Varios publicados en la fecha 18 de octubre de 2013

Provincia de Buenos AiresHONORABLE TRIBUNAL DE CUENTASPOR 5 DÍAS - De Acuerdo con los artículos 30 y 27 in fine de la Ley 10.869 y sus modificatorias Leyes 10.876 y 11.755, hácese saber por el término de cinco (5) días al señor ANÍBAL MAXIMILIANO GALDI, D.N.I N° 24.837.727, que el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, ha dictado fallo con fecha 28 de junio de 2013, en el Expediente N° 4134-009.452-2012, cuya parte pertinente dice: "La Plata, 28 de junio de 2013.- ... Resuelve: ... Artículo Primero: Declarar la responsabilidad patrimonial del Director de Logística y Mantenimiento Aníbal Maximiliano Galdi, por las irregularidades detectadas y conforme a los fundamentos expuestos en el considerando primero formular cargo de $ 3.895.88, por el que deberá responder el Director de Logística y Mantenimiento Aníbal Maximiliano Galdi. Artículo Segundo: Notificar el Sr. Aníbal Maximiliano Galdi del cargo que se le imputa en el artículo primero y fijarle plazo de noventa días para que proceda a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal N° 108/9, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite.Asimismo y para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, cará- tula, número de causa y Juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado, para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial (artículo 33 Ley N° 10.869 y sus modificatorias. Artículo Quinto: Rubricar... Firmado: Doctor Eduardo B. Grinberg Presidente); Gustavo Ernesto Fernández, Héctor Bartolomé Giecco, Miguel Oscar Teilletchea, Cecilia Rosaura Fernández; (Vocales); ante mí: Roberto A. Vicente (Secretario General). La Plata, 19 de septiembre de 2013. C.C. 10.186 / oct. 11 v. oct. 18 Provincia de Buenos AiresMINISTERIO DE SEGURIDADDIRECCIÓN DE PERSONAL REGÍMENES POLICIALESPOR 5 DÍAS - La Dirección de Personal Regímenes Policiales del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, cita y emplaza por el término de cinco (5) días al ex Agente PABLUK ALEJANDRO ALFREDO, legajo 26.648 para que se presente en sus oficinas ubicadas en la calle 51 e/2 y 3, segundo piso, Oficina 61, de la ciudad de La Plata, a los fines de notificarse de la Resolución Ministerial N° 1211 de fecha 26 de junio de 2013, mediante la cual el Ministro de Justicia y Seguridad Resuelve Rechazar el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución N° 594 del Señor Auditor General de Asuntos Internos de fecha 18 de octubre de 2005. La Plata, 30 de septiembre de 2013.Alberto Raúl Libonato, Comisario División Movimiento de Personal.C.C. 10.196 / oct. 11 v. oct. 18 Provincia de Buenos AiresP.R.O.D.E.ARCHIVO DEPARTAMENTO JUDICIAL NECOCHEAPOR 3 DÍAS - El Archivo del Departamento Judicial de Necochea y el ex Programa de Relevamiento, Organización y Destrucción de Expedientes del Departamento Judicial de Necochea -Res. 768/10, 1061/11, 2873/11 S.C.B.A. y 35/11 de la Secretaría de Planificación de la S.C.B.A., hacen saber que el día 2 de diciembre de 2013, se llevará a cabo la destrucción autorizada por Resoluciones N° 145/13, 2355/13 de la S.C.B.A. y 14/12 de la Secretaría de Planificación de la S.C.B.A., de los expedientes que conforman los legajos N° 1 al 270 inclusive, instruidos entre los años 1988 a 1998 correspondientes al Ex Juzgado Criminal y Correccional N° 2, Secretaría Única del Departamento Judicial de Necochea; y expedientes que conforman los legajos N° 1 a 303 inclusive (identificados en el depósito del Archivo Departamental como Paralizados), y legajos N° 1 a 111 (identificados en el depósito del Archivo Departamental como Archivados), causas instruidas entre los años 1988 a 1998 pertenecientes al Ex Juzgado Criminal y Correccional N° 1 Departamental, Secretaría Única del Depto. Judicial Necochea (Ac. 3168 y Art. 115 inc. "c" del Ac. 3397/08 de la S.C.B.A.). Se deja constancia que el Departamento Histórico Judicial ha hecho el expurgo, selección y catalogación de expedientes, en los términos de las Ac. 1934 y 3397. Asimismo se hace saber que la nómina de Expedientes a destruir (art. 119 Ac. 3397/08) se encuentra a disposición de los interesados en la mesa de entradas de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental, sita en calle 87 N° 293 1° piso de la ciudad de Necochea. Según establece el artículo 120 del Ac. 3397/08, las partes interesadas podrán plantear por escrito ante la Dirección General dentro de los 20 (veinte) días corridos desde la publicación de edictos o desde la recepción del oficio -según fuere el caso- a que se refiere el art. 119 del Ac. 3397, oposiciones, solicitar desgloses, ser designado despositario voluntario del expediente en los términos del art. 2188 y sig. del Código Civil, y/o la revocación de la autorización de destrucción, cuando se verifique un supuesto de conservación prolongada regido por el art. 116 del Ac. 3397/08. Necochea, 2 de octubre de 2013. Juan pablo Carmona, Secretario; José maría Fernández, Auxiliar Letrado.C.C. 10.300 / oct. 17 v. oct. 21REGISTRO NOTARIAL DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL N° 1Del Departamento de BragadoPOR 3 DÍAS - El R.N.R.D.Nº 1 del Partido de Bragado cita y emplaza a los titulares de dominio ó a quien se considere con derecho sobre el inmueble que se individualiza a continuación para que en el plazo de 30 días deduzcan oposición a la Regularización Dominial (Ley N° 24.374) Art. 6º inc. “f” y “g” la que deberá presentarse debidamente fundada en el domicilio de la calle Laprida Nº 28 de Bragado los días martes a viernes de 17 a 20 hs.2147-R-12-1-3/2013 NC: I-D-Q.85-M.85K-2. Griseldo Saúl Delbasto y María Cándida Manso de Delbasto.2147-R-12-1-7/2013. NC: C I, S D, Q 66, MZ 66H, P 13. Luis Aníbal Actis Caporale.2147-R-12-1-2/2012. NC: C II, S A, CH 9, MZ 9AF, P 5. Cifrautos Sociedad Anónima.2147-R-12-1-6/2013. NC: C I, S A, MZ 4, P 5. Secundino Antonio de Ossola.2147-R-12-1-1/2013. NC: C I, S C, MZ 258, P 10b, Subp 3. Ocho Estrellas Sociedad Anónima, Comercial, Industrial, Financiera, Inmobiliaria y Agropecuaria.2147-R-12-1-5/2013. NC: C I, S C, MZ 258, P 10b, Subp 6. Ocho Estrellas Sociedad Anónima, Comercial, Industrial, Financiera, Inmobiliaria y Agropecuaria.2147-R-12-1-8/2013. NC: C II, S A, Ch 9, MZ 9y, P 10. Lasa José Severo y Lasa Luis Oscar.María Delia González Gil, Notaria.C.C. 10.290 / oct. 17 v. oct. 21 LA PRIMERA DE GRAND BOURG SOCIEDAD ANÓNIMA DE TRANSPORTES COMERCIAL E INDUSTRIALPOR 3 DÍAS - La Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 16 de agosto de 2013 aumento de Capital Social en la suma de $ 79.999.980, elevándolo a $ 80.000.000, cancelando la totalidad de acciones en circulación y proceder al canje por las nuevas a emitirse en la cantidad de $ 80.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, no endosables de $1 v/n c/u, con derecho a 1 voto por acción, reformando el art. 5 del estatuto social y en forma conexa y obligatoria el art. 6 del estatuto. A los efectos de que los accionistas ejerzan su derecho de preferencia dentro de los 30 días siguientes al de la última publicación, debiendo manifestar en su caso su voluntad de ejercer el derecho de acrecer, indicando con precisión las acciones que habrán de suscribir y la proporción en que pretenden acrecer. Las acciones deberán ser suscriptas dentro del plazo fijado para el ejercicio del derecho de preferencia, debiendo integrar las mismas mediante aportes de unidades de material rodante y/o mediante aportes de dinero en efectivo, facultando al Directorio para establecer el cronograma de integración total, a través de la fijación de los montos mensuales que serán necesarios para la integración de los rodados y/o de dinero en efectivo, en la época, forma y condiciones de pago que determine, siendo obligatorio para los accionistas cumplir con el mismo. Vencido el plazo, si existieran acciones que no hubieran sido suscriptas, se prorratearán entre los accionistas que hubieran manifestado oportunamente su voluntad de ejercer el mismo, en proporción a sus tenencias, debiendo integrar las acciones que les correspondan en la misma forma prevista precedentemente. Teniendo en cuenta que las acciones actualmente vigentes se encontraban representadas en una moneda que ya no se encuentra en vigencia y dado que las acciones a emitirse deberán poseer, un v/n de $1 por acción, se faculto al Directorio para que realice las compensaciones respecto a las fracciones que fuera menester entre todos los accionistas, en más o en menos, emitiendo la cantidad que a c/uno en definitiva le corresponda. El Directorio. Mariano A. Maletti Martínez, Notario.Mn. 64.974 / oct. 17 v. oct. 21 LA PRIMERA DE SAN ISIDRO S.A.POR 3 DÍAS - Se hace saber que por Asamblea Extraordinaria del 21/03/2013, se resolvió aumentar el capital social de $ 1.577.333 a $ 3.950.000, mediante la emisión de 2.372.667 acciones nominativas, no endosables de valor nominal $ 1 cada una con derecho a 1 voto por acción. Por el plazo de 30 días los señores accionistas podrán ejercer el derecho de suscripción preferente conforme art. 194 de la Ley N° 19.550. Se ha delegado en el Directorio la época de la emisión, forma y condiciones de pago. El ejercicio del derecho de suscribir debe efectivizarse en la sede social sita en José Ingenieros 2701, Becar, Prov. Bs. As. Sobre el remanente no suscripto, los señores accionistas tendrán derecho a acrecer en las proporciones correspondientes.- A su vez se resolvió la reducción del capital social por vía de la absorción de los...

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