Varios Publicados en la Fecha 10 de Junio de 2010

CONTADURÍA GENERAL Resolución Nº 46La Plata, 20 de enero de 2010.Corresponde expediente N° 5400-16459/2009POR 5 DÍAS - VISTO, el presente expediente por el que se da cuenta de la presentación vía Web efectuada por Darom Construcciones S.R.L., C.U.I.T 30-70713000-4, solicitando su inscripción como proveedor del Estado, yCONSIDERANDO:Que obra en el presente la documentación que acredita el cumplimiento de los extremos requeridos al respecto, por el Decreto Ley de Contabilidad N° 7764/71, Reglamento de Contrataciones y disposiciones concordantes, de lo cual da cuenta la planilla de revisión final;Que en función de ello, el Registro de Proveedores y Licitadores, dependiente de la Dirección de Servicios al Usuario y Acceso a la Información, estima que puede procederse a su inscripción como proveedor del Estado, en el rubro 72 - Servicios de Construcción y Mantenimiento, subrubro 100000 - Servicios de apoyo, mantenimiento y reparación para la construcción;Que asimismo, el aludido Registro considera que corresponde registrar en el legajo correspondiente que podrá operar en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, como también su domicilio legal y comercial en la calle Diagonal 73 Nº 1375 - La Plata, Buenos Aires, y el domicilio real en la calle Av. Pte. Roque Sáenz Peña Nº 710, Ciudad Autónoma Buenos Aires;Que este Organismo, comparte lo manifestado por el citado Registro en el informe que produjera;Por elloEL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA, RESUELVE:ARTÍCULO 1°. Inscribir como proveedor del Estado en el Registro de Proveedores y Licitadores a Darom Construcciones S.R.L., C.U.I.T. 30-70713000-4 en el rubro 72, Servicios de Construcción y Mantenimiento, subrubro 100000 - Servicios de apoyo, mantenimiento y reparación para la construcción, con domicilio legal y comercial en la calle Diagonal 73 N° 1375 - La Plata, Buenos Aires, y domicilio real en la calle Av. Pte. Roque Sáenz Peña Nº 710, Ciudad Autónoma Buenos Aires, la que podrá operar en el ámbito de la provincia de Buenos Aires.ARTÍCULO 2°. Registrar, notificar, publicar. Cumplido, archivar.Carlos Alberto MachiaroliContador General de la ProvinciaC.C. 3.532 / jun. 9 v. jun. 15GOBIERNO MUNICIPAL - PARTIDO DE LA COSTA REGISTRO DE OPOSICIÓNPOR 2 DÍAS - Edicto publicado al efecto de dar cumplimiento a la Resolución ENARGAS Nro. I/910Nombre de la Obra: Expansión del sistema de distribución por redes de gas natural en las localidades del Partido de la Costa.Sistema de Reintegro: Por Contribución de MejorasDeterminación del área servida: Cada zona con la designación de calle y nomenclatura catastral se puede consultar en las oficinas comerciales del subdistribuidor Redes Excon S.A. Compañía de Gas de la Costa en Mar de Ajó, Santa Teresita San Clemente y Buenos Aires, las Cooperativas de la zona correspondiente y la Municipalidad de la Costa.Patrocinante: Municipalidad de la CostaMonto de la Obra: $ 1.038.863 (Pesos un millón treinta y ocho mil ochocientos sesenta y tres);Plazo de Ejecución: 365 días corridos a partir de la firma del acta de inicio de obra.Erogaciones a Cargo de los usuarios $ 750 por cada partida y/o cuenta municipal.Modalidad y Obligación de pago: Según Ordenanza Municipal Nº 1047/91,a partir de la habilitación del suministro y dentro de los 30 días de la publicación en el Boletín Oficial deberán abonar al contado ó suscribir planes de financiación que se ofrecerán en alternativa de 3, 6, 12, 24 y 36 cuotas.Financiamiento: Unidad de Coordinación con Organismos Multilaterales de Crédito y Municipalidad de La Costa.En cumplimiento de lo dispuesto en el Art. Nº 2 de la Resolución Nº I/910 del ENARGAS se da a publicidad el proyecto indicado y se pone a consideración de quienes acrediten ser usuarios de cada zona por el término de treinta (30) días corridos.El Registro de Oposición quedará habilitado en el órgano de control de concesión del gas de la Municipalidad de la Costa, Av. Costanera Nº 8001 Mar del Tuyú, Partido de la Costa.Firmado: Órgano de Control de la Concesión del Gas
  MAR DE AJÓ    
CIRC. SEC. MANZANA POLÍGONO CALLES
    60 (parc. 1a a 24) F. de las Carreras, Gral. M Zapiola,
      Moisés Lebensohn y Guido Spano
    59 (parc. 1 a 24) F. de las Carreras, J. Ingenieros,
      Moisés Lebensohn y Guido Spano
    58 (parc. 1 a 24) F. de las Carreras, J. Ingenieros,
      Moisés Lebensohn y C. Gaito
    57 (parc. 1 a 24) F. de las Carreras, Yunke, Moisés
      Lebensohn y C. Gaito
    56 (parc. 1 a 17) F. de las Carreras, Yunke, Moisés
      Lebensohn e Independencia
    35 (parc. 1 a 24) H. Yrigoyen, J. Ingenieros, Moisés
      Lebensohn y Guido Spano
    34 (parc. 1 a 24) H. Yrigoyen, J. Ingenieros, Moisés
IX F   Lebensohn y C. Gaito
    33 (parc. 1 a 24) H. Yrigoyen, Yunke, Moisés
      Lebensohn y C. Gaito
    13 (parc. 1 a 24) H. Yrigoyen, Belgrano, Guido Spano y
      Zapiola
    12 (parc. 1 a 24) H. Yrigoyen, Belgrano, Guido Spano
      y J. Ingenieros
    11 (parc. 1 a 24) H. Yrigoyen, Belgrano, Gaito y J.
      Ingenieros
    10 (parc. 1 a 24) H. Yrigoyen, Belgrano, Gaito y
      Yunke
    5 (parc. 11 a 26) De Ribera (Costanera), Belgrano
      Guido Spano y Zapiola
    4 (parc. 11 a 26) De Ribera (Costanera), Belgrano
      Guido Spano y J. Ingenieros
    3 (parc. 11 a 27) De Ribera (Costanera), Belgrano,
      Gaito y J. Ingenieros
    2 (parc. 11 a 28) De Ribera (Costanera), Belgrano,
      Gaito y Yunke
    116 (parc. 1 y 20 a 24) Libres del Sur, Quinteros, G. Spano
      y Zapiola
    115 (parc. 1 a 13) Libres del Sur, Quinteros, G. Spano
      y J. Ingenieros
    112 (parc. 1 a 3) Diagonal Independencia, Yunke y Libres del
      Sur
    111 (parc. 1b a 19) Quinteros, Colón, Yunke y Libres del Sur
    88 (parc. 1 a 24) F. de las Carreras, J. Quinteros,
IX G   Zapiola y Guido Spano
    87 (parc. 1 a 24) F. de las Carreras, J. Quinteros,
      J. Ingenieros y Guido Spano
    86 (parc. 1 a 24) F. de las Carreras, J. Quinteros,
      Zapiola y Gaito
    85 (parc. 1 a 24) F. de las Carreras, J. Quinteros,
      Yunke y Gaito84
    84 (parc. 1 a 3) F. de las Carreras, Independencia y Yunke
    83 (parc. 1 a 17) F. de las Carreras, J. Quinteros,
      Independencia y Colón
M. O. Francisco Vito BisignanoÓrgano de ControlConcesión de GasMunicipalidad de La CostaC.C. 7.008 / jun. 9 v. jun. 10MUNICIPALIDAD DE FLORENCIO VARELAPOR 3 DÍAS - Se notifica a Esso SAPA (bandera Esso) que funcionara en Ruta Provincial 36 Nº 1121; Omnitex SRL (bandera blanca) que funcionara en Avenida Eva Perón Nº 13721 y a Oviedo Fernando Ernesto (bandera blanca) que funcionara en Avenida Hudson, todos del partido de Florencio Varela, que los tanques, cañerías conexas y/u otras instalaciones de combustibles e hidrocarburos que permanezcan fuera de servicio por un tiempo superior a los doce (12) meses, tendrán que ser cegados llenándolos con agua, previa eliminación del producto y certificación por empresa auditora habilitada. De ponerse nuevamente en servicio deberán efectuárseles las pruebas de hermeticidad y demás ensayos correspondientes debidamente certificados por empresa auditora habilitada por la Secretaría de Energía. En caso que esta situación se mantuviera al vencimiento del período de vigencia de las pruebas de hermeticidad, o se decidiera la desafectación definitiva, o que la Secretaría de Energía y/o cualquier otra autoridad jurisdiccional correspondiente disponga la inhabilitación definitiva de los mismos, deberán ser retirados o anulados de acuerdo con las normas del Decreto Nº 2407 de fecha 15 de septiembre de 1983, cuyo cumplimiento deberá ser certificado por empresa auditora habilitada quien deberá comunicar lo actuado al municipio de la jurisdicción correspondiente. Asimismo, si se intentare dar otro destino al predio, corresponde que el propietario del mismo proceda a la erradicación de las instalaciones existentes destinadas al almacenamiento de los mismos (tanques, cañerías y accesorios), certificada por empresa auditora habilitada por la Secretaría de Energía. Será competencia de la autoridad jurisdiccional correspondiente requerir la contratación y ejecución de un estudio hidrogeológico a realizar por empresa especializada, a fin de certificar la inexistencia de contaminación con hidrocarburos en el predio. En caso de verificarse la existencia de contaminación deberán encararse las acciones que el estudio determine. Ello de conformidad con lo establecido por los artículos 34 y 35 de la Resolución Nº 1102/04 de la Secretaría de Energía, otorgando un plazo de treinta (30) días corridos contados a partir del día siguiente de esta publicación. Lic. Carlos Mario Icardi, Director Gral. de Prensa y Difusión.C.C. 7.006 / jun. 9 v. jun. 11CONSORSOCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO LA PLATA Resolución Nº 10/10Puerto La Plata, 28 de mayo de 2010POR 3 DÍAS - VISTO: El Expte. 0000–000070/09, por medio del cual se tramita el llamado a la "LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PARA LA RECONSTRUCCIÓN MUELLE CABECERA RÍO SANTIAGO SITIO 4; yCONSIDERANDO:Que a fojas 302 el informe contable-financiero elaborado por la Gerencia de Administración y Finanzas certifica la disponibilidad de los fondos presupuestados a efectos de afrontar los compromisos de pagos de los certificados de avance de obra.Que el presupuesto oficial de la obra es de Treinta y Ocho Millones Seiscientos Ochenta y Nueve Mil Novecientos Seiscientos Sesenta y Seis con 03/100 ($ 38.689.966,03) IVA y Honorarios incluidos.Que a fojas 304-306 el Directorio del Consorcio de Gestión aprobó el pliego de bases y condiciones y el llamado a licitación autorizando a su Presidente para que fije las fechas del llamado.Que a fojas 307 el Presidente del Consorcio de Gestión del Puerto La Plata...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR