretaria.C.C. 514 - feb. 17 v. feb. 21POR 5 DIAS - El titular de la Unidad Funcional de Instrucción en lo Correccional Nº 2 del Dpto. Judicial La Matanza, cita y emplaza por cinco días a DIEGO ARMANDO SORIA, para que comparezca a la sede de la UFI, sita en Florencio Varela y Pichincha de San Justo, a estar a derecho, bajo apercibimiento de solicitar su rebeldía, en el legajo de IPP Nº 98.374, caratulado "Soria Diego s/Portación ilegal de arma de uso civil". A continuación se transcribe el auto que así lo ordena: "San Justo, 4 de febrero de 2003 ... cítese y emplázase a Diego Armando Soria, para que en el término de cinco días comparezca a esta UFI a estar a derecho, bajo apercibimiento de solicitar su rebeldía. Eduardo Campanella. Agente Fiscal Adjunto". Secretaría, 4 de febrero de 2003. Juan Marcelo Diomede. Auxiliar Letrado.C.C. 516 - feb. 17 v. feb. 21POR 5 DIAS - El Juzgado en lo Criminal y Correccional de Transición Nº 2 del Departamento judicial Zárate - Campana a cargo del Sr. Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a CLAUDIO DANIEL VALLEJOS D.N.I. 18.150.777) que en la causa Nº 4-19.936 caratulada "Vallejos, Claudio Daniel s/Amenazas" se ha resuelto lo siguiente: "Campana, 3 de diciembre de 2002. Vistas: ... Considerando:... Resuelvo: Declarar la extinción de la acción penal por prescripción en la presente causa Nº 4-19.936. respecto de Claudio Daniel Vallejos, y en orden al delito de amenazas (Art. 149 bis del C.P.) que se le imputara, de conformidad con lo normado por los Arts. 59 inc. 3º, 62 inc. 2) y 67 párrafo cuarto del Código Penal: dándose así por finalizado definitivamente este proceso a su respecto. Notifíquese. Javier Alfredo Romañuk. Juez". Como recaudo legal. se transcribe el decreto que así la ordena: "Campana, 3 de febrero de 2003. Atento a lo que resulta de las constancias de fs. 26. desconociéndose el actual domicilio de Claudio Daniel Vallejos y a fin de dar cumplimiento con lo normado por el Art. 448 inc. 1) del C.P.P. Ley 3.589, notifíqueselo de lo resuelto a fs. 22/23 mediante edictos que se publicarán en el "Boletín Oficial" de esta Provincia por el término de cinco (5) días. conforme la normado por el Art. 129 del P.P.P. Ley 11.922, de aplicación en los términos del Art. 5º de la Ley 12.059. Javier Alfredo Romañuk. Secretaría, 3 de febrero de 2003. Luciano Javier Marino. Auxiliar Letrado.C.C. 536 - feb. 17 v. feb. 21POR 5 DIAS - El Juzgado en lo Correccional de Transición Nº 2 del Departamento Judicial Zárate - Campana a cargo del Sr. Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a ESTELA MONICA VILLANUEVA (D.N.I. 16.946.686) que en la causa Nº 4-17.901 caratulada: "Villanueva, Estela s/Lesiones - Amenazas" se ha resuelto lo siguiente: "Campana, 3 de diciembre de 2002. Vistas: ... y Considerando: ... Resuelvo: Declarar la extinción de la acción penal por prescripción en la presente causa Nº 4-17.901, respecto de Estela Mónica Villanueva y en orden al delito de lesiones leves y amenazas (Arts. 89 y 149 bis del C.P., en función del Art. 55 del C.P.) que se le imputara, de conformidad con la normado por los Arts. 59 inc. 3º, 62 inc. 2) y 67 párrafo cuarto del Código Penal; dándose así por finalizado definitivamente este proceso a su respecto. Notifíquese. Javier Alfredo Romañuk. Juez". Como recaudo legal, se transcribe el decreto que así lo ordena: "Campana. 3 de febrero de 2003. Atento a lo que resulta de las constancias de fs. 22, desconociéndose el actual domicilio de Estela Mónica Villanueva y a fin de dar cumplimiento con lo normado por el Art. 448 inc. 1) del C.P.P. Ley 3.589, notifíquesela de lo resuelto a fs. 18/19 mediante edictos que se publicarán en el "Boletín Oficial" de esta Provincia por el término de cinco (5) días, conforme la normado por el Art. 129 del C.P.P. Ley 11.912, de aplicación en los términos del Art. 5º de la ley 12.059. Javier Alfredo Romañuk, Juez". Secretaría, 3 de febrero de 2003. Luciano Javier Marino. Auxiliar Letrado.C.C. 535 - feb. 17 v. feb. 21POR 5 DIAS - El Juzgado en lo Criminal de Transición Nº 2 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr. Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a HOMAR GERARDO CELIS IRRAZABAL (D.N.I. C.I. 8.366.570) que en la causa Nº 4-9.606 caratulada "Celis, Homero s/Usurpación de propiedad" se ha resuelto lo siguiente: "Campana, 24 de octubre de 2002 Resuelvo: Declarar la extinción de la acción penal por prescripción en la presente causa Nº 4-9.606, respecto de Homero Gerardo Celis Irrazábal y en orden al delito de usurpación de propiedad (Art. 181 del C.P.) imputado, de conformidad con lo normado por los Arts. 59 inc. 3), 62 inc. 2) y 67 párrafo cuarto del Código Penal; dándose así por finalizado definitivamente este proceso a su respecto.. . Javier Alfredo Romañuk, Juez". Secretaría, 3 de febrero de 2003. Luciano Javier Marino. Auxiliar Letrado.C.C. 532 - feb. 17 v. feb. 21POR 5 DIAS - El Juzgado en lo Criminal y Correccional de Transición Nº 2 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr. Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a SUSANA VICTORIANA LOVERA (D.N.I. 566.425) que en la causa Nº 4-5.265 caratulada: "Lovera, Susana Victoria s/Amenazas" se ha resuelto lo siguiente: "Campana, 28 de junio de 2002. Vistas ... y Considerando: ... Resuelvo: Declarar la extinción de la acción penal por prescripción en la presente causa Nº 4-5.265, respecto de Susana Victoria Lovera de Amín y en orden al delito de Amenazas (Art. 149 bis del C.P.) imputado; de conformidad con lo normado por los Arts. 59 inc. 3), 62 inc. 2) y 67 párrafo cuarto del Código Penal. Notifíquese. Javier Alfredo Romañuk. Juez". Y "Campana, 12 de agosto de 2002. Vistas: ... y Considerando: ... Resuelvo: Aclarar que el nombre consignado a la imputada de autos, en la resolución obrante a fs. 132/133, debe entenderse como Susana Victoriana Lovera y no Susana Victoria Lovera (Art. 289 del C.P.P.). Notifíquese... Javier Alfredo Romañuk. Juez". Secretaría, 3 de febrero de 2003. Luciano Javier Marino. Auxiliar Letrado.C.C. 529 - feb. 17 v. feb. 21POR 5 DIAS - El Juzgado en lo Criminal y Correccional de Transición Nº 2 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr. Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a WALTER MARCELO OBREGÓN (D.N.I. 25.994.067) que en la causa Nº 3-14.993 caratulada: "Obregón, Walter Marcelo s/Tva. de robo" se ha resuelto lo siguiente: "Campana, 22 de noviembre de 2002. Vistas:... y Considerando: ... Resuelvo: Declarar la extinción de la acción penal por prescripción en la presente causa Nº 3-14.993, respecto de Walter Marcelo Obregón y en orden al delito de robo simple en grado de tentativa (Art. 164 del C.P. en función del Art. 42 del mismo cuerpo normativo) imputado, de conformidad con lo normado por los Arts. 59 inc. 3), 62 inc. 2) y 67 párrafo cuarto del Código Penal; dándose así por finalizado definitivamente este proceso a su respecto...

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