Varios Publicados en la Fecha 23 de Junio de 2010

PODER JUDICIAL ARCHIVO PENAL DE LA PLATAPOR 3 DÍAS - El Archivo Penal de La Plata hace saber que el día 10 de agosto de 2010, a las 10,00 horas, se llevará a cabo la destrucción, autorizada por Resolución de la Subsecretaría de Servicios Jurisdiccionales de la S.C.J.B.A. N° 105/08, de expedientes penales correspondientes a distintos legajos de las Secretarías 1, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, y 16 de los ex Juzgados en Io Penal Nº 1, 2, 4, 6, 7, 8, 10, 12, 13, 14 y 15, del Departamento Judicial La Plata. Los interesados podrán dentro de los veinte (20) días corridos desde esta publicación o desde la recepción del oficio - según fuere el caso - a que se refiere el artículo 119, Acuerdo 3397/08, solicitar desgloses, ser designado depositario voluntario del expediente o Ia revocación de la autorización de destrucción, cuando se verificase un supuesto de conservación prolongada. El listado conteniendo las causas a destruir se encuentra disponible para su consulta en el Archivo Penal, sito en calle 8 esquina 57 de esta ciudad.C.C. 7.489 / jun. 18 v. jun. 23REGISTRO NOTARIAL DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL Nº 1 Del Partido de TandilPOR 3 DÍAS - Distrito: Tandil (103). La escribana Silvia Marcolín, titular del R.N.R.D. Nº 1, de este partido de Tandil, cita y emplaza al/los titular/es de dominio y/o quienes se consideren con derecho sobre el/los inmueble/es que se individualizan a continuación, para que en el plazo de treinta (30) días, deduzcan oposición a la Regularización Dominial (Ley Nº 24.374 Art. 6º incs. e., f. y g.) la que deberá presentarse debidamente fundada, en el domicilio de calle Sarmiento 846 de Tandil, de lunes a viernes en el horario de 13:00 a 17:00 horas. Silvia Marcolin. Encargada Titular. Tandil, 9-06-2010 Or.; Expediente; Titular del dominio; Nomenclatura catastral; Localización; Regulariza1; 2147-103-1-40-2010; Calvi Humberto – Vaccaroni de Calvo, Aurelia Telma.- Calvi Carlos Humberto; I. D. CH.: 63. MZ.: 63 M.P: 15b; Pasteur 1737; Dacosta, Manuel.2; 2147-103-1-883-2007; Sociedad “Tandilia” Sociedad de Responsabilidad Limitada; I. E. CH.: 182 MZ.: 6. P.: 8; O´ Higgins 997; Salvador Mario Alberto.3; 2147-103-1-38-2010; Acosta, Luis; I. E. CH.: 99. MZ.: 99 M. P.: 11; Patagonia 998; Morales Silvia Mabel.4; 2147-103-1-14-2010; Rossetto Ángel; I. E. CH.: 153. MZ.: 153 M. P.: 6; Misiones 1750; Canziani Guillermo Enrique.5; 2147-103-1-12-2010; Rossetto Ángel; I. E. CH: 153. MZ: 153 M. P: 19.; Dante Alighieri 1083; Cabrera Jorge- Cabrera Mario.6; 2147-103-1-13-2010; Rossetto Ángel.; I. E. CH.: 153. MZ.: 153 M. P.: 9; Misiones 1724; Chacon Edith Emma – Prezioso Julio César.7; 2147-103-1-8-2010; Rossetto Ángel; I. E. CH.: 153. MZ.: 153 S. P.: 26; Salta 1763; Migoni Marta Beatriz.8; 2147-103-1-9-2010; Rossetto Ángel; I. E. CH.: 153. MZ.: 153 M. P.: 24; Formosa 1739; Cuelli Carlos Román.9; 2147-103-1-10-2010; Rossetto Ángel; I. E. CH: 153. MZ.: 153 M. P.: 28.; Formosa 1763; Páez Adelina Haydee- Simón Marcelino Norberto.10; 2147-103-1-30-2010; Checoni de Strohuber Encarnación Dolores.; I. C. Q: 126. MZ.: 126 U. P.: 14.; Rosello 194; Molina Omar Carlos – Orellano Ana María.11; 2147-103-1-758-2002; Chambet de Camino Huarte Josefina- Camino Huarte y Chambet Miguel.- Graciela; I. C. Q: 107. MZ.: 107 D. P.: 11.; Bransen 320; Balmaceda María Laura.C.C. 7.487 / jun. 18 v. jun. 23CONTADURÍA GENERAL Resolución Nº 1.500La Plata, 26 de agosto de 2008.Corresponde expediente Nº 5400-10525/08 Alcance 375POR 5 DÍAS - VISTO el presente expediente por el cual se da cuenta del vencimiento de la credencial extendida a la firma MIL 26 S.R.L., CUIT. 30-68825706-5, proveedor Nº 12783, yCONSIDERANDO:Que se inician estos actuados con la impresión del Sistema Computarizado de Datos de fojas 1, de la cual surge que el vencimiento de la credencial oportunamente otorgada extendida a la firma de mención, operó el 30/07/2004;Que a fojas 3 se agrega copia del dictamen emitido por la Asesoría General de Gobierno en el expediente original -5400-10525/08-, en el cual manifiesta, entre otros conceptos que “el artículo 18 -de la Resolución Nº 990/07 de esta Contaduría General- dispone que la actualización de los legajos deberá realizarse cada año a partir de la última credencial extendida, mientras que por el artículo 19 se establece que transcurridos dos años desde el vencimiento de la credencial se dispondrá la eliminación de oficio, sin notificación o interpelación alguna”, concluyendo, por lo tanto que “en uso de las facultades que le confiere la Resolución Nº 990/07, podrá el Contador General de la Provincia dictar el pertinente acto administrativo por el cual disponga la eliminación de los proveedores individualizados …, en los términos del artículo 102, inciso d), apartado 2) del Reglamento de Contrataciones…”;Que a fojas 4 se agrega copia de la intervención de la Fiscalía de Estado, quien manifiesta, en síntesis, que puede procederse al dictado del acto administrativo, por el cual se disponga la eliminación;Que, por lo tanto, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 19 de la Resolución Nº 990/07 de este Organismo y habiendo tomado intervención la Asesoría General de Gobierno y la Fiscalía de Estado, respectivamente, el Registro de Proveedores y Licitadores se expide estimando que corresponde proceder a la eliminación de la firma MIL 26 S.R.L., legajo Nº 12783, conforme lo establecido en el artículo 102 inciso d), apartado 2) del Reglamento de Contrataciones;Que este Organismo, comparte lo manifestado por el citado Registro en el informe que produjera;Por elloEL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA, RESUELVE:ARTÍCULO 1º - Aplicar a la firma MIL 26 S.R.L., CUIT. 30-68825706-5, legajo Nº 12783, la sanción de ELIMINACIÓN por falta de actualización de legajo, conforme lo establecido en el artículo 102 inciso d), apartado 2) del Reglamento de Contrataciones.ARTÍCULO 2º - Registrar, notificar, publicar. Cumplido, archivar.Carlos Alberto MachiaroliContador GeneralC.C. 5.288 / jun. 18 v. jun. 25CONTADURÍA GENERAL Resolución Nº 1.501La Plata, 26 de agosto de 2008.Corresponde expediente Nº 5400-10525/08 Alcance 374POR 5 DÍAS - VISTO el presente expediente por el cual se da cuenta del vencimiento de la credencial extendida a la firma BALSAS HNOS. S.A. CONSTRUCCIONES VIALES Y CIVILES, CUIT. 30-66311847-8, proveedor Nº 12790, yCONSIDERANDO:Que se inician estos actuados con la impresión del Sistema Computarizado de Datos de fojas 1, de la cual surge que el vencimiento de la credencial oportunamente otorgada extendida a la firma de mención, operó el 30/07/2004;Que a fojas 3 se agrega copia del dictamen emitido por la Asesoría General de Gobierno en el expediente original -5400-10525/08-, en el cual manifiesta, entre otros conceptos que “el artículo 18 -de la Resolución Nº 990/07 de esta Contaduría General- dispone que la actualización de los legajos deberá realizarse cada año a partir de la última credencial extendida, mientras que por el artículo 19 se establece que transcurridos dos años desde el vencimiento de la credencial se dispondrá la eliminación de oficio, sin notificación o interpelación alguna”, concluyendo, por lo tanto que “en uso de las facultades que le confiere la Resolución Nº 990/07, podrá el Contador General de la Provincia dictar el pertinente acto administrativo por el cual disponga la eliminación de los proveedores individualizados …, en los términos del artículo 102, inciso d), apartado 2) del Reglamento de Contrataciones…”;Que a fojas 4 se agrega copia de la intervención de la Fiscalía de Estado, quien manifiesta, en síntesis, que puede procederse al dictado del acto administrativo, por el cual se disponga la eliminación;Que, por lo tanto, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 19 de la Resolución Nº 990/07 de este Organismo y habiendo tomado intervención la Asesoría General de Gobierno y la Fiscalía de Estado, respectivamente, el Registro de Proveedores y Licitadores se expide estimando que corresponde proceder a la eliminación de la firma BALSAS HNOS. S.A. CONSTRUCCIONES VIALES Y CIVILES, legajo Nº 12790, conforme lo establecido en el artículo 102 inciso d), apartado 2) del Reglamento de Contrataciones;Que este Organismo, comparte lo manifestado por el citado Registro en el informe que produjera;Por elloEL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA, RESUELVE:ARTÍCULO 1º - Aplicar a la firma BALSAS HNOS. S.A. CONSTRUCCIONES VIALES Y CIVILES, CUIT. 30-66311847-8, legajo Nº 12790, la sanción de ELIMINACIÓN por falta de actualización de legajo, conforme lo establecido en el artículo 102 inciso d), apartado 2) del Reglamento de Contrataciones.ARTÍCULO 2º - Registrar, notificar, publicar. Cumplido, archivar.Carlos Alberto MachiaroliContador GeneralC.C. 5.289 / jun. 18 v. jun. 25CONTADURÍA GENERAL Resolución Nº 1.549La Plata, 28 de agosto de 2008.Corresponde expediente Nº 5400-12539/08POR 5 DÍAS - VISTO el presente expediente por el que se da cuenta de la presentación vía web efectuada por RESAKA S.R.L., CUIT. 30-68995823-7, solicitando su inscripción como proveedor del Estado, yCONSIDERANDO:Que a fojas 1/76, 86/96, 102/103, 107/171, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los extremos requeridos al respecto, por el Decreto Ley de Contabilidad Nº 7.764/71, Reglamento de Contrataciones y disposiciones concordantes, de lo cual da cuenta el formulario de fojas 97/101, 172/176;Que en función de ello, el Registro de Proveedores y Licitadores estima, que puede procederse a su inscripción como proveedor del Estado, en el Rubro 76-Servicios de Limpieza Industrial, subrubro 110000-Servicios de limpieza y de consejería; rubro 90-Servicios de Viajes, Alimentación, Alojamiento y Entretenimiento, subrubros 100000-Restaurantes y catering (servicios de comidas y bebidas), 110000-Instalaciones hoteleras, alojamientos y centros de encuentros;Que asimismo, el aludido Registro considera que corresponde registrar en el legajo correspondiente que podrá operar en el ámbito de toda la Provincia de Buenos Aires, como también su...

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