Varios publicados en la fecha 15 de enero de 2013

Provincia de Buenos Aires ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RESIDUOS Disposición DPR N° 671/11 La Plata, 11 de abril de 2011.POR 5 DÍAS - VISTO el expediente 2145-6258/2006 Alc. 03 la Ley N° 11.720 y su Decreto Reglamentario N° 806/97, la Ley N° 13.751, los Decretos N° 23/07 y N° 2.774/09, la Resolución SPA N° 593/00, las ResoIuciones OPDS N° 04/08, N° 01/08 y 198/10; Y CONSIDERANDO:Que la firma denominada INGEFER S.R.L., con establecimiento dedicado a construcción de materiales de transporte N.C.P., con domicilio real en la calle Avenida Don Bosco 1593, localidad de Bahía Blanca, partido de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, CUIT 30-68117498/9, ha efectuado la correspondiente presentación anual como Generador de Residuos Especiales de conformidad a lo prescripto en el Art. 8° de la Ley N° 11.720 y su Decreto Reglamentario N° 806/97;Que por Resolución OPDS N° 09/08, se instruye a la liquidación de deuda en los términos fijados por la Ley N° 11. 720 y normativa complementaria por la tasa adeudada desde la entrada en vigencia del Decreto que toma operativa a la Ley o desde el inicio de la actividad generadora si fuera posterior a la norma;Que en orden a lo dispuesto por los artículos 4° y 5° de la Ley N° 11.720, la Dirección de Residuos Especiales y Patogénicos, ha establecido el valor de la tasa anual correspondiente al período de generación de residuos especiales 2008, en la suma de pesos dos mil ochocientos diez con 50/100 ($ 2.810,50) deducida la suma de pesos trescientos con 00/100 ($ 300,00), en concepto de “anticipo de tasa especial”, lo que hace un saldo de pesos dos mil quinientos diez con 50/100 ($ 2.510,50); Que el suscripto es competente en virtud de la Ley N° 11.720 y su Decreto Reglamentario N° 806/97, la Ley N° 13.757, los Decretos N° 23/07 y N° 2.774/09 y las Resoluciones OPDS N° 04/08, N° 09/08 y N° 198/10;Por ello, EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RESIDUOS, DISPONE:ARTÍCULO 1°. Fijar a la firma INGEFER S.R.L. con establecimiento dedicado a construcción de materiales de transporte N.C.P., sita en la calle Avenida Don Bosco 1593, localidad Bahía Blanca, Partido de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, CUIT 30- 68117498/9, el saldo de la tasa anual correspondiente al período de generación de residuos especiales 2008, en la suma de pesos dos mil quinientos diez con 50/100 ($ 2.510,50), en orden a lo dispuesto por los artículos 4° y 5° de la Ley N° 11.720. El mismo deberá ser efectivizado en el plazo de diez (10) días de notificada la presente, en efectivo o mediante cheque, debiendo ante pagos fuera de término, aplicarse el interés indicado en Artículo 8° de la Resolución SPA N° 593/00.ARTÍCULO 2°. Registrar, comunicar, notificar y archivar.Guillermo Daniel Loperfido Director Provincial de Residuos C.C. 13.005 / ene. 9 v. ene. 15 RANGITATA EXPLOTACIONES Sociedad Anónima POR 3 DÍAS - Por Asamblea Gral. Extraordinaria del día 26/06/2012, se resolvió la reducción de capital social de Rangitata Explotaciones S.A., con sede y domicilio social en Monseñor D´Andrea 64 de la ciudad de Carlos Casares, Pcia. de Buenos Aires, inscripta en la D.P.P.J. de Pcia. de Bs. As. en Legajo 183.893, Matrícula 104.082, de $ 4.900.000 a $ 4.600.000. La presente publicación se realiza a los fines de otorgar el derecho de oposición a los acreedores sociales; al 23/06/2012 valuación del Activo: $ 10.872.720,79, del Pasivo: $ 6.043.156,30 (antes de la reducción) y Activo: $ 10.872.720,79, Pasivo: $ 6.343.156,30 (posterior a la reducción); el monto del patrimonio neto anterior y posterior a la reducción es de $ 4.829.564,49 y $ 4.529.564,49, respectivamente. César Claudio Zago, Contador Público.T.L. 78.306 / ene. 11 v. ene. 15 Provincia de Buenos Aires CONTADURÍA GENERAL POR 5 DÍAS – Se hace saber por este medio que en el expediente N° 2933-6672/09 alc.1, el señor Contador General de la Provincia ha dictado la Resolución N° 394/12, cuyo texto reza: “Corresponde expediente N° 2933-6672/09 Alc. 1 y agrego La Plata, 16 de octubre de 2012 .Visto el procedimiento previsto en el art. 102 del Reglamento de Contrataciones con relación “Supermed S.R.L.” Legajo N° 100.991 (Legajo Anterior N° 14.156), CUIT N° 30-70840469-8, y Considerando: Que se inicia el sumario del artículo 102 del Reglamento de Contrataciones a la firma “Supermed S.R.L.” atento haber incurrido en diversas entregas fuera de término, relativas a las siguientes Órdenes de Compra:N° 117/09 y 98/09 del Hospital Z.G.A. “Dr. Ricardo Gutiérrez” de La Plata, N° 400/09 del Hospital D.Z.G. “Mariano y Luciano De La Vega” de Moreno, N° 363/09. del Hospital I.G.A. “Prof. Dr. R. Rossi” de La Plata, N° 97/09 del Hospital H I.G.A. “Evita” de Lanús Oeste (Expte. N° 2933-6672/09 Alc. 1 y agregs.), N° 270/09, N° 342/09, N° 467/09 y N°174/09 del Hospital Z.G.A. “Petrona V. de Cordero” de San Fernando, N° 106/09, N° 340/09, N° 476/09 y N° 448/09 del Hospital Z. G. A: “Magdalena V. de Martínez” de General Pacheco Tigre, N° 242/09 del Hospital “Gral. Manuel Belgrano” de San Martín (Expte. N° 2976-5864/09 Alc. 1 y agregs.), N° 220/09 del Hospital I.G.A. “Dr. O. Alende” de Mar del Plata, N° 142/09, N° 134/09 y N° 250/09 del Hospital I.E.M.I. “V. Tetamanti” de Mar del Plata (Expte. N° 2974-6509/09 Alc. 1 y agregs.); Que a fs. 23/24 la Dirección de Servicios al Usuario y Acceso a la Información procedió a encuadrar la conducta del proveedor de mención en los términos del artículo 102 inciso c) apartado 2) del Reglamento de Contrataciones (suspensión); Que conferido el traslado de la medida, por medio de la carta documento de fs. 28/29, a los efectos que el proveedor tome vista y formule los descargos que considere ajustados a derecho, el mismo no se presentó a los fines señalados; Que llamadas a expedirse, Asesoría General de Gobierno a fs. 31 y Fiscalía de Estado a foja 32 en las partes pertinentes de sus respectivas intervenciones consideran que “(...) encontrándose correctamente encuadrada la conducta, debidamente sustanciado el procedimiento y acreditados los incumplimientos consignados, procede dictar el correspondiente acto administrativo que sancione a la firma Supermed S.R.L.con la pena de suspensión propiciada (...)”. Al respecto, el Fiscal de Estado en el último párrafo de su vista agrega que “( ... ) al momento de dictar el acto, no deberán incluirse en el mismo, las Ordenes de Compra N° 78/09, 68/09 y 15/09, dado que el incumplimiento de las mismas es anterior a la fecha en que quedó firme la Resolución N° 65/09 (ver fs. 14 y 23 y vta)”; Que a foja 37 y para mejor proveer, la Dirección de Servicios al Usuario y Acceso a la Información solicitó al Ministerio de Salud y a los hospitales denunciantes informes vinculados a la conducta desplegada por el proveedor en el marco de las contrataciones realizadas, atendiendo asimismo a la naturaleza del servicio prestado por la firma; Que a fs. 39 y 40, los hospitales Z.G.A. “Dr. Ricardo Gutiérrez” de La Plata y D.Z.G. “Mariano y Luciano De La Vega” de Moreno, coinciden en señalar que el proveedor no registra otros incumplimientos fuera de los denunciados en los presentes; Que esta Contaduría General de la Provincia, compartiendo lo manifestado por los Órganos preopinantes concluye entonces que corresponde aplicar a “Supermed S.R.L.” la sanción de suspensión propuesta, ello por el término mínimo de seis (6) meses, atento la sanción de apercibimiento que pesa sobre la firma (detalle de fs. 14 y 21/22, respectivamente) y el cúmulo de Órdenes de Compra quebrantadas que originan el presente (conf. arto 102 inc. c) ap. 2) del Reglamento de Contrataciones); Por ello, El Contador General de la Provincia Resuelve: Artículo 1°. Aplicar a la firma “Supermed S.R.L.” Legajo N° 100.991 (Legajo Anterior N° 14.156), CUIT N° 30-70840469-8, la sanción de Suspensión; prevista en el artículo 102 inciso c) apartado 2) del Reglamento de Contrataciones, por el término de seis (6) meses, conforme los argumentos vertidos en los considerandos del presente.Artículo 2°. Registrar, notificar, publicar. Resolución N° 394 Firmado: Carlos Alberto Machiarolli Contador General de la Provincia de Buenos Aires” Asimismo se comunica que cuenta con un plazo de 10 (diez) días hábiles contados a partir del día siguiente de la última publicación para interponer recurso de revocatoria. Las actuaciones de referencia se encuentran en la Dirección de Servicios al Usuario y Acceso a la Información, sito en calle 46 e/7 y 8, planta baja puerta 041 de la ciudad de La Plata. Horario de 9:30 a 13:30. Claudia E. Barbieri, Directora de Servicios al Usuario y Acceso a la información.C.C. 164 / ene. 11 v. ene. 17 Provincia de Buenos Aires CONTADURÍA GENERAL POR 5 DÍAS - Se hace saber por este medio que en el expediente N° 2967-345/10 alc.1, el señor Contador General de la Provincia ha dictado la Resolución N° 405/12, cuyo texto reza: “ Corresponde al Expediente N° 2967-345/10 Alc. 1. La Plata, 16 de octubre 2012. Visto el procedimiento del artículo 102 del Reglamento de Contrataciones iniciado a la firma “Sul Mare S.A.”, CUIT. N° 30- 71031372-1, Proveedor N° 101.623, y Considerando: Que la firma “Sul Mare S.A.”, adjudicataria de la Orden de Compra N° 10527/10, ha incurrido en reiterados incumplimientos en la prestación del servicio de limpieza y mantenimiento, durante el mes de mayo de 2010 en el Hospital I. “José A.Esteves” de Lomas de Zamora; Que a foja 89, la Dirección de Servicios al Usuario y Acceso a la Información procedió a encuadrar la conducta de “Sul Mare S.A.” en los preceptos del artículo 102 inciso a) apartado 2) del Reglamento de contrataciones (apercibimiento); Que conferido el traslado de la medida de acuerdo a la constancia de foja 100...

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